Don Agustín Suárez, y doña María Nicolasa de Torquemada, marido y mujer, otorgan poder especial a don Félix Lince, Contador General del estado, señor Duque de Terranova y vecino de la Ciudad de México, para que otorgue escritura de obligación ante los herederos de don Pedro de Larburu, por la cantidad de 1,270 pesos.
DUQUES
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Manuel Paulin, residente en este pueblo, recibió del Capitán Juan Esteban de Iturbide, Caballero de la Orden de Santiago, la cantidad de 21, 000 pesos en un conocimiento otorgado por Juan Francisco de Vertiz, dueño de recua, cuya cantidad se obliga a que la embarcará registrada en capitanía de la flota a cargo del Jefe de Escuadras Rodrigo de Torres y Morales, por cuenta y riesgo del Duque de Terranova, Marqués del Valle de Oaxaca, como producto de las rentas de dicho Valle, y llegados al puerto de Cádiz, los entregará a Juan García Romero o a Nicolás de Berroa.
Don José Ignacio de Uriarte y don Antonio de Salazar, Comisionados de los Cinco Gremios Mayores de la ciudad de Madrid que actualmente residen en esta Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Juan García Oyuelos, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación reciba y cobre en Cajas Reales de dicha ciudad, 23, 437 pesos 4 reales de pensión anual, que goza el Excelentísimo Señor Almirante Duque de Veragua de un año cumplido.
Inventario de los autos y causas criminales que hay en el archivo de este juzgado fulminados desde el año de 1691 hasta 1711, hecho por mandamiento del Excelentísimo Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España a pedimento del Real Fiscal de su Majestad. Sacado por el Capitán Pedro Zapata de Ezquerra.
El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en el Ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; y don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia, y siendo necesario ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la consulta que con este poder y pida se sirva su alteza declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa, con el clero su cabezal y la que debe observar dicha cabeza con el citado cabildo, por las diferencias que se han experimentado hasta [hoy] y sucedieren en adelante; sobre lo cual hagan cualquier pedimento y requerimientos que se ofrecieren. Asimismo, le dan poder al citado Regidor don Juan Valero Grajeda para todas las causas y negocios civiles y criminales que tenga este cabildo hasta el día de hoy y tuviere en adelante.
Los Capitanes don Lope de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, don Pedro López del Castrillo, don Alonso López de Sagade Bugueiro y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba, juntos de mancomún, otorgan poder general a don Gabriel López de Sigüenza, vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en la Real Audiencia de este reino, para que en nombre y en representación de sus personas parezca ante el Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y otro cualesquier tribunal donde pida que el Señor Coronel de Caballería Corazas don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, les entregue recibo y carta de lasto de la cantidad que pagaron como fiadores que son del Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, Pagador que fue de la Real Armada de Barlovento, Alcalde Mayor actual y Capitán a Guerra por Su Majestad del pueblo de Orizaba; cantidad que pagaron por el susodicho del principal que por escritura se obligaron a pagar y juntamente de los salarios, décima y costas procesales que ganó en esta villa don Bernardo Fernández de Santacruz, Receptor del número de la Real Audiencia. Asimismo, para que comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y en el Superior Gobierno y pida lo que le tienen comunicado por sus cartas misivas y hasta que consiga el lasto y demás cosas haga memoriales, pedimentos, requerimientos, suplicas y demás autos y diligencias, y para todo los concerniente se le da éste con libre y general administración.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor de ella por Su Majestad, otorga poder especial al Capitán don Lorenzo de la Torre, residente en esta villa y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey Gobernador General de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno de ella presente la Real Ejecutoria y demás instrumentos y recaudos que le tiene entregados, hasta conseguir su aprobación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Martín Monrresin, vecino de la ciudad de México, dueño de su recua, de partida para dicha ciudad, recibió del Capitán Sebastián de la Peña, Alcalde Mayor y Capitán a guerra de esta provincia, 3 150 pesos de oro común en reales, para llevarlos en su recua y entregarlos al Padre Fray Francisco Lorente de la Orden del Señor San Francisco, campanero del Reverendísimo Padre Confesor del Excelentísimo Señor Marqués de Villena, Duque de Escalona.
Don Pedro Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido a Don José Ceballos y Burgos para que le pueda obligar como su fiador y principal pagador en cualquier tribunal, en favor de Su Majestad, en esta Nueva España, donde le tiene hecha merced el Duque de Alburquerque, de Justicia Mayor en la provincia de Jalapa, y que pagará las cantidades en que le obligaren, así de tributos.alcabalas, media anata, fábrica, secretarios, hospital real y residencia, o en otra cualquier cosa que toque al despacho de Don José Ceballos.
Juan López Ruiz Matamoros, dueño de ingenio de hacer azúcar, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido a Don José Ceballos y Burgos, para que lo pueda obligar como su fiador y principal pagador en cualquier tribunal, en favor de Su Majestad en esta Nueva España, donde le tiene hecha merced su Excelencia el Duque de Alburquerque, de Justicia Mayor de Jalapa, a que pagará todas las cantidades en que le obligaren, así de tributos, alcabalas, media anata, penas de cámara, fábrica, medio real de secretarios, hospital real y residencia, o en otra cualquier cosa que toque a su despacho.