Doña María Antonia Ladrón de Guevara, viuda de Jorge de Amaya, vecina de esta Villa de Xalapa, otorga que vende a doña Nicolasa Domínguez, viuda de don Juan Gómez de Estrada, una casa de paredes de cal y canto, ubicada en la tercera cuadra de la Calle Real, con la que hace frente al sur y del otro lado casa de la testamentaria de don Juan Bocelo al costado del oriente linda con casa que fue de don Manuel Muñiz, lavadero y derrame de la fuente de Techacapa en medio, al norte linda con la calle que llaman de San José y del otro lado casas que pertenecen a uno de los herederos de don Tomás de la Cruz, y por el costado del poniente con casa que fue de don Carlos José Garzón y hoy es de la escuela de Boza, y con solar de los Pérez. La vende en 3, 000 pesos.
ESCUELAS
7 Archivistische beschrijving results for ESCUELAS
Don José Antonio Pereyra de Castro, de esta vecindad y su comercio, vende a don Mariano de Campo, de esta misma vecindad y comercio, una casa de vivienda de edificio bajo, de cal y canto, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en la primera cuadra de la Calle Real, acera del lado del norte, la que hace frente al sur con dicha Calle Real en medio y del otro lado casa del regidor don José Fernández de Castañeda, por su fondo que es al norte linda con el Callejón del Arco, al oriente con casa de don Pedro Miguel de Echevarría, y al poniente con casas altas de los herederos de don Laureano Fernández de Ulloa. La venden en 7 500 pesos, 2 500 al contado y 3 000 cargados sobre dicha casa de un censo redimible a favor de la capellanía laica de estudios de gramática que fundó doña Ángela Francisca del Pino y 2 000 pesos de un depósito irregular a favor de los hijos menores de José Ignacio y doña María Josefa González del Campillo.
Don Juan de Bárcena vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, albacea y heredero de Manuel de Boza, difunto, en cumplimiento de uno de los comunicados de su testamento, funda una escuela pública gratuita de primeras letras, cuentas y doctrina cristiana en esta Villa, para cuyo efecto sitúa 8, 000 pesos de oro común a censo redimible a razón de veinte mil el millar o 5 % de rédito anual, que son 400 pesos, los cuales señala como sueldo anual del maestro, de los 8, 000 pesos carga 6, 000 sobre la hacienda y trapiche de hacer azúcar y panela nombrada San Miguel Almolonga, propia de Lino Carasa Jiménez, y los 2, 000 sobre el rancho y trapiche de igual destino, nombrado El Platanar, propio de don Fernando de Bárcena. La casa que se destinará para tal fin se ubica en la calle Real con la que linda al frente y casa de los herederos de Manuel Barroso hacia el sur, al oriente con casa de doña María Antonia Ladrón de Guevara, al norte que es fondo linda con solar de José Pérez y al poniente con el Mesón de San Antonio, cuya casa compró a don Carlos José Garzón.
Don Mateo Badillo declara que hizo testamento en esta Villa el 6 de septiembre de 1799, pero que la ocurrencia de circunstancias lo pone en la necesidad de mudar algunas cláusulas. Declara nula la cláusula donde asignó 120 pesos anuales al Beaterio para la maestra y ayudantas, sobre una casa ubicada en la Calle de la Amargura, la que según dicha cláusula no se puede vender ni enajenar, vinculada perpetuamente a dicho pago, por lo queda nula, dejando siempre los 120 pesos anuales al Beaterio mientras subsista en él la enseñanza a las niñas pobres, y traspasa los 120 pesos a otra casa ubicada en la Calle Real. En otra de las cláusulas menciona, que en atención a que no es verificable vengan a esta Nueva España ninguno de los tres albaceas que tiene nombrados para que lo sean en España, nombró a don Lucas Mateo Martínez, en primer lugar; por su falta a don Remigio Fernández, Caballero de la Real Orden del Señor Carlos Tercero; y en tercer lugar, a don Francisco Javier de Santa María, y ordena por la presente que don Ramón Cabrejas, su pariente, entre de mancomún con el primero en igual grado y en caso de que don Lucas no acepte la mancomunidad, quede solo don Ramón.
