Mauricio Gil de Araujo, vecino de Veracruz y residente en este pueblo, otorga poder especial a Francisco de Thormes, para que demande y reciba de Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecino de Naolinco, la cantidad de 200 pesos, mismos que por vale le está debiendo, y de lo que reciba, entregue carta de pago.
DEMANDAS
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María de Acosta, mujer legítima de Alonso Díaz de la Vega, José de Acosta y Josefa Lagunes, su mujer, dijeron que la primera había prestado 100 pesos en reales a los 2 últimos, como constará en la demanda puesta por ella, y considerando la deuda de los pleitos, costos y gastos que cada uno procura, han convenido y concertado estar contentos, pagados y satisfechos los unos a los otros por los 100 pesos de principal que Gaspar Lagunes llevó de capital al segundo matrimonio con María de Acosta por pertenecer a Josefa Lagunes, como hija y heredera de su padre, en cuya razón los unos y otros dan por nulos los autos hechos en virtud de dicha demanda.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, don Felipe de Acosta, don Mariano Nicolás Domínguez Muñiz, don Antonio Carrasco y demás vecinos de razón del pueblo de Naolinco que se mencionan en esta escritura, en representación del vecindario, otorgan poder general a don Antonio García Campomanes y a don José Antonio de Acosta, vecinos de dicho pueblo, para que parezcan en todas sus causas y demandas, especialmente contra el Gobierno común y naturales de este pueblo, en razón de los esquilmos que pretenden les paguen los vecinos de razón por las tierras que poseen.
Don Sebastián Camacho, de esta vecindad, dijo que Domingo Martínez ha formalizado acusación en el Tribunal Superior de Justicia de este Estado contra el Alcalde de Naolinco, don José María Domínguez, por infracción de ley, por lo cual, el señor ministro superior ha decretado afiance de calumnia el nominado Martínez hasta en cantidad de 100 pesos a satisfacción del juzgado primero y de cantón de esta ciudad. Por lo cual, otorga que fía al ciudadano Domingo Martínez, en tal manera que probará la acusación indicada, como también, que no la ha hecho por odio, venganza o interés, ni con el fin de vejar al acusado y en el evento de no probarlo así el referido Martínez pagará las penas de la falsa querella.
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