El Doctor don Agustín Sánchez de Ledezma, Cura beneficiado de ésta Doctrina de Jalapa, el Licenciado Pedro Perdomo, como albacea de doña Aldonsa de Vargas, el Capitán de caballos don José Robledano de Cardeña, como Mayordomo de fábrica de la iglesia, Francisco Miguel de Campo, Nicolasa de Vargas, y demás personas que se mencionan en la presente, otorgan poder especial a don Juan Ventura Tello de Meneses, vecino de Puebla, para que en representación de todos ellos pida, reciba y cobre de quien en derecho deba los pesos que importaron los legados que les hizo por testamento y codicilio el Bachiller don Miguel Pérez de Medina.
DOCTORES
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El Capitán Antonio de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder de Juan de Malpica, su yerno, dijo que le arrendó al Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura de este pueblo, una casa que fue de doña Aldonsa Clara de Vargas, por 9 años que empezaron a correr del 9 de enero de 1716, en 60 pesos de oro común en cada año, pero el Capitán Juan de Malpica gastó 223 pesos en reparos de la casa de los que se han devengado 100 pesos en arrendamiento, pero necesita seguirla reparando para habitarla, siendo inconveniente al Capitán Malpica hacer nuevos gastos, por tanto usando de dicho poder otorga que cede, renuncia y transfiere a la Cofradía de Jesús Nazareno de la parroquia de este pueblo, todo el tiempo que falta de arrendamiento bajo las condiciones originales, así también cede a la cofradía los 123 pesos de las mejoras.
El Capitán don Antonio Vázquez Ruiz, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar al Doctor José Suárez, Cura de este pueblo y Rector de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, la cantidad de 562 pesos, con réditos de 5 % anuales, y para mayor seguridad de dicha deuda, hace hipoteca especial de su hacienda de labor y molino de pan moler que tiene en este pueblo, nombrada Nuestra Señora de los Remedios, alías Lucas Martín.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, Mayordomo de la Fábrica de la Iglesia Parroquial de este pueblo, otorga poder especial a don Mariano Robledo, Procurador de la Audiencia Eclesiástica de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer como tal mayordomo ante el Ilustrísimo Señor Obispo y su provisor y vicario general y le pida se sirva mandar que de las obras pías que fuere de superior agrado le dé a la expresada iglesia, a censo redimible, el 5% cada año de la cantidad de 3, 500 pesos que necesita para pagar al señor Doctor José Suárez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla, por cuenta que satisfizo por la casa que compró para la referida iglesia parroquial y las obras y reparos que hizo.
Don Francisco Antonio Marín del Valle, vecino de México y residente en este pueblo de Jalapa, revoca el poder otorgado a don José Nicolás de Luque, Teniente Coronel del Regimiento del Comercio de la Ciudad de Puebla, y otorga poder especial a don Tomás Manuel Pérez de Turcios y a don Fernando Félix de Acosta, vecinos de la Ciudad de Puebla, para que lo obliguen como principal fiador y pagador de 2, 000 pesos y sus réditos, de 6, 000 pesos que pretende se le entreguen de su capellanía el Doctor don José Manuel de Vélez y Ulibarre, Canónigo de la Santa Iglesia Metropolitana de México, que se hallan depositados en el cofre de la de Puebla.
Don Manuel Bárcena Bezanilla, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Señor Doctor don José Suárez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, para que lo obligue como fiador y principal pagador de don Francisco de la Rosa, quien pretende tomar en arrendamiento los diezmos del partido de Ixhuacán de los Reyes.
Don Domingo Manuel Cortés, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe al Doctor Rafael María de Gorospe, Canónigo de la Catedral de Puebla, como albacea del Licenciado Diego José de Gorospe Irala y Padilla, la cantidad de 3, 244 pesos 5 y 7/8 de reales, por concepto de géneros y efectos de una tienda que le traspasó en este pueblo, con 699 curtidos de suela que tiene recibidos, misma que se obliga a pagar en un año, a partir de esta fecha, señalando como fiadores a su padre don Blas Cortés y a don Tomás Franco, quienes se comprometen a pagar la citada cantidad.
El Doctor José Suárez, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa y su doctrina, declara que compró a don Manuel de Olmedo, una casa que el otorgante reedificó, la cual esta ubicada en la Calle de la Amargura y linda al poniente con casa de Miguel Bazán de Otero y la Calle de la Amargura, al oriente con casa de don José Camino y Velasco, misma que servirá para que vivan los señores curas que le sucedan y disfruten durante el tiempo que permanezcan en ella, sin pago de pensión o reconocimiento.
Don Manuel Antonio de Alonso, residente del pueblo de Jalapa, integrante de la Compañía Campana Alonso y Fragua, establecida en el puerto de Veracruz, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 4, 520 pesos, los cuales ha recibido de Diego Sánchez Pareja, a través del Doctor Pedro Brito y Abreu, Prebendado de la Iglesia de Puebla.
Don Antonio Gaspar de Acosta, vecino de Naolinco como principal deudor y don Felipe de Acosta y don Luis de Acosta, como sus fiadores, deben al Doctor don Nicolás Velázquez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles, la cantidad de 3, 600 pesos, mismos que se obligan a pagar en 2 partes, el primero en el mes de marzo del año próximo y el resto al siguiente año, y 2 reales de contado a pagar en el pueblo de Naolinco.