Don Carlos Díaz y Herrero, del Comercio de España y residente en Jalapa, declara que ha recibido de don Sebastián Díaz y Herrero, su hermano, vecino de Cádiz, la cantidad de 13, 139 reales vellón, cantidad que le pertenece por la herencia que le dejó su difunto hermano, don Francisco Antonio Díaz y Herrero.
ESPAÑA
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Don Pedro de Garay, don Domingo Antonio de Vivanco, don Gregorio Ochoa de Amezaga, don Santos de Uriarte, don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don José Miguel de Iriarte y Lezeta, don Gaspar de Iriarte y don Francisco Xavier de Olartegochea, del comercio de España y vecinos de Jalapa, fiadores, pagadores, deudores y obligados de don Antonio de Uscola, residente en la Ciudad de México, otorgan poder especial al citado Uscola para que los obligue como sus fiadores por la cantidad de 2, 000 pesos cada uno a favor del tribunal, comisaría, tesorería, juzgado, convento, cofradía o persona particular que le quiera dar algunas cantidades para el giro de su comercio por los tiempos y plazos que ajustare.
Don Carlos Díaz y Herrero, del Comercio de España y vecino de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco Joaquín de Oruesagasti, residente en la Villa de Orizaba, para que pida y tome cuentas a don Francisco Moreno, residente en la misma villa, de los efectos, caudal y hacienda que ha sido a su cargo.
Don Pedro Modesto de Basoa, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Ramón Martínez, residente en la ciudad de la Nueva Veracruz, para que reciba y cobre a don Pedro de Cos, vecino de la misma ciudad, la cantidad de 620 pesos 7 y medio reales, que el susodicho cobró en su representación a don Felipe de la Torre, como albacea de don Manuel de Arroyo.
Don Domingo Antonio de Vivanco, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga poder general a don Antonio de Couto y Aballe, vecino de la Villa de Orizaba para que cobre de manera judicial o extrajudicial todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban.
Don Carlos Díaz y Herrero, del Comercio de España y residente en Jalapa, declara que el caudal que maneja en Jalapa, la Villa de Orizaba, las comisiones de España, como también la casa de su morada y plata labrada a su servicio, pertenece por mitad al compareciente y a su hermano don Sebastián Díaz y Herrero, residente en España; presenta esta declaración por haber contraído matrimonio.
Don Francisco Peirano Moreno, vecino de la Villa de Orizaba, se obliga a pagar a don Carlos Díaz y Herrero, del Comercio de España y residente en Jalapa, la cantidad de 16, 000 pesos procedidos de la liquidación de una compañía que han tenido y concluido en este día, los que salió restando por razón de los fiados que son de su cargo, cuya adeudo cubrirá en 2 plazos; el primero para el mes de noviembre del presente año y el segundo para mayo del siguiente año de 1788.
Don Francisco Sáenz de Santa María, del comercio de España y residente en Jalapa, dijo se le remataron los bienes de don José de Herrera y Campo, Colector de la Real Lotería, por el descubierto que le resultó contra la renta de esta, cuyos bienes consisten en una botica que el susodicho tenía en la Calle Real en 1,100 pesos de contado y la casa que tenia en la Calle de Belén en 2,050 pesos, 800 de contado y el resto que tiene sobre si de gravámenes a favor de sus interesados, y por cuanto dicha botica y casa las compró con el piadoso fin de beneficiar a su comadre e hijos, doña Ana Ricardos, mujer legítima del enunciado don José de Herrera y Campo, otorga hace gracia y donación a dicha su comadre e hijos de dichos bienes.
Don Martín José de Saralegui, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Alonso de Ichaso, del comercio de España y vecino de este pueblo, para que en su nombre haga posturas, pujas y mejoras así en almoneda como fuera de ella a cualesquiera fincas que se quiera vender, aceptando en nombre del otorgante los remates o escrituras de venta que de ellas se celebraren y obligándome a satisfacer sus precios.
Don Francisco Javier Calatayud y Salat, Teniente Veterano de Granaderos del Regimiento de Valladolid, otorga poder a don Jerónimo de Alcalde, labrador del pueblo de Perote, para que en su nombre perciba en la Ciudad de México y en España los intereses que le correspondan, pareciendo ante las autoridades correspondientes y haciendo las diligencias judiciales necesarias.