Don Liborio Clausell, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que recibió de don Juan Felipe de Fagoaga, por mano de don Eligio Ustáriz y don José Joaquín Ustáriz, la cantidad de 8, 000 pesos en dinero de contado, misma que por escritura hecha en Cádiz el 5 de abril de 1780 entregó Fagoaga y don José Antonio Bohorques a riesgo de mar a favor de don Bartolomé Naranjo.
ESPAÑA
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Don Antonio Gaspar de Acosta, vecino de Naolinco y residente Jalapa, vende a don Felipe Montes de Guevara, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, el ingenio nombrado San Miguel de Almolonga, con sus pastos, aguas, abrevaderos y todo lo que le pertenece, el cual adquirió en remate que se le hizo por mano de don Diego Ballesteros en la ciudad de México el 22 de marzo de 1768, cuya venta y traspaso hace en 11, 000 pesos, de los cuales ha recibido 1, 500 en dinero de contado, y que le ha de reconocer censo redimible de 9, 500 pesos a favor del señor Mariscal de Castilla, a quien se le dará aviso de traslación para que cancele la obligación y fianza del Capitán Miguel García de Baldemora.
Don Francisco Joaquín Moreno, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de abril de 1776 en la que consta haberse obligado dicho Moreno a pagar la cantidad de 3, 400 pesos que le suplió a riesgo de mar don Sebastián Maltes, sobre 8 tercios número uno a 8 con la marca del margen de ésta escritura F M R, para cargarlos libres de enmienda y demás que pueda causar su embarque en capitanía y almirante, y entregar al acreedor; razón por la que el otorgante hace cancelación dicha escritura.
Don Francisco Antonio Díaz y Herrero, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a Joaquín Chacón y Torres, Contador General de la Curia Eclesiástica del Arzobispado de México y Regidor Perpetuo en los reinos de Castilla, para que en su nombre ajuste el pleito pendiente con don José Cienfuegos, quien se halla preso en la Ciudad de Guadalajara, capital de Nueva Galicia, asimismo haga cuenta con los deudores, otorgando los instrumentos acostumbrados que se le pidan, y para todo lo que se ofrezca, le confiere éste con libre y general administración.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España y residente en este pueblo, como consignatario de escritura hecha en Cádiz el 21 de abril de 1776 otorgada por don Juan de Muguerza a favor de don Juan Jacinto Palomo, por 3, 420 pesos que le suplió a riesgo de mar, misma que Muguerza remitió en capitana y almiranta de la última flota al cargo del señor Ulloa, por lo que da por rota y cancelada dicha escritura.
Don Manuel de Erquicia y Vicuña, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder que le sustituyó doña María Gertrudis de Fernández, hija de don Nicolás Manuel Fernández, otorga que ha recibido de don Santiago Paniza, la cantidad de 194 pesos, por lo que entrega carta de pago y cancelación. Cuenta que consta en escritura de obligación que por escritura de transacción otorgó Paniza a Gertrudis en el puerto de Santa María el 24 de marzo de 1776.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, exhibió escritura hecha en Cádiz el 15 de abril de 1780, en la que don José de Miranda se obliga a pagar al otorgante la cantidad de 3, 200 pesos que le suplió don Juan Jacinto Palomo a riesgo de mar, cuya cantidad lo corrió sobre 3 tercios, que embarcó en el navío nombrado Gallardo, el cual naufragó en el paraje nombrado Cabo Rojo cerca de San Juan Puerto Rico, en los que los 3 tercios no se salvaron, por lo que el otorgante señala que da por cancelada la citada escritura y libra de deuda a Miranda.
Don Carlos Díaz y Herrero y Sebastián Díaz y Herrero, don Juan Antonio Sáenz de Santa María, don José Ramón de Gorostiza, y don Antonio Callebout, comerciantes de España, residentes en Jalapa, otorgan poder especial a don Vicente Francisco Vidal, vecino de México, para que en sus nombres se presente en el Juzgado Privativo y Dirección General de los Ramos de Aduanas y Pulques y en los demás Tribunales, suplique de la Providencia tomada sobre la alteración del derecho de Alcabala, de los efectos rezagados que han pagado el 3 % dispensado por Su Majestad, haciendo por ello, los memoriales, pedimentos, alegaciones y demás instancias que con derecho deba, por lo que se le confiere éste con libre y general administración.
Don Lucas Romualdo de Meza, don José Eugenio de Meza, don Vicente Antonio de Meza, doña Casilda de Meza y doña Petrona de Meza, hermanos, hijos y herederos de don José Romualdo de Meza, naturales del pueblo de San Mateo Naolinco, venden a don Felipe Montes de Guevara, vecino de España y residente en Jalapa, dueño del ingenio y tierras de San Miguel de Almolonga, el rancho nombrado Santa Cruz, ubicado en esta jurisdicción de Jalapa, el cual linda al norte con tierras de los indios del pueblo de Naolinco, al oriente con Almolonga, al poniente con los Acosta, candiles del llano de Chiltoyac y el Tecuane, y al sur con el río Sedeño y Maxtatlán; dicha venta la hacen en la cantidad de 1, 000 pesos de oro común.
Don Felipe Montes de Guevara, dueño del ingenio San Miguel Almolonga, vecino de España y residente en Jalapa, otorga poder general a don Manuel Antonio de Terán, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la Ciudad de México, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban y para que lo defienda en todas sus demandas de carácter civil, criminal, ordinarias y ejecutivas.