Juan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
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Don José Fernández de Castañeda, primer Diputado del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, como curador ad litem de doña María Guadalupe Barragán, residente en el Beaterio de esta Villa, mayor de 14 años y menor de 25 años, hija natural del difunto don Cristóbal Barragán, vecino que fue de la Nueva Veracruz, en donde se siguen los asuntos correspondientes a la testamentaria de dicho difunto, otorgó poder el 17 de septiembre de 1803 a don José Manuel Hernández, del Regimiento de las Tres Villas, para que lo representara como tal curador, encomienda que ya no podrá llevar a acabo por haberse puesto sobre las armas las citadas milicias, trasladándose a la Villa de Córdoba y al presente a la Ciudad de Puebla, por lo que a través de la presente revoca dicho poder y se lo otorga a don Manuel de Salazar, vecino de la Veracruz.\t
El Conde de Casa Rul, Coronel del Regimiento Infantería de Milicias Provinciales de Valladolid; don Diego Leño, Regidor Perpetuo del Ayuntamiento de esta Villa; don José Antonio de la Peña, Regidor, Alférez Real del mismo cuerpo; don Santiago Sáenz Saravia, de esta vecindad y comercio; don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento Infantería de Milicias de Toluca; y don Juan Antonio Pardo, Diputado del mismo Ilustre Ayuntamiento de esta vecindad y comercio; otorgan que se constituyen fiadores principales pagadores de don José María Villaseñor Cervantes, Secretario de la Intendencia del Ejército acantonado en esta Villa, provisto Colector Interino de la Real Renta de Lotería de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, quienes deberán asegurar la satisfacción, en el tiempo que dicho Villaseñor sirva el indicado cargo.
Don Miguel de Arieta, de esta vecindad y comercio, Diputado del Común de esta Villa, albacea testamentario de la difunta doña Paula Barradas Meléndez, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Procurador del Número de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de Puebla, para que en su nombre y como albacea que es de dicha difunta, se presente ante el señor Obispo, señor Provisor y Vicario General, Juez de Testamentos y demás que correspondan, a impetrar la gracia de la fundación de una capellanía, que con el principal de 4 000 pesos mandó se fundase dicha difunta.
Don Antonio Gómez Velarde, vecino que fue de la ciudad de Puebla y de paso en esta villa, otorga poder general al Presbítero Licenciado don José Mariano de Nava y Mota, de la misma vecindad y secretario del Venerable Señor Deán y Cabildo Eclesiástico de aquella ciudad, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, géneros u otros de cualquier especie que se le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. Y para que de todo cuanto cobrare y percibiere otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos. También, para que pueda revocar si le pareciere conveniente los poderes particulares que tiene conferidos al señor diputado don Gabriel Rodríguez, a don José Joaquín Toriz, a don Fernando Pardo y a don Mariano Falcón, quedando éstos bajo su dirección para tomar las cuentas o removerlos si fuere necesario, pudiendo nombrar otros.
Sem títuloDon José Miguel de Iriarte, Alcalde Ordinario por Su Majestad de primera elección en esta Villa, como Diputado nombrado por los individuos vecinos y residentes en este suelo, naturales de las cuatro provincias del Reino de Navarra, Señorío de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, otorga poder especial al Señor don José Franco y Gregorio, Deán de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre comparezca en aquel juzgado eclesiástico a contestar y promover cuanto conduzca a los derechos de su representación en el expediente que allí se sigue, relativo a la exacción que el mayordomo de la fábrica de esta iglesia parroquial reclama, de 25 pesos por el derecho de fábrica a cada una de dichas provincias para que se sepulten en la bóveda, que éstos erigieron en la Capilla de San Ignacio de Loyola, la que fue también a costa de los mismos.