Don Diego Cardeña, Escribano Público de este Juzgado, como principal y don Laureano Fernández de Ulloa, como fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Diego José de Cárdenas, vecino de los Ángeles para que comparezca antes los Jueces Administradores de la Contaduría de la Santa Catedral de los Ángeles, haciendo el tiempo, cantidad, calidades y condiciones al nuevo arrendamiento de diezmos caseros de la Doctrina de Ixhuacán de los Reyes, afianzando y obligándolos por escritura que otorgue a favor de la iglesia que le fuese pedida.
DIEZMOS
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Don Laureano Fernández de Ulloa, Alférez Real, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para que lo obligue como fiador y principal pagador en el remate de los diezmos de Coatepec, mismos que se remataran en la Ciudad de Puebla de los Ángeles.
Don Antonio López, Gobernador, declara que el maíz de la comunidad que se cosecho este año fueron 17 fanegas y se vendió la fanega a 2 pesos. Primeramente se pagaron los diezmos 10 pesos. La fiesta de corpus 6 pesos. La fiesta de San Juan 6 pesos. La fiesta del Señor San José 3 pesos. La cera que se gasto 10 pesos. Tres libras de pólvora. Un real de incienso y un real de estoraque. Y todo este dinero era 34 pesos y 2 reales se gasto.
Don Francisco Maniau y Ortega, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan de Lucena, Clérigo, Presbítero y vecino de la Ciudad de la Puebla, para que haga las posturas, pujas y mejoras que le parezcan al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, y también para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo, Presbítero Domiciliario del obispado de Puebla, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Bachiller Francisco de Olmedo y Araciel, para que se presente ante con quien más derecho pueda y trate las posturas, pujas y mejoras que le parezca sobre el nuevo arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec.
Don Juan Miguel Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y dueño de una hacienda de ganado mayor en el mismo lugar, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, para que lo obligue como principal deudor y fiador a favor del arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, que han recaído sobre don Miguel Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa.
El Licenciado don Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo, Presbítero Domiciliado del Obispado de Puebla de Los Ángeles, informa que en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla, se remataron a su favor los diezmos de los pueblos de Jalapa y Coatepec, mismos que se obligó a cubrir el pago, para lo cual ofreció como fiadores a su padre don Domingo Díaz Mier, y a Tomás de Santiago y Cruz, vecinos de este pueblo, quienes se obligan a cubrir el pago de 6, 105 pesos, en el periodo de 2 años.
Don Tomás de Santiago y Cruz, vecino de este pueblo, otorga poder especial a su hijo Pedro Cruz, vecino de la Antigua Ciudad de Veracruz, para que en su representación proceda a arrendar a don Joaquín Gómez, vecino de la Nueva Veracruz, arrendatario de los diezmos de dicha ciudad nueva y sus ramos, los de la doctrina de la Antigua, por los tiempos, precios, plazos y condiciones que ajustare.
Diego Cardeña, Escribano Público de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don José de Lucena, Clérigo Presbítero domiciliado de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y al Bachiller don Juan de Lucena, Diácono del citado obispado, para que comparezcan ante el Cabildo del Obispado de la Puebla de los Ángeles, y señores comisarios, donde hagan posturas para cualquier diezmo que este en remate, obligándolo como fiador a pagar la cantidad de dicho remate en las cantidades de pesos y plazos que convengan.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino y mercader de este pueblo de Jalapa, otorga poder al Licenciado don Juan de Lucena y al Licenciado José de Lucena, Presbíteros y vecinos del Obispado de la Puebla de los Ángeles, para que lo obliguen como fiador y principal pagador, en compañía de don Diego Cardeña, en las cantidades de pesos en que se rematen los diezmos del partido de Ixhuacán de los Reyes, pagándolos a la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.