Don Mateo Badillo, del Comercio de España y residente en esta Villa de Xalapa, natural de la Villa de Cabrejas del Pinar, Obispado de Osma provincia de Soria en el Reino de Castilla la vieja, hijo de los difuntos don Pablo Badillo y doña María Matea de la Herrera, otorga su testamento donde declara ser soltero y no tener hijos; deja 6,000 pesos a José Martín Badillo a quien él ha criado en su casa y tiene pensado mandarlo a Sevilla a casa de Simón de los Villares y Hernández. Declara que ha puesto solicitud para que por el Rey se le conceda vincular la cantidad de 100,000 pesos de 128 cuartos, para lo cual tiene remitido a España el caudal correspondiente, que se halla en poder de su hermano Miguel Badillo y de su sobrino Manuel Badillo, y algunos otros bienes que le pertenecen. A cuyo vínculo ha de quedar agregada la casa alta que posee en esta villa en la calle Real, y otra en donde actualmente se encuentra el correo en la calle de la Amargura; sobre esta última queda la pensión de la escuela de niñas en el Beaterio de esta villa. Habiendo costeado la principal obra material del Beaterio, a saber todo lo que hace frente a la calle, que son sus salas, corredor y capilla, con obligación de abrir y dar enseñanza pública a niñas pobres. Habiéndose abierto la enseñanza pública el 25 de agosto pasado, fecha en la que asignó 6 pesos mensuales para atender a la maestra y ayudanta de dicha escuela, señalando que se acepten a 30 niñas pobres para que se les enseñe gratuitamente la doctrina cristiana, leer, coser e instruir en otras cosas a las niñas pobres. Nombra como albaceas en España a don Miguel Badillo su hermano, en segundo a don Manuel Badillo, y en tercero a don Pablo Badillo, sus sobrinos, vecinos de Cádiz. Y para Nueva España nombra a don Lucas Mateo Martínez, residente en el Real de Catorce y administrador de aquel correo; a don Remigio Fernández, Caballero de la Orden de Carlos Tercero y vecino de Veracruz; y a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, vecino de esta Villa de Xalapa. Nombra como herederos en primer lugar al albacea que se hallare en esta Nueva España de los tres que nombró para España, no hallándose ninguno de ellos, nombra a sus albaceas en este reino de Nueva España en el orden que están mencionados.
Don Manuel José Bellido, de esta vecindad y su comercio, ha recibido de don Mariano de Campo, de esta vecindad y comercio, último poseedor de la casa ubicada en la primera cuadra de la Calle Real, 3 000 pesos que se hallaban impuestos sobre dicha casa, correspondientes al principal de una capellanía laica de estudios de gramática que fundó doña Ángela Francisca del Pino, cuya cantidad, a pedimento del otorgante, se declaró pertenecerle, ya que se hallan impuestos sobre los dos mesones de esta Villa, por lo que otorga recibo y cancelación a favor de dicho Mariano de Campo.\t
Don Francisco Fernández y Agudo, vecino y del comercio de esta villa, regidor del Ilustre Ayuntamiento Constitucional, en uso del poder general que a su favor sustituyó don José Ignacio de Cendoya, del comercio de Veracruz, nombrado en primer lugar por don Juan Francisco de Abaroa, vecino de este suelo, residente en la Habana; otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Abaroa, la cantidad de 3 000 pesos, de los bienes del finado de don José Ignacio Siloniz, vecino que fue del pueblo de Teotitlan del Camino, de los que otorga recibo. Cantidad que el compareciente, se obliga a tener por vía de depósito irregular, por el tiempo de nueve años, que deben contarse desde el primer día del corriente mes, a contribuir en cada año el rédito de un 5 por ciento, para subvenir a la voluntad del mismo Siloniz, quién ordenó fundar y establecer con la cantidad de 3 000 pesos, una escuela pública en el pueblo de Teotitlan del Camino a cargo de maestro honrado y buen cristiano, para que enseñe a todos los niños de la jurisdicción sin que dicho maestro les cobre, pues con el rédito de la indicada cantidad deberá contar para sus alimentos. Y pide a los señores curas del lugar cuidar el desempeño de dicha causa y para ello los nombra Patrones de dicha fundación. Y en favor de esta fundación, hipoteca una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja que tiene Abaroa en esta villa, haciendo esquina a la primera cuadra de las calles Real y de la Raqueta, con su frente a la primera hacia el sur y del otro lado casa alta de doña Josefa María Gómez de Estrada; por su fondo al norte, linda con el costado de casa baja de don Miguel de Garagorri, vecino de Puebla; por el costado del poniente, linda con casa baja que fue del finado Francisco de Paula Franceschi y Castro; y por el del oriente que hace frente a la calle de la Raqueta tiene del otro lado la casa de los herederos de don Juan Antonio de Espinosa. Cuya deslindada finca que no reconoce en sí, sino tan solamente el de 1 000 pesos pertenecientes al principal de la capellanía, que sirve actual al señor prebendado don José Nicolás Maniau y Torquemada, canónigo de la Catedral de México, cuya casa es libre de otro empeño, censo e hipoteca; y es la misma que el mencionado Abaroa hubo y compró de don Manuel Fernández del Campo, en esta villa su fecha a 28 de noviembre de 1818. Finalmente se obliga a no vender, enajenar dicha casa, hasta estar pagado este principal y sus premios.
Zonder titel