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              366 Description archivistique résultats pour DIEZMOS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0281 · Pièce · 26/11/1731
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Herrera, Gobernador de los naturales de este pueblo, don Cristóbal Felipe, don Pedro Martín, Alcalde del Barrio de Santa María, don Pascual de la Cruz, don Diego de la Cruz, Regidor del Barrio de Jalapa, don Juan Antonio y don Juan Francisco, alcaldes pasados, fiadores y pagadores principales, dijeron que por los señores de la Real Audiencia de este Reino, se obligan a pagar a don Andrés Gutiérrez Calzadilla, 200 fanegas de maíz de buena calidad, de diezmo del maíz que siembran y recogen en tierras compradas y arrendadas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0253 · Pièce · 24/10/1733
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino y arrendatario de los diezmos de esta doctrina y de Coatepec, otorga poder a José de la Torre Estomba, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que se ocupe de todos los pleitos con personas o comunidades, y en especial para los que se puedan ofrecer en la administración de dichos diezmos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0302 · Pièce · 22/04/1734
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Diego Morales y Daza, residente en este pueblo, otorga poder especial al Capitán Miguel de Urriola, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que conteste por todas las instancias hasta concluir la demanda que Manuel Martínez de Ceballos, vecino de dicha ciudad, le ha puesto sobre los diezmos de una de las ovejas que dicho Diego mató, razón por la cual haga los pedimentos, ejecuciones, solturas y remates de bienes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0022 · Pièce · 1828/03/24
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernardo del Barrio, vecino de Tlaliscoyan [Tlalixcoyan], residente en esta villa, dijo que como apoderado sustituto del capitán don Antonio López de Santa Ana, que lo es del principal don Manuel Landeros; otorga por la presente en arrendamiento al presbítero don Andrés Rodríguez, de esta vecindad, la recolección de diezmos de las cordilleras de Veracruz, cuyos linderos son los siguientes: desde la punta chica del plan, río abajo buscando a la junta del de Actopan, de ésta río abajo buscando la apunta del de Actopan, de esta río abajo a la barra de Chachalacas, de allí a la orilla de la playa hasta la boca del río de la Antigua, que nombran Rincón del Aviso, de éste lindero río arriba a la boca del río Chico de la Antigua, y de allí río arriba al paso de San Juan y de éste por el higueral dirigiéndose al temazcal de éste lado, de dicho lindero al paso de la aguardentería, río arriba buscando al paso del potrero de rincón de Órgano, de allí a la cabeza de arriba Cruztetepo lindando con Chabacla, y de éste a la cumbre de la Boca del Monte del lado de arriba de la hacienda de don Francisco de Arrillaga y rancho de Coeto, de ésta lindero al lado de abajo de Tlacuamita, y de allí al volador de la junta de dicho lindero río abajo por el de Jalcomulco hasta donde entra el río de Tenezapa, cogiendo río arriba hasta Tlaquizmilolapa, de allí a la altura donde parte la raya de paso de Bartolo tomando a Tocochapa, de ésta a paso de Tiguerillo de allí a Misapa y por último a puente chico del Plan. Dicho arrendamiento se da con las condiciones siguientes: éste empieza a correr y contarse desde el día primero de abril del próximo año de 1829 y concluirá en igual día y mes de 1831. Durante el tiempo que perdure este arrendamiento, anualmente se entregará en reales de contado la cantidad de 1 460 pesos, que es la merced anual, y en caso de que haga "trastorno político" que impida la recolección de los diezmos, se anulará esta escritura y se le pasará a su arrendatario por la cuenta que manifiesta. Para poder exhibir la merced anual, deberá dar un fiador que caucione su pago, por lo que, en cumplimiento a esta última, nombró por su fiador a don Manuel de Cano y Valle, quien aceptó y se comprometió a cumplir puntualmente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0097 · Pièce · 1828/08/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, colector de diezmos de la cordillera de Xalapa, otorga arrendamiento en favor de don José María Morgado, los diezmos que se recauden (excepto el ramo de tabaco), que comprenden el pueblo de Teocelo, doctrina de Jicochimalco [Xicochimalco], terminando por éste con la barranca y río que lo divide por Ixhuacán con Nanacatlan y por Coatepec con el río ya citado hasta la junta; por el tiempo de tres años, que deberán contarse desde el día cinco del presente, y por precio de 280 pesos anuales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0154 · Pièce · 1830/11/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Escribano Señor don Victoriano Sánchez, Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso del Estado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la villa de Córdoba, otorga poder al Presbítero don José María Torres Carpintero, Colector de Ánimas de la ciudad de la Puebla, para que a nombre del señor otorgante parezca ante el gobernador de esa sagrada Mitra en sede vacante, ante el señor Juez Previsor y Vicario general, donde presente las cuentas de las colecciones de Diezmos pertenecientes a la Santa Iglesia Catedral, que están al cargo del señor otorgante en la expresada villa de Córdoba, pidiendo su aprobación.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0117 · Pièce · 1824/09/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga arrendamiento en favor de don Antonio Díaz Galván, vecino del pueblo de Xicochimalco, todos los diezmos que se recaudan y pertenecen a la doctrina y comprensión del citado pueblo y su anexo de Teocelo, con inclusión del Potrero de San Marcos menos el ingenio de la Laguna, que terminan por la de Ixhuacán por aquel rumbo; y por este con el término de la doctrina de Coatepec y con el río de las Puentes. Dicho arrendamiento por el término de tres años, a partir del pasado 5 de agosto por el precio de 500 pesos anuales, que deberá pagar al fin de cada uno de estos. Y para cuya seguridad debe dar dos fiadores y estando presentes aceptan y se constituyen don Felipe Ramos, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco y a don Juan Rodríguez Varela del pueblo de Teocelo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0076 · Pièce · 1833/06/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Andrés Rodríguez, de esta vecindad, dijo que habiendo tenido varias reuniones con don Dionisio Camacho, colector de diezmos en este distrito, a fin de saldar las cuentas que tiene pendientes con la Contaduría de Diezmos de Puebla, a resultas de la administración y arriendo de los diezmos de la Antigua en los años de 1827 y 1828, en la última concurrencia expuso Rodríguez que respecto a las 158 pesos, 4 reales que se le demandan del año 1827 sólo es deudor de 81 pesos, 4 reales, pues los 77 los entregó, cuyo recibo ha exhibido. Que, por lo tocante al año de arrendamiento, para evitar litigios se presta a una transacción racional. Y que últimamente habiendo entrado ambos en final conferencia, quedaron convenidos después de algunos debates en lo siguiente: Que don Andrés Rodríguez ha de pagar dos terceras partes de los 1 460 pesos y así mismo satisfacer los 81 pesos 4 reales resto de los 158 con 4 reales del año de 1827; y siendo el monto de dichas dos terceras partes 973 pesos 2 reales y 8 granos compone el todo de su deuda 1 054 pesos 6 reales 8 granos, mismos que pagará por mitad en dos plazos, los cuales se mencionan en el acta. Cuyos pagos garantiza con su rancho de ganado nombrado La Ternera, en tierras de don Francisco de Arrillaga o con la escritura de plazos que le otorguen los compradores, si verificase la venta que tiene contratada, debiendo cancelarse la escritura de arrendamiento de los años de 1828 y 1829, tan luego como quede firmado el presente documento de obligación. Y reduciendo a afecto el nominado don Andrés Rodríguez otorga y confiesa tener celebrada con don Dionisio Camacho la explicada transacción sobre los particulares referidos y que por ella se constituyó deudor en favor de la Masa General de Diezmos del obispado de la Puebla de la cantidad de 1 054 pesos, 6 reales y 8 granos. Y para mayor seguridad, sujeta a esta responsabilidad un rancho de ganado ubicado en terreno conocido con el nombre de la Ternera, en tierras de don Francisco de Arrillaga, de cuyo ganado no podrá disponer para otro objeto sino para satisfacer el presente compromiso.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0130 · Pièce · 03/06/1715
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Manuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0074 · Pièce · 24/05/1766
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Munguía, don Juan José de Acosta, don José de Guevara, don Antonio de Acosta, don Francisco Pérez, don Miguel Pérez, don Francisco de Aguilar y don Manuel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, dijeron que por rematarse en arrendamiento los diezmos del ramo de Naolinco por la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Los Ángeles, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez, vecino de Naolinco y arrendatario actual de dichos diezmos, para que los obligue como sus fiadores de la cantidad de las posturas, pujas y mejoras que hará para obtener nuevamente el arrendamiento de dichos diezmos.