Melchor del Moral, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco de Morales y Reynoso y a su mujer, Juana Pascuala, vecinos de este pueblo, 100 pesos de oro común, por razón de una demanda que le tenían interpuesta, tres meses después de la fecha de esta escritura.
DEMANDAS
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Francisca Díaz, viuda, como una de las herederas de Ana Díaz, su madre, quien dejó entre otros bienes la Venta de la Hoya, dio su poder cumplido a Miguel de Troya, mercader, vecino de Jalapa, para que de conformidad con los autos de una demanda puesta por Antonio Luis a su hermano Luis Hernández, haga los pedimientos, requerimientos, alegatos necesarios, hasta conseguir la cobranza de la herencia que le corresponde de su madre.
Por una parte comparecieron los hijos y herederos de Francisco Fernández de Castañeda y de la otra Pedro Miguel Martínez y su esposa Rosa Laureana de Castro, viuda de dicho Fernández y madre de los antes mencionados. Dicha Rosa fue demandada por sus hijos, solicitando averiguación sobre bienes paternos, que el difunto podía haberles dejado, pero viendo los herederos la injusta demanda, le pidieron perdón a su madre, en vista de lo cual dicha Rosa con el permiso de su esposo les ha remitido las costas que en dictamen se les mandan satisfacer. En cuya razón, ambas partes han resuelto dar por cancelado el asunto, hacer por firme la presente escritura no reclamando alguna otra cosa y para cumplir lo antes señalado se imponen pena de 1, 000 pesos de oro común, aplicados por mitad a la Cámara de Su Majestad y parte obediente.
El Capitán don Juan Antonio de Zavalza, vecino del pueblo de Jalapa, Ministro y Hermano Mayor de la Orden Tercera de Penitencia del padre San Francisco, en voz propia y de los demás integrantes de dicha orden, otorga poder especial al Capitán don Francisco Méndez de Quiñones, vecino de la Ciudad de Puebla, para que prosiga las instancias de los autos en contra de don Francisco de Tabernilla Escajadillo, vecino de España, quien interpuso demanda a la citada orden, por resultar esta última beneficiada con el nombramiento de albaceas y herederos de la difunta doña Antonia Javiera de la Fuente.
Doña María Nicasia Meléndez, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Ignacio de Zárate, debe y se obliga pagar a don Diego Cardeña, Escribano Público de este pueblo, el dinero que le ha prestado para seguir la demanda contra don Manuel García Cosío por fraudes en el testamento de su difunto esposo.
María Antonia Josefa Gómez, vecina de este pueblo de Jalapa, mujer de José Laureano Barradas, única heredera de la difunta doña Micaela Jerónima Gómez, quien fue mujer de don Juan de Atenas, dijo que sobre la herencia de su madre suscitó pleito entre su marido con el citado don Juan de Atenas, en el que ha gastado algunos reales, por tal razón, otorga poder especial a su marido para que en su representación, proceda a tranzar con don Juan de Atenas el citado litigio, confesando tener recibidos por toda la herencia de capital y ganancias 2, 080 pesos, incluidos 300 que la otorgante dejó por vía de legado a la hija de Gertrudis, y 450 pesos más que le ha ofrecido don Juan de Atenas por obrar obviar el litigio, obligándole a no entablar nueva demanda.
Juan Martín Blanco y Catarina García, su legítima mujer, vecinos de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Gregorio de Meza y Ascanio, vecino de esta jurisdicción, para que en su representación prosiga y acabe una demanda que Antonio Cayetano y José Teodoro García, hermanos de la citada Catarina García, han interpuesto, demandando bienes del difunto Diego García.
Don Juan de Quiñones, apoderado de María Montañés de la Cueva, junto con don Tomás Borro, informa que la citada María tiene una demanda contra los bienes que le dejó su padre por la cantidad de 1, 500 pesos, por lo que el Licenciado Silvestre Rivera, Abogado de la Real Audiencia, declaró que se le pague dicha cantidad, por lo que la citada María otorgó fianza correspondiente conforme a la ley de Toledo, nombrando como fiadores a los declarantes, quienes se obligan a pagar y dar cumplimiento a la presente escritura.
Pedro de Quiroz, por una parte y Juana Severina de Quiroz y José de los Santos Martín, su marido, dijeron que por muerte de Alonso de Quiroz, abuelo de esta última, recayó en la susodicha la mitad de las tierras que en concurso de otros herederos se hizo, y sobre la demanda que habían interpuesto contra el primero, han convenido que Pedro de Quiroz le dé a Juana Severina 4 caballerías de tierra ubicadas en Zonquantla, que linda al oriente con tierras desde la toma de la tarjea del alguacil que va al ingenio de Pacho, al poniente terminan con el río nombrado Nacaestapalate, al norte con el Camino Real que va de este pueblo al de Coatepec y al sur con tierras de Xolostla, con lo que se dan por contentos de la parte que les tocaba.
Don Diego de Castro y Gamboa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio de Olivares, vecino de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre lo defienda ante los señores comisarios del cofre y Masa General de la Catedral de esa ciudad, en lo relativo a la demanda que le ha sido puesta por débito de José de Castro, su padre difunto, del resto de los diezmos que fueron a su cargo del curato de Ixhuacán de los Reyes.