Don Juan Francisco de Alonso, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Pedro Antonio de Alonso y Quintana, vecino de la Ciudad de Cádiz, para que cobre, de manera judicial o extrajudicial a cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y otros géneros que le deban, así como para defenderlo en los pleitos que tenga.
ESPAÑA
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Juan Mateo Juille, del comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de Antonio López Gamboa, como apoderado de Francisco José Alba, la cantidad de 18, 000 pesos de oro común, como importe de una memoria de géneros de Castilla que le vendió al fiado dicho Alba, por lo que dan por cancelada la escritura mencionada.
Don Tomás Ecala, vecino de Querétaro y residente en este pueblo, dijo que usando del poder que tiene de don Juan Antonio de Urrutia Jáuregui, Marqués de la Villa de Villar del Águila, don Domingo Antonio Fernández y don Lope del Capellan y Rosal, vecinos de Querétaro, otorga que debe a don Francisco Ignacio de Herrasti y a don Ignacio Javier de Urrutia, del comercio de España, la cantidad de 332, 484 pesos 5 ½ reales, que importaron varios géneros que les tiene comprado en la presente flota, de los que se obliga y obliga a los poderdantes a pagar 235, 825 pesos 6 reales, el día 15 de septiembre del presente año y los 96, 658 pesos 7, 172 reales, el 15 de septiembre de 1778.
El Conde de Reparaz Juan Bautista Ustáriz, del Orden de Santiago, del comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder a su hermano José Joaquín Ustáriz y a Eligio Ustáriz, para que en su nombre utilicen libremente el expediente de su propiedad, sin excepción alguna, que cobren judicialmente todas las cantidades de dinero, joyas, efectos, etc., que le adeuden.
Don Manuel Antonio Ordiales, del comercio de España y residente en este pueblo, otorga poder a don Pedro Fernández de Aguiar, vecino de San Luis Potosí, para que en su nombre cobre judicialmente todas las cantidades de dinero, joyas, plata, oro y otros efectos que le adeuden, y si se ofrece, siga contienda de juicio.
Don Juan José de la Viña, del comercio de España, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a don Luis de Enderica, vecino de México, para que en su nombre cobre judicialmente a don Felipe García o de quien en derecho deba, la cantidad de 25, 054 pesos con sus correspondientes fletes hasta Veracruz en donde deberá hacerle el pago, importe de una escritura de riesgo vencido que otorgó en Cádiz, y si se ofrece, siga contienda de juicio.
Don Lucas Rosete, vecino de Jalapa, otorga que debe a don Juan José de la Viña, del comercio de España y residente en este pueblo, la cantidad de 4, 200 pesos en plata doble, por el valor total de varios efectos de Castilla que le tiene comprados en la presente flota, mismos que se obliga a pagar en el primer despacho de caudales que se verifique en el Puerto de Veracruz.
Don José Blázquez de Ávila, del comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a don Juan Francisco de Alonso, de España y a don Juan Florentín González, de México, para que en su nombre cobren judicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, y otros efectos que le adeuden y si en razón de dichas cobranzas fuere necesario, siga contienda de juicio.
Don Manuel Gutiérrez de la Concha y don Pedro Antonio Gutiérrez de Villegas, compañeros del Comercio de España y residentes en Jalapa, otorgan poder general a don Gregorio Gutiérrez de la Concha y don Félix Gutiérrez de la Concha, vecinos de la ciudad de Guanajuato, a don Jacinto Gutiérrez de la Concha, viandante, a don Juan Arredondo, a don Juan Ángel Ortiz y al Coronel don Fernando Antonio Arredondo, vecinos de la ciudad de Guadalajara, en el Reino de Nueva Galicia, para que cobren, de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban.
Don Manuel Portu y don Gregorio Ochoa de Amezaga, del Comercio de España y residentes en el pueblo de Jalapa, albaceas testamentarios nombrados de don Bernardo Ibáñez de Suazo, del mismo comercio, otorgan que sustituyen y renuncian al cargo de albaceas testamentarios a favor de don Francisco Agustín Blanco, vecino de la ciudad de la Puebla, para que use de todas sus facultades sin limitación alguna.