El Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697; dijo que entre los bienes de su hermano se encuentran todos sitios para ganado menor en esta jurisdicción y partido de Guatusco [Huatusco], que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano. Dijo que respecto a que un sitio para ganado menor que está en el monte de Totutla, de esta jurisdicción, que llaman venta de Parada, de que hizo merced el Excelentísimo Señor Marqués de Falces, Gobernador de esta Nueva España, a Francisco Mérida de Molina, vecino y Regidor que fue de la ciudad de México, el 28 de enero de 1567, fue declarado por dicho Francisco Mérida de Molina pertenecer a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo del otorgante, como consta en escritura otorgada en México el primero de enero de 1583 ante Alonso Ramírez, Escribano Público; el cual dicho sitio vendió el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira a Antonio de Brito Lomelín, por escritura otorgada en esta villa el 16 de enero de 1684; y por muerte de Antonio de Brito, dicho sitio quedó repartido, quedando dos partes en poder del Capitán don Manuel Gómez Dávila y una parte en la hacienda de hacer azúcar que dejó por bienes Antonio de Brito y que posee su viuda doña María de León, quien la tiene arrendada actualmente al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa. Asimismo, dijo que en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, se han medido diferentes sitios y caballerías de tierra por don Lorenzo de Cabrera, medidor nombrado para ello, siendo medidas, entre otras, la tercia parte del sitio que posee dicha doña María de León, y según medidas que se hicieron se hallaron 7 caballerías poco más, quedándole al tercio del sitio 4 caballerías y tres cuartos, sobrando 2 caballerías y un tercio según inteligencia de dicho medidor. En cuya conformidad, el Capitán Sebastián Pérez Padrón le ha pedido le venda las 2 caballerías y un tercio sobrantes, las cuales se hallan unidas a la hacienda que tiene arrendada, cuya sobra linda por una parte con tierras del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo]; por otro lado, con el camino real que va a la Veracruz; por otro con la barranca de Arroyo Seco; y por otro se haya incorporado incluso en la dicha medida. Por lo tanto, otorga que vende al Capitán Sebastián Pérez Padrón, las 2 caballerías y un tercio de tierra y, también, otra caballería poco más, de sobras que hubo de las medidas que están hechas al pueblo de San Lorenzo y demás circunvecinos, cuya caballería linda por la parte del poniente con las antecedentes tierras; por el norte con dicho pueblo de San Lorenzo; por el sur con camino real viejo; y por el oriente con un arroyo que llaman de la Palmilla, inmediato al lindero de tierras de don Hipólito del Castillo de Altra. Las vende en precio de 500 pesos de oro común.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODUQUES
14 Descripción archivística resultados para DUQUES
Don José de Carvajal y Contreras, Capitán de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a Antonio Pérez Padrón, vecino de esta villa y próximo a realizar viaje a la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y su auditor general de guerra y ante quien deba y pueda, y pida a dicho Señor Virrey se sirva de hacerle merced y gracia de lo que le tiene comunicado a dicho Antonio Pérez Padrón.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Regidor don Diego Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga a pagar a su hermano, el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa, 2 000 pesos de oro común que importó el oficio de tal alférez mayor que ejercía el susodicho en esta villa y del cual hizo renuncia a favor del otorgante, cuya cantidad pagará luego que el Virrey de Nueva España, Duque de Linares, le despache título en forma.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOREl Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, Pagador de la Real Armada de Barlovento y Seno Mexicano y Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que el 25 de junio de 1707 otorgó poder general a don Francisco Antonio de Castañeda, difunto, y a don Agustín Fernández Carrasco y Madrigal, vecinos de la ciudad de México; ahora por la presente revoca dicho poder a don Agustín Fernández, dejándolo en su honor y buena fama, y lo otorga a don Tomás José Jiménez, Agente de Negocios y vecino de la ciudad de México, para que en su nombre lo represente en todos su pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Para que presente cualquier relación jurada en el Tribunal y Audiencia de Cuentas de Nueva España, del cargo de tal Pagador de la Real Armada de Barlovento, haciendo las diligencias necesarias hasta su aprobación. Para que cobre todo lo que le deban. Y para que parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, en su Superior Gobierno y Real Audiencia, y presente cualesquier reales títulos, cedulas de Su Majestad, de cualquier oficio que Su Majestad fuere servido de honrarle.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habrá tiempo de dos meses que de su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] hizo ausencia Miguel Solano, su esclavo, el cual al presente se halla “efugiado en el pueblo de Orizaba de Alejandro Pérez, y aunque hay solicitud para interpositar persona, el conducirlo a su poder no lo ha podido hacer, despojándole violentamente de su valor, dando pretexto de que lo quiere libertar por 50 pesos”. Por tanto, en aquella vía y forma, otorga que da su poder especial al Capitán don Diego López de Luna, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y pida se sirva dicho excelentísimo de librar su mandamiento cometido a cualquiera de los alcaldes ordinarios de esta villa, para que pasen al dicho pueblo de Orizaba y saquen de poder del dicho Alejandro Pérez o de la persona o personas en cuyo poder pararen el dicho negro Miguel Solano, con más los jornales de los dos meses que lo tiene en su poder; haciendo para ello los pedimentos, memoriales, suplicas que convengan, presentando papeles, informaciones y otros recaudos, sacando y ganando cualquier mandamiento y real provisión que le remita por duplicado, de manera que por falta de poder u otra alguna circunstancia no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, porque debajo de esta generalidad deja comprendida cualquiera especialidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos Capitanes don Pedro López del Castrillo, don Alonso López de Sagade Bugueiro, don Lope Antonio de Iribas y don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, todos vecinos de esta villa, otorgan poder general a don Juan González de Ureña, Contador y Ordenador Mayor del Tribunal de Cuentas de la ciudad de México y vecino de dicha ciudad, para que en sus nombres parezca ante el Rey Nuestro Señor y ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España o en el Superior Gobierno del Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España u otro tribunal que con derecho deba y pueda y los represente y defienda en todos sus pleitos causas y negocios civiles y criminales que tengan con cualquier persona y ellas contra los otorgantes, así demandando como defendiendo, en cualquiera de dichas audiencias, juzgados y tribunales superiores e inferiores de ambos furos eclesiásticos y seculares.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en el Ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; y don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia, y siendo necesario ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la consulta que con este poder y pida se sirva su alteza declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa, con el clero su cabezal y la que debe observar dicha cabeza con el citado cabildo, por las diferencias que se han experimentado hasta [hoy] y sucedieren en adelante; sobre lo cual hagan cualquier pedimento y requerimientos que se ofrecieren. Asimismo, le dan poder al citado Regidor don Juan Valero Grajeda para todas las causas y negocios civiles y criminales que tenga este cabildo hasta el día de hoy y tuviere en adelante.
Los Capitanes don Lope de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, don Pedro López del Castrillo, don Alonso López de Sagade Bugueiro y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba, juntos de mancomún, otorgan poder general a don Gabriel López de Sigüenza, vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en la Real Audiencia de este reino, para que en nombre y en representación de sus personas parezca ante el Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y otro cualesquier tribunal donde pida que el Señor Coronel de Caballería Corazas don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, les entregue recibo y carta de lasto de la cantidad que pagaron como fiadores que son del Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, Pagador que fue de la Real Armada de Barlovento, Alcalde Mayor actual y Capitán a Guerra por Su Majestad del pueblo de Orizaba; cantidad que pagaron por el susodicho del principal que por escritura se obligaron a pagar y juntamente de los salarios, décima y costas procesales que ganó en esta villa don Bernardo Fernández de Santacruz, Receptor del número de la Real Audiencia. Asimismo, para que comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y en el Superior Gobierno y pida lo que le tienen comunicado por sus cartas misivas y hasta que consiga el lasto y demás cosas haga memoriales, pedimentos, requerimientos, suplicas y demás autos y diligencias, y para todo los concerniente se le da éste con libre y general administración.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor de ella por Su Majestad, otorga poder especial al Capitán don Lorenzo de la Torre, residente en esta villa y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey Gobernador General de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno de ella presente la Real Ejecutoria y demás instrumentos y recaudos que le tiene entregados, hasta conseguir su aprobación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Cabildo, Justicias y Regimiento de esta villa de Córdoba estando juntos y congregados en el ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ante el excelentísimo Duque de Alburquerque Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España en su superior gobierno, y presente la consulta que va con este poder y pida se sirva su alteza de declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa con el clero y su cabeza; asimismo, la que debe observar dicha cabeza con el cabildo por las diferencias que se pueden ofrecer, sobre lo cual y hasta que lo consiga haga pedimentos, requerimientos, memoriales, suplicas, protestas, presente testigos y escritos. También le dan este poder a dicho regidor para todos los demás pleitos, causas y negocios que se ofrecieran, haciendo pedimentos y demás diligencias que se ofrezcan, y le otorgan dicho poder con libre y general administración.