Juan Rodríguez y [Martín] de Eguiguren, dijeron que por cuanto el señor don Rodrigo de Vivero les era deudor de 10 583 de oro común, declararon que habían recibido en cuenta y parte de pago, 8 565 pesos de oro común de manos de Gaspar de Quintana, persona que ha tenido en administración los azúcares. Además, el dicho señor don Rodrigo de Vivero les dio una libranza de 1 000 pesos de oro común, firmada de su nombre para que el dicho Gaspar de Quintana, les dé y pague para el día de navidad de este presente año y otra de 1 017 pesos 6 reales, para el susodicho día de navidad del año que viene.
Declaraciones
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Catalina Rodríguez, viuda, mujer que fue de Martín Buchan, hace declaración de los bienes que quedaron por muerte de su marido. Menciona que, como producto de su matrimonio tuvieron cuatro hijos, dos varones y una hembra llamados: Francisco Cristóbal, Martin Buchan, Juana de Jesús y [Catalina de la Feria].
Simón, indio natural del pueblo de Totutla, dijo que por cuanto Gaspar de Rivadeneira, vecino y Regidor de la ciudad de México, pidió y sacó un mandamiento acordado para un sitio de estancia de ganado menor, el cual señaló junto a la peña de Zacatepec, y por haber el susodicho hecho las diligencias necesarias, que fue cantidad de pesos de oro lo que pagó al juez, escribano e intérprete y otros gastos, declara que el dicho sitio es y pertenece al dicho Gaspar de Rivadeneira.
Domingo Hernández, vecino de Tecamachalco, dijo que le falta una mula que tira a pelícana, mediana de cuerpo y con un hierro en el pescuezo, la cual faltó del pueblo de Tecamachalco desde hace 10 meses, hallándose al presente con Antonio Sosa, vecino del pueblo de Cuzcatlán, y para poder dar probanza de su propiedad, solicita se le tome la declaración de los testigos y se le otorgue carta de adjudicación en forma.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad en este partido, pereció Juan López de Velasco, Teniente de Alguacil