El Capitán Manuel Martín, vecino del pueblo de Jalacingo, otorga poder especial a José Manuel de Meneses, vecino de la Ciudad de la Puebla para que en su nombre pueda parecer ante los señores jueces de diezmos de la catedral de esa ciudad y ponga los diezmos de la doctrina de Jalacingo que se pregonaron en él por la cantidad que el capitán previniere, así para que pueda hacer las pujas y dar los fiadores que en una carta le nombre, con las calidades y condiciones que en ella se exprese.
DIEZMOS
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Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, debe y se obliga pagar a la Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles y señores comisarios de su cofre de masa general 10, 350 pesos, cantidad en que se remataron los diezmos caseros y de naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula, Misantla y Actopan, los cuales administrara por 5 años, obligándose a formar las declaraciones a los diezmatarios en los cuadernos que para ellos se le dieren en la contaduría de diezmos devolviéndolos a ellos anualmente, nombrando como fiadores a don Félix José de los Reyes, don Domingo Pérez, don Bartolomé Zurita, don Manuel de Acosta, don Francisco de Aguilar y otros vecinos del pueblo de Naolinco.
Marcos de Acosta, dueño de recua y hacienda de ganado mayor en esta jurisdicción, otorga poder especial a Fernando Antonio de Ortega, vecino de Puebla, para que en su representación, haga las posturas que quisiere, pero que no excedan de 500 pesos anuales, a los diezmos del Curato de Naolinco, Tlacolula y Misantla, en los cuales los obligue por la cantidad en se importasen, otorgando para ello escrituras, con las fianzas y circunstancias que se le pidan.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de este pueblo, para que lo obligue como su fiador, en la postura que haga de los diezmos caseros de esta doctrina y la de Coatepec, los cuales se remataran en la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, y en caso de resultar favorecido en dicho remate, lo obligue como fiador o principal pagador, sólo en compañía de otros fiadores.
Doña Josefa de Arellano y de Irala, como administradora de las haciendas de su marido Don Sebastián de la Higuera Matamoros, dio su poder cumplido a Don Jerónimo Escalante [Guevara], vecino de la ciudad de Los Angeles, para que la pueda obligar a la paga de los diezmos que pareciere deber este ingenio, y haga las posturas y pujas que le pareciere.
Miguel de Troya, vecino de Coatepec, como principal deudor, y Don Antonio de Orduña Loyando residente en este ingenio, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de Los Angeles, 635 pesos de oro común, por razón de otros tantos en que se remató al dicho principal, el Diezmo de Maíz, semillas, potros y otras casas de la cordillera de Jalapa, correspondientes al año de 1647, para el día de Navidad que viene del presente año.
Doña Josefa de Arellano y de Irala, y su hijo, Don Francisco de la Higuera Matamoros, vecinos de este ingenio, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, 2,418 pesos 7 tomines y 10 granos de oro común que montaron los rezagos de los diezmos desde 1656 hasta 1662, donde se incluyen las mieles y 689 panes de azúcar, regulados a once libras cada uno, para dentro de un año, a partir del 27 de julio del presente año.
El Capitán don Juan Antonio de Arce y Arroyo y el Alférez don Laureano Fernández de Ulloa, vecinos de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Diego Cardeña, Escribano Público de este juzgado, para que los obligue como fiadores en la postura a favor de los diezmos de los curatos de Tlacolula, Naolinco y Misantla, los cuales se rematarán y pagarán a la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, en las cantidades de pesos y plazos que se fijen.
Don Antonio Martín de Vélez, debe y se obliga pagar a don Antonio Berdeja, Clérigo Presbítero domiciliado del obispado de Puebla y residente en la Ciudad de la Nueva Veracruz, o a su fiador don Manuel Malpica, vecino de este pueblo de Jalapa, la cantidad de 600 pesos, del arrendamiento de los diezmos caseros de los curatos de la Ciudad de la Antigua Veracruz y demás doctrinas que se incluyen.
Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de este pueblo de Naolinco, arrendatario de los diezmos de esta doctrina, Tlacolulan y Misantla, otorga poder especial a don Manuel Romero, para que cobre, perciba y recaude de cualquier persona, los diezmos anuales caseros.