DEMANDAS

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              2 Archivistische beschrijving results for DEMANDAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0076 · Stuk · 1838/09/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Anastasio Arizmendi, de esta vecindad, apoderado de don José María y don José Manuel Bello García, hijos y herederos de la finada doña María Antonia García Cano, vecina que fue del pueblo de Teziutlán, dijo que a consecuencia de denuncia que se hizo al administrador de la aduana de esta ciudad, demandando como fiscal de la Hacienda Pública la cantidad de 198 pesos por las ventas clandestinas que en 5 de octubre de 1826 hizo don Juan Bautista de Garaicoechea a don Pedro Gómez, de la casa situada en el barrio de los Berros, y de Inés Gómez a doña María Antonia García Cano el 2 de abril de 1832, por lo que se formó expediente en el Juzgado de Hacienda. Y siendo preciso satisfacer los expresados derechos, ha determinado vender la finca ya deteriorada para que no acabe enteramente de arruinarse. Por lo cual, otorga que vende en nombre de los expresados señores Bello, a favor de don Manuel Ruiz, de esta vecindad, una casa deteriorada de cal y canto, cubierta de madera y teja con el solar de su fondo, la cual, hace frente al norte, por donde tiene 16 varas, lindando con una plazoleta con que termina la calle que baja de la de San Miguel para el paseo de los Berros y atraviesa la que hace el puente del Obispo para el barrio de Cantarranas; por el fondo, al sur, tiene 33 varas y linda con tierras de la cofradía de la Purísima de esta parroquia; y por oriente con la callejuela que va para los Berros y del otro lado con casa de María Antonia Cigala; y por el poniente con casa que fabricó con José María Torres y hoy es de la testamentaria de don Juan Bautista de Garaicoechea. La vende en precio de 300 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0109 · Stuk · 1830/09/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Víctor Pérez y don Francisco Badillo, de esta vecindad, dijeron que don José Miguel Mirón, vecino que fue en la población de San Miguel del Soldado de este cantón, tuvo comercios y contratos de muladas y caballada con el Coronel don Diego Rul, hacendado en tierra adentro y que habiendo fallecido ambos, libró poder la viuda del último doña María Ignacia Obregón de Rul al nominado Badillo para que a la de Mirón doña María Dolores Domínguez se le cobrase lo que el difunto marido de ésta había quedado debiendo. Que no habiendo podido Badillo por entonces entrar en contestaciones con la Domínguez se valió de don Bernardo Sayago, sustituyéndole el poder. Y después de que en la liquidación que se hizo resultaron contra la testamentaría de Mirón 2 799 pesos, verificó una quita de los 799, quedando reducida la deuda a 2 000, más hallándose a la vez la Domínguez sin numerarios se obligó a pagar esa cantidad en el plazo de cuatro meses por escritura otorgada el 21 de julio de 1829, con hipoteca de una casa propia de la testamentaría de su marido, ubicada en el pueblo de San Miguel del Soldado; y que habiéndose pasado el plazo sin que la Domínguez hubiese podido satisfacer, entabló Badillo por medio del apoderado sustituto su demanda ejecutiva. Y se siguieron trámites, uno de ellos haberse nombrado al referido don José María Víctor Pérez para representante de doña María Dolores Domínguez y siendo el resultado de todo haberse rematado la enunciada casa a don Antonio Herrera por 2 568 pesos 4 reales y 3 granos, cuya cantidad está exhibida y está mandado se le otorgue el correspondiente título. Por lo que, poniéndolo a efecto, los relacionados don José María Víctor Pérez en representación de la testamentaría de don José Miguel Mirón y don Francisco Badillo como apoderado legítimo de la albacea del Coronel don Diego Rul, otorga que aprueban las actuaciones pactadas en los autos referidos y de consiguiente el remate que en 21 de agosto último se celebró en favor de don Antonio Herrera por la expresada cantidad de 2 568 pesos 4 reales 3 granos, mismos que le tiene entregados a Badillo, quien los ha recibido a su entera satisfacción; advirtiendo el mismo Badillo que quedando en su poder los 2 000 pesos de la demanda sobre que giraron los referidos autos, ha entregado en este oficio público los 568 pesos 4 reales y 3 granos restantes. Y en razón de estar enteramente cubierto del crédito que persiguió contra la casa rematada, declara a ésta absolutamente libre de esa hipoteca.

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