Don Manuel Antonio de Alonso, natural de España y vecino del pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 7, 000 pesos, los cuales recibe de Juan José de Santillán, vecino de la Ciudad de México, por medio de don Fermín de Huize, apoderado de don José Faguaga, vecino de la misma ciudad.
ESPAÑA
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Don Juan Bautista Baldo, vecino de Celaya y residente en el pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Manuel Antonio de Alonso, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 21, 900 pesos, para cuando salga el primer registro de plata del puerto de Veracruz hacia España.
Don Domingo de Rábago, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, ratifica una escritura de obligación de deuda, por la cantidad de 10, 000 pesos, para lo cual otorgó poder especial a don Francisco Antonio de Rábago, vecino de la Ciudad de México, para que lo obligara como principal pagador de dicha cantidad, recibiendo 8, 000 pesos del Rector, Diputados y Mayordomos de la Archicofradía de la Iglesia Metropolitana de la Ciudad de México, al plazo de 3 años con obligación de réditos.
Don Martín de Mariñelarena, vecino de la Villa de Chihuahua, debe y se obliga pagar a don Juan Antonio de Goicolea, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, la cantidad de 15, 000 pesos oro común, en reales, el 15 de febrero de 1762.
Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José de Veitia Linaje, vecino de la ciudad de la Habana, para que cobre a don Juan de Miralles, vecino de España, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías y otros géneros que le adeuden.
Don Francisco Maniau y Ortega, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Ignacio de Aristizabal, vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que saque la cantidad de 3, 000 pesos oro común de cualquier convento, capellanía, obras pías, tesorerías, mayordomías o cualquiera persona que le quiera prestar, a censo redimible con obligación de réditos de 5 % anuales, hipotecando un molino para moler pan que tiene en este pueblo.
Don Tomás Domínguez Ballesteros, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar al despacho de la presente flota a cargo de don Bartolomé Salvo, vecino de dicho pueblo, la cantidad de 1, 425 pesos de oro común, en el plazo que le indiquen, por lo que ofrece como fiador a don José de Abreu, vecino de España.
Don Francisco Javier de Medina, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 3, 894 pesos, los cuales ha recibido de don Manuel Francisco de Villanueva.
Don Sebastián de Herreros, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Miguel Ruiz de Allende y a don Francisco Mariscal y Guerrero, vecinos de la Ciudad de México, para que lo obliguen como fiador a favor de cualquier persona particular o comunidades hasta por la cantidad de 1, 000 pesos de oro común.
Don Luis de Pineda y Molero, vecino de la ciudad de San Luis Potosí y residente en el pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Cristóbal Rodríguez, vecino de España, la cantidad de 30, 000 pesos, luego que se publique el despacho de la presente flota, sin afectar ni obligar los efectos que tiene recibidos a alguna otra deuda contraída.