Don Francisco Fernández y Agudo, vecino y del comercio de esta villa, regidor del Ilustre Ayuntamiento Constitucional, en uso del poder general que a su favor sustituyó don José Ignacio de Cendoya, del comercio de Veracruz, nombrado en primer lugar por don Juan Francisco de Abaroa, vecino de este suelo, residente en la Habana; otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Abaroa, la cantidad de 3 000 pesos, de los bienes del finado de don José Ignacio Siloniz, vecino que fue del pueblo de Teotitlan del Camino, de los que otorga recibo. Cantidad que el compareciente, se obliga a tener por vía de depósito irregular, por el tiempo de nueve años, que deben contarse desde el primer día del corriente mes, a contribuir en cada año el rédito de un 5 por ciento, para subvenir a la voluntad del mismo Siloniz, quién ordenó fundar y establecer con la cantidad de 3 000 pesos, una escuela pública en el pueblo de Teotitlan del Camino a cargo de maestro honrado y buen cristiano, para que enseñe a todos los niños de la jurisdicción sin que dicho maestro les cobre, pues con el rédito de la indicada cantidad deberá contar para sus alimentos. Y pide a los señores curas del lugar cuidar el desempeño de dicha causa y para ello los nombra Patrones de dicha fundación. Y en favor de esta fundación, hipoteca una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja que tiene Abaroa en esta villa, haciendo esquina a la primera cuadra de las calles Real y de la Raqueta, con su frente a la primera hacia el sur y del otro lado casa alta de doña Josefa María Gómez de Estrada; por su fondo al norte, linda con el costado de casa baja de don Miguel de Garagorri, vecino de Puebla; por el costado del poniente, linda con casa baja que fue del finado Francisco de Paula Franceschi y Castro; y por el del oriente que hace frente a la calle de la Raqueta tiene del otro lado la casa de los herederos de don Juan Antonio de Espinosa. Cuya deslindada finca que no reconoce en sí, sino tan solamente el de 1 000 pesos pertenecientes al principal de la capellanía, que sirve actual al señor prebendado don José Nicolás Maniau y Torquemada, canónigo de la Catedral de México, cuya casa es libre de otro empeño, censo e hipoteca; y es la misma que el mencionado Abaroa hubo y compró de don Manuel Fernández del Campo, en esta villa su fecha a 28 de noviembre de 1818. Finalmente se obliga a no vender, enajenar dicha casa, hasta estar pagado este principal y sus premios.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOESCUELAS
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Don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, dijo que en liquidación de cuentas con la testamentaria del finado don Juan Francisco de Abaroa, le sale debiendo a ésta el señor comparente la cantidad de 3 012 pesos 3 reales y 3 cuartillas, asimismo, dijo que por muerte de Abaroa quedó de heredero suyo don Martín de Embil, vecino que fue de la Habana, quien igualmente ha fallecido y son herederos de éste sus hijos, así como tutora de éstos y albacea de aquel su viuda, doña Josefa Juana de Izaguirre, a la cual representa aquí en virtud de poder en forma don José Antonio de Agrasar, con quien el señor relacionante ha convenido verificar el pago de la expresada cantidad. Por lo cual, don Juan Francisco de Bárcena otorga que se obliga a pagar a quien o a quienes sean parte legítima por don Juan Francisco de Abaroa, en el plazo de cuatro años a partir de este día, verificándolo en abonos de una cuarta parte de la deuda en cada un año o antes si tiene facilidad, entretanto pagará el rédito anual de un cinco por ciento y para mayor seguridad hipoteca la haciendita del Platanar, alias Quimiapa, que en junta de acreedores a bienes de don Juan Francisco Carasa le fue adjudicada al comparente, en precio de 11 085 pesos, siendo 2 000 de ellos capital perteneciente a la escuela pía de esta ciudad de la que es patrono dicho señor Bárcena.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO