DOTES

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        DOTES

          Términos equivalentes

          DOTES

            Términos asociados

            DOTES

              51 Descripción archivística resultados para DOTES

              51 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0002-PX_0002_0297 · Unidad documental simple · 07/02/1584
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Reverendo Padre Diego Tomás de la Plaza Esquerra, beneficiado del río de Alvarado, con motivo del matrimonio de su hermana María Plaza Esquerra con Juan López Mellado, vecino de la Puebla de los Ángeles, le mandó para su dote siete mil pesos de oro común, donde figuraban cinco sitios de ganado mayor en términos de Cosamaloapan, los cuales se llamaban: Santo Tomás de Coapa, Macatepeque, Nestepeque, Buenavista y Nopaltepeque.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0036 · Unidad documental simple · 24/04/1793
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Ignacia de Alba, viuda de don Francisco Ignacio de Herrasti, vecina de esta Villa de Jalapa, otorga que se obliga a pagar a don Juan Pimentel, Mayordomo del Convento de Santa Catarina de la Ciudad de la Puebla, la cantidad de 3, 000 pesos, para que su hija doña María Cayetana de Herrasti [y Alba] pueda ingresar a dicho convento, cantidad que como dote debe tener para profesar, y para mayor seguridad de la enunciada suma se constituye en su fiador don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta villa.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0055-PX_0055_0084 · Unidad documental simple · 15/07/1788
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Joaquín Morales, en conjunto con sus hermanas doña Margarita Morales doña Rita Morales y Sor María Ignacia Morales, novicia para velo negro y coro del Convento de Señoras Religiosas Dominicas de Santa Catarina de Sena de la Ciudad de los Ángeles, vecinas de Jalapa, declaran las referidas 3 hermanas que poseen una casa que linda y hace frente por el sur con la Plazuela del Rey, al norte que es el fondo con la Barranca de Xallitic, al costado del oeste con casas del difunto Diego José Gorospe Irala y Padilla, al poniente con casa de don José Joaquín Morales. Y faltándole a la novicia 500 pesos para completar su dote, los carga e impone sobre la citada casa a favor de dicho convento, pagando un rédito de 5 % por 3 o 5 años.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0063 · Unidad documental simple · 1717/07/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto doña María de Segura y Ceballos, doncella, su hermana, se halla reclusa en el convento de señoras religiosas de Santa Inés del Monte Polisiano [Montepulciano] de la Puebla de los Ángeles, la cual está por tomar hábito y porque se le ha pedido que haya persona que la mantenga hasta que tenga lugar. Por lo cual, se obliga a alimentar a su hermana con todo lo que fuere necesario, asimismo, se obliga a pagar al mayordomo del convento o a quien fuere parte legítima 3 000 pesos de dote principal, cinco días antes de su profesión, llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de su cobranza.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0073 · Unidad documental simple · 1696/08/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Juan de [la] Beguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino y natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de don Francisco de la Beguellina [Veguellina] y Sandoval, vecino de dicha ciudad, y de doña Gerónima de Chaves [Jerónima de Chávez] y Goitia; y don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, dijeron que don Juan de Beguellina [Veguellina] tiene tratado casarse y hacer verdadero matrimonio con doña Águeda María de Solís Gatica y Aguilar, hija legítima de don Gregorio Martínez de Solís y de doña Juana [de] Gatica y Aguilar. Y habiéndose efectuado y celebrado los esponsales, debido a embarazos que se les han ofrecido, definieron que se celebre dicho matrimonio [roto] para el [día de] Natividad del Señor veinticinco de [diciembre] de este año. Asimismo, [roto] han conferido hacer las siguientes capitulaciones al matrimonio: Que don Juan de Beguellina, contraído el matrimonio, se ha de obligar a no sacar de esta villa a doña Águeda, su esposa, excepto acaeciendo que Su Majestad le ocupe en cosa de servicio en la ciudad de México, porque siendo en otra parte ha de subsistir la habitación en esta dicha villa por ser de utilidad a una y otra parte. Es condición que tres o cuatro días antes del matrimonio, don Gregorio Martínez de Solís otorgue obligación a favor de don Juan de Beguellina, por 12 000 pesos como dote de su hija, los 10 000 en reales de contado y los 2 000 en esclavos y alhajas.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0114 · Unidad documental simple · 1746/08/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, uno de los Procuradores de Causas de la Audiencia Ordinaria, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en los libros de este cabildo, el cual se compone de 50 fojas, su data en la ciudad de los Ángeles a 5 del corriente, y en él se percibe que el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Clérigo Presbítero de este obispado y vecino de esta villa, en virtud de poder que le confirió el Capitán don Francisco José Rodríguez de Abouza, su padre, de esta misma vecindad, a causa de hallarse a recibir su sagrada profesión en el convento de religiosas Dominicas Recoletas de Santa Rosa de la ciudad de los Ángeles Sor Mariana Bernarda de la Luz, hermana del citado licenciado y una de las hijas legítimas y universales herederas de dicho Capitán don Francisco José Rodríguez, y como es necesario reintegrar 3 000 pesos de su dote, como se obligó el susodicho su padre por escritura que celebró al tiempo que su hermana recibió el hábito, los cuales quedaron impuestos en la hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, alias Panzacola, ubicada en términos de esta villa, dicha hacienda se encuentra valuada en 52 932 pesos y 5 reales de oro común, y sólo sujeta a 7 981 pesos. En efecto dichos 3 000 pesos se ofrecieron exhibir dentro de cinco años con la obligación de réditos con hipoteca de dicha hacienda, por lo que el Licenciado don Manuel José Rodríguez en nombre de su padre se obligó a pagar al convento de señoras religiosas de Santa Rosa y en su nombre al Alférez don Juan Manuel Martínez de Mendiola, su mayordomo.

              DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0214 · Unidad documental simple · 1774/05/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él consta que, en la ciudad de la Puebla a 20 de abril de este año, el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Cura por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de Tecamachalco de esta diócesis, dijo que por escritura otorgada en ésta el 30 de junio de 1759, don José Francisco Oropeza, dueño que fue de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, se obligó a pagar al susodicho 23 158 pesos 4 tomines, los mismos que en cuenta de su precio le quedó debiendo don Salvador Fernández Marín, su antecesor en la posesión de la referida hacienda, y aseguró su paga y ratificó la hipoteca que de ella se hizo por el primer deudor; y porque estando por religiosa de velo y coro en el convento de Santa Teresa la Antigua de dicha ciudad doña Francisca de Paula Mejías de Reinoso, hija legítima de don Gaspar Mejías de Reinoso y de doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, no teniendo para exhibir los 3 000 pesos de dote, presentó memorial en la Secretaría de Gobierno de esta diócesis en 20 de marzo, ofreciendo otorgar escritura de cesión y traspaso a favor del referido convento por los dichos 3 000 pesos, colocándolos en los citados veinte mil y más pesos que a su favor se reconocen en la citada hacienda. Y por decreto del señor obispo de 19 de abril, previno se efectuase la escritura de cesión y traspaso, y que don José Mariano Oropeza en consorcio de doña María, doña Bárbara, doña María Guadalupe de Oropeza [roto] hicieran reconocimiento e hipoteca de la dicha [roto], por tanto, hizo el traspaso a favor del citado convento de Santa Teresa de los 3 000 pesos de la dote de la Madre María Guadalupe de San Francisco de Paula la que en el siglo se llamó como queda dicho doña Francisca de Paula Mejías de Reinoso, y para demandar el principal le dio cuanto poder en derecho sea necesario. Y estando presente el citado José Mariano Oropeza, hijo legítimo del referido don José Francisco y de doña María Gertrudis de Orta, albacea, tutor y curador ad bona de las expresadas sus sobrinas María, Bárbara y María Guadalupe, y dueño de la mencionada hacienda, otorgó y reconoció por dueño de los citados 3 000 pesos al convento, los cuales dará y pagará en el término de tres años, y para seguridad del pago hipotecó la expresada hacienda.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0228 · Unidad documental simple · 1776/08/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel de Segura y Ceballos, de esta vecindad, hizo exhibición de dos testimonios de una propia escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en 31 de julio de este año, por don Pablo José Velázquez, Procurador de la Curia Eclesiástica de dicha ciudad, como apoderado sustituto de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, vecina de esta villa, y por ellos consta que por memorial que el dicho don Pablo José presentó ante el señor obispo de este obispado para que declarara por finca idónea la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, que posee en esta jurisdicción la referida doña Gertrudis López, para subrogar en ella el gravamen de 25 000 pesos a que se hallaban afectas las haciendas de fabricar azúcar nombrada San Miguel Guegueapan [Huehueapa] y San José Omealca, en favor de la obra pía que para dote de religiosas mandó fundar el Señor Maestre de escuela don Sebastián de Guevara y Lucio. Con dicha subrogación, doña Ana María de Leiva, viuda y albacea de don Juan Díaz de Ceballos, poseedora de la citada hacienda de San Miguel, haría la división de los bienes de su difunto marido entre sus hijos y demás herederos. Y por decreto de 16 de julio pasado de este año el obispo hizo aprobación para que don Pablo José otorgara en nombre de su parte la escritura correspondiente y ratificara la escritura donde quedó grabada la hacienda de San José Omealca. Por lo que, el referido don Pablo José Velázquez, en nombre de la enunciada doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, puso en efecto lo determinado por su señoría ilustrísima, y subrogó, colocó y sustituyó sobre la hacienda nombrada Nuestra Señora de la Concepción en el mismo lugar y grado en que estaba la nombrada hacienda de San Miguel Guegueapan [Huehueapa] por el capital de los 25 000 pesos y sus correspondientes réditos de 5 por ciento, en cada un año, a favor de la mencionada obra pía, para que de la hacienda de la Concepción y sus poseedores los perciba, demande y cobre la parte que por ella fuera, en la misma conformidad que lo podía hacer de la San Miguel Guegueapan [Huehueapa] y la de San José Omealca; y ratificó y dejó en su lugar y fuerza las escrituras otorgadas el 31 de diciembre del año de 1716 y 12 de marzo de 1732, y la hipoteca que contiene por lo respectivo a la hacienda de San José de Omealca.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0112 · Unidad documental simple · 1711/09/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Laboreiro, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que contrajo matrimonio el día dos del presente mes, con doña Juana Fernández de Olivares, doncella, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hija legítima del Alférez Luis Fernández de Olivares y de doña María Fernández Camacho; asimismo, dijo que cuando se efectuó dicho casamiento se le prometió en dote y propio caudal por el Señor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario del Santo Tribunal de Cruzada en esta villa, 716 pesos 4 reales en reales y ropa, cuya cantidad otorga haber recibido de dicho señor cura en los bienes y reales que se mencionan en esta escritura; junto con 400 pesos que manda a su mujer en arras propter nuptias, en honra de su virginidad y limpieza, que declara caben en la décima parte de sus bienes, sumando ambas cantidades 1 116 pesos 4 reales.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0011 · Unidad documental simple · 1692/04/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Josepha de Miranda [Josefa García de Miranda], vecina de la villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Joseph de Olivera [José de Olivera], difunto, tutora y curadora de doña María de Leyva [Leiva], su hija legítima, declara que por cuanto la dicha su hija “mediante la voluntad de Dios Nuestro Señor y para su santo servicio ha elegido y tiene deliberado el ponerse en estado de Religiosa de Santa Clara en el convento de la ciudad de los Ángeles”, y atenta a que tiene ajustado con las religiosas de la entrada de la susodicha y concertada su dote en 5 000 pesos, “y me han pedido les otorgue obligación y seguro de dicha cantidad”, para que luego que llegue el caso de la profesión de la dicha doña María de Leiva se la entreguen. Por tanto, para que tenga efecto lo solicitado otorga por la presente que se obliga de dar y pagar a dicho convento de religiosas de Santa Clara 5 000 pesos en que tiene ajustado la dote de su hija. Por último, señala que para asegurar la cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar, que tiene en esta jurisdicción, nombrado San Francisco, con sus tierras, cañaverales, ganado, esclavos y todo lo que le perteneciere.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO