Don José Francisco García, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Felipe de Sánchez y al Doctor don Dionisio Leal, vecinos de la ciudad y puerto de Cádiz, para que en su nombre cobren a don José Gómez, vecino de la citada ciudad, la cantidad de reales que importó la carga que remitió en el navío de don Baltazar de Arrillaga y dinero que antes se le había suplido..
DOCTORES
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Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga que ha recibido del Doctor Antonio Bergosa y Jordán, Inquisidor del Santo Oficio de este reino, la cantidad de 5, 500 pesos en dinero de contado, misma que dicho Doctor recibió a riesgo de mar de don Juan Jacinto Palomo, sobre que otorgó escritura hecha en Cádiz el 20 de abril de 1780, de la cual hace cancelación.
Don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, apoderado de don Jerónimo José Benítez, del comercio de España y vecino de Cádiz, albacea de don Bartolomé de Castro, ha recibido del Doctor José Suárez, Cura de esta Doctrina, 1 500 pesos pertenecientes al convento de monjas de Santa Inés Monte Policiano de Puebla, en calidad de censo redimible obligándose a pagar los réditos correspondientes al 5 % y como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle Real de este pueblo.
Don Juan Antonio Santa María y Lagos, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don Joaquín de Zuloaga, junto con don Antonio de Vizcarra y don José de Iraurguí, vecinos de la ciudad de Cádiz, para que cobren a los herederos del Doctor don Pedro José Castellón, una deuda de 50 pesos escudos de a 8 reales de plata, los mismos que el susodicho le dejo por legado en una clausula de su testamento al otorgante.
Juan de Aguilera, maestro del oficio de calderero, vecino de Coatepec, natural de la ciudad de Cádiz, en los reinos de Castilla, dio su poder cumplido al Doctor Don Francisco Centurión de los Cameros, Prebendado y canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Cádiz, a Don Gregorio Jacinto de Figueroa y Pasos, y a Don José de Zeberri y Lisasoain, vecinos de dicha ciudad, para que en su nombre y generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que judicialmente, hayan y reciban las casas que dejó su madre María Jiménez en la ciudad de Cádiz, y otros bienes que le pertenezcan por herencia, y para que puedan arrendar o vender sus bienes, por los precios y plazos que por bien tuvieren.
Teresa de Córdoba y Arellano, dijo que el 2 de febrero otorgó su testamento en el cual por cláusula consta le debe 550 pesos a don Antonio de Chávez, vecino de las Ciudad de Cádiz, y es su voluntad se le paguen de sus bienes, y que se le digan 47 misas en el altar mayor del ánima en el hospital de este pueblo; cláusulas que ahora anula y revoca, como también en la que nombró por albacea al Reverendo padre Prior Doctor Francisco de Longoria Báez, capellán de dicho hospital, nombrando en su lugar al Bachiller Manuel del Pozo, presbítero domiciliario de este Obispado.
El Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, otorga poder en primer lugar a Marcos Antonio de Verástegui, Agente de los Reales Consejos, en segundo a Pedro Guerrero, vecino de la Ciudad de Cádiz, y en tercer lugar a Francisco Soto Sánchez, vecino de Sevilla, a los 3 con igual poder y facultad, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo de Indias y pidan se le haga cualquier merced.
El Doctor José de Olivares y Maldonado, Presbítero y Juez Eclesiástico del partido de San Juan de los Llanos, otorga poder especial a Esteban de Zubiaur, vecino de la Ciudad de Cádiz, para que en su nombre, comparezca ante el Comisario General de Cruzada Real y Supremo Consejo de las Indias y pida se le den los despachos que convengan.
Don Juan Bautista Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, Conde de Reparaz, hijo legítimo de don Juan Bautista Ustáriz y de doña María Francisca Gastelu, difuntos, dueños que fueron del palacio de Reparazea en Oieregi en el reino de Navarra, de donde es natural, vecino de la Ciudad de Cádiz y residente en Jalapa, viudo de doña María Pascuala de Arestegui, otorga poder para testar a don Eligio Ustáriz, en esta Nueva España, y en España a don Juan Felipe Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, al Doctor don José Martínez de Guzmán, Canónigo Magistral de la iglesia de Cádiz y Conde de Guevara, a don Gaspar Antonio Leal y al Marqués de Echandia; como albaceas y herederos universales nombra a sus hermanos don Juan Felipe, don Juan Francisco y don José Joaquín Ustáriz.
Don Juan Bautista Ustáriz, Conde de Reparaz, hijo de los difuntos don Juan Bautista de Ustáriz y doña María Francisca Gastelu, dueños del palacio de Reparazea en Oieregi, Reino de Navarra, residente en este pueblo, otorga poder a su hermano don José Joaquín Ustáriz, en caso de fallecer en este reino y en caso de que le suceda en los reinos de Castilla a su hermano Juan Felipe de Ustáriz, Juan José Vélez de Guevara y la Madrid, Conde de Guevara, al Doctor José Martín de Guzmán, Canónigo de la Catedral de Cádiz, a su primo el Marqués de Echandia y a Gaspar Antonio Leal, para que hagan y ordenen su testamento en la forma que aparecerá en un memoria que dejará, en donde declara: fue casado con María Pascuala de Arestegui, de quien quedó viudo y sin hijos; nombra por albaceas testamentarios a los mismos apoderados, nombra herederos a los que menciona en la citada memoria.