Don José María Lasquetti y don Matías Fernández de Rábago, vecinos de España y residentes en este pueblo de Jalapa, otorgan poder general a don Domingo de Rábago, vecino y almacenero de la Ciudad de México, para que cobre todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban y los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
ESPAÑA
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Don Manuel Gutiérrez de la Concha, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan Francisco de Almanza, vecino y almacenero de la ciudad y Corte de México, junto con don Matías Gutiérrez de Lanzas, vecino de la misma ciudad, para que cobren todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban y lo representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don José del Villar y Somoza, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Eliseo Antonio Llanos de Vergara, Regidor Honorario de la Ciudad y Corte de México y almacenero de ella, para que cobre todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban y lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Gabriel Gutiérrez de Terán, vecino y Almacenero de la Ciudad de México, otorga poder especial a don Tomás de Zuloaga, Corredor Titulado de la Ciudad y Corte de México por el Real Tribunal del Consulado de este reino, residente en este pueblo de Jalapa, para que en su nombre cobre a don Manuel de Goiri, dependiente de don Jorge Leyrent, ambos vecinos de España y residentes en este pueblo, el importe de 5 tercios de bretañas contrahechas que el otorgante compró a dicho Goiri, y para que lo represente en todos sus pleitos, especialmente contra don Francisco Saguato, dueño o maestro de la prensa que esta contigua a la Casa de la Raqueta, como fabricante de bretañas contrahechas.
Don Manuel Gutiérrez de la Concha, vecino de México y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Francisco de Almanza, vecino y almacenero de la Ciudad de México, junto con don José de Echea, Diputado del Comercio de España y residente en dicha ciudad, y en tercer lugar a don Juan Manuel de Michelena, vecino de la Ciudad de Valladolid, para que lo representen en contra del producto de los efectos y reales que hubiere pagado don José de Argüelles, vecino del pueblo de Puruándiro jurisdicción de Valladolid, y cobren todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban.