El Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de dos haciendas del beneficio de hacer azúcar, la primera nombrada San Francisco de Paula y la segunda Nuestra Señora de Guadalupe, que posee en la jurisdicción de esta villa, otorga que vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa, Alguacil Mayor en ella, 250 pesos de censo que impone y carga a censo redimible sobre todos sus bienes, derechos y acciones, especialmente sobre las dos haciendas. Declara que la hacienda San Francisco de Paula está grabada en cantidad de 6 807 pesos de principal, los 900 de ellos a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México, 1 451 pesos a favor de doña María del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles y 4 456 pesos a favor del Bachiller José López del Castrillo, Clérigo Diácono, vecino de dicha ciudad, cuyas cantidades están impuestas a censo principal redimible. Por su parte la hacienda Nuestra Señora de Guadalupe no tiene gravamen sobre sí, solamente el arrendamiento que se paga a esta villa por estar fundada en tierras que pertenecen a ella. Finalmente, declara que dichos 250 pesos de los corridos del presente censo los pagará al alguacil mayor o a quien en su poder hubiere y por precio y cantidad de 5 000 que dicho alguacil le ha suplido y prestado en reales de contado.
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Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, en nombre del Capitán José Antonio Moreno, vecino del pueblo de Orizaba, hizo manifestación para efecto de que se registre copia de una escritura de censo, de cantidad de 7 000 pesos otorgada por el Licenciado don Pablo de Sandoval y Zapata, Clérigo Diácono de este obispado y Familiar de Honor del Ilustrísimo Señor Arzobispo, en nombre y en virtud de poder de doña Bernarda Antonia de Riascos, viuda de don Francisco Mazuelos, Alguacil Mayor que fue del Santo Tribunal de la Inquisición, y asimismo, en nombre de dicho Capitán de Caballos Corazas don José Antonio Moreno y de doña Josefa Mazuelos su mujer, vecinos del pueblo de Orizaba, en cuya virtud dicho Licenciado don Pablo obligó a los nominados sus partes en la referida cantidad de 7 000 pesos en favor: los 1 500 de ellos de la capellanía que fundó Isabel Bejarano; 1 500 pesos a la que fundó Inés Barbas; 1 000 a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio; y los 3 000 restantes a la capellanía que fundó el Licenciado don Bartolomé Priego; de cuya cantidad se obligó a pagar en tiempo de tres años. Y en nombre de sus partes hipotecó un trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de Paula, alias la Peñuela, que posee el citado Moreno; asimismo, hipotecó dos casas pertenecientes a la citada Bernarda, dichas casas también están afectas a otros principales.
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