El Capitán Don Francisco García López, natural de la Villa de Cien Pozuelos, en Castilla la Nueva, reinos de España, hijo legítimo del Capitán Don Pedro del Moral López y de Doña Isabel López de Aguayo, dio su poder cumplido a su esposa Doña Ana Francisca Matamoros y al Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento.
ESPAÑA
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Domingo Martín, vecino de esta villa de Córdoba y natural de las islas Canarias en la de Lanzarote y villa de Tiguissa [Teguise], hijo legítimo de Sebastián Fernández y de María Martín, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que hace veinte años, poco más o menos, contrajo matrimonio con Melchora de los Reyes, no llevando caudal alguno por ser pobres, de cuyo matrimonio procrearon a Melchora María, de quince años de edad; Ángela Martín, de once años; Diego Martín, de 10 años; Sebastián Martín, de ocho años; Domingo Martín, de siete años; Esteban Martín, de cinco años; Juana Martín, de dos años; y María Josefa, de diez meses. Declara por bienes la casa de su morada, edificada en medio solar y en él un pozo y pila, frontera al mesón, por la parte del norte; por la del sur con casa de Ignacio Díaz; por el poniente con casa de Felipa Martínez Carenzo; y por el oriente con casa de José Gómez de Arévalo. Declara tener en dicha casa una tienda de géneros de España y de la tierra y menudencias, que valdrá como 250 pesos más o menos. Declara tener un poco de tabaco en pila, que será como 1 200 cabeceados. Declara tener un rancho en el monte de Totutla, en tierras de esta villa, que tiene arrendado a Francisco Rodríguez. Nombra por albaceas a la dicha Melchora de los Reyes y a Francisco de Lugo, su compadre, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec]; y por tenedora y curadora ad bona de bienes a dicha su mujer. Nombra como herederos a sus hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Miguel Valero Gragera [Grajera], Alférez Mayor y Regidor perpetuo [roto]; y don Juan Valero Cavallero y Gragera [roto], juntos y cada uno, por lo que toca in solidum, otorgan poder especial a don Luis Gabriel de Velasco y Hermosilla, vecino de la ciudad de México, para que en representación de ellos comparezca en la villa de Madrid ante el Rey, en su Real y Supremo Consejo de Indias, y suplique por el dicho Miguel Valero, se saque la [expresión], honores y franquezas que Su Majestad le concedió al Capitán Juan García Valero, su padre, al tiempo y cuando le hizo merced y remate de dicho oficio de Alférez Mayor, en el cual como su hijo le sucedió y honró por juro de heredad. Para que con la fuerza y vigor que en los Reinos de España se guardan los privilegios de tales oficios, se entienda en dicho Miguel Valero perpetuado en estos Reinos de la Nueva España, para cuyo efecto le saque a la letra cómo se deben entender y guardar sin que los señores fiscales de Su Majestad, en este reino ni su superior gobierno, puedan embarazarle los despachos que de este fin se consiguieren. Asimismo, para que se pueda vincular dicho oficio con todas las circunstancias que para la consecución de lo [referido requieran] de que pueda usar el dicho don Luis Gabriel. Y por lo que toca a don Juan Valero Cavallero y Gragera, para que solicite y pretenda en la dicha villa de Madrid y Corte de Su Majestad y su Real Consejo de Órdenes, se le haga merced de hábito de una de las tres órdenes militares que fuere servido por Su Majestad.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Eliseo Antonio Llanos de Vergara, vecino de la Ciudad de México y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura, por la cantidad de 6, 031 pesos que ha recibido de don Felipe García, vecino de España, quien los recibió en Cádiz de don Bartolomé Amil y Troncoso sobre cierta partida de barriles que condujo a este Reino en los navíos nombrados Nuestra Señora del Rosario y Buen Consejo de la Conserva de la flota surta en el Puerto de San Juan de Ulúa que vino a cargo de Señor Idiaques.
Don Rafael de Salazar, vecino de España, don Juan Domingo de la Herrera y Angulo, don Joaquín Vélez Rodríguez y don Francisco Arévalo, Corredor del Número del Consulado de la Ciudad de México, todos residentes en este pueblo de Jalapa, otorgan poder a don Juan José de Vargas, vecino de Huamantla jurisdicción de Tlaxcala, para que cobre a don José Páez, vecino de Huamantla, y de don Alonso de Mérida, la cantidad de 3, 325 pesos tres y medio reales.
Don Martín de Aguirre Burualde, vecino de España y residente en Jalapa, en nombre de doña Isabel Jacobs y Pellaert, vecina de la Ciudad de Sevilla, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 13, 680 pesos de oro común, que ha recibido de don Ignacio María de Cadalso, de la misma vecindad y residencia, en nombre de don Diego de Cadalso, vecino de Cádiz.
Don Martín de Aguirre Burualde, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, en nombre de doña Isabel Jacobs y Pellaert, vecina de la ciudad de Sevilla, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 11, 400 pesos fuertes del cuño y estampa mexicana en moneda de plata, que ha recibido de don Ignacio María de Cadalso, vecino de España y residente en este pueblo.
Don Pedro de Sixtos, vecino de España y residente en Jalapa, otorga poder general a don Francisco Martínez Cabezón y a don Manuel García Herreros, vecinos de la Ciudad de México, para que cobren todas las cantidades que le deban, lo representen en todos sus pleitos y para que a su dicta y crédito soliciten cualquier cantidad de pesos en conventos, cofradías, hermandades, tutelas de menores, obras pías o de personas particulares por vía de depósito irregular.
Don José de Ahedo, residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Antonio Pérez de Baños, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 2, 847 pesos 4 y 3 cuartillas de reales, por varios géneros de Castilla que le ha fiado, mismos que se obliga a pagar en la Ciudad de México con los fletes que correspondan a dicha cantidad, durante todo el mes de septiembre del presente año.
Don Diego López de Larrea, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 4, 640 pesos, los cuales se obligó por escritura el padre del otorgante don Pedro López Rodríguez a que dicho su hijo se pagaría así propio en este reino y los embarcaría por mitad en Capitana y Almiranta, lo que declara tiene ejecutado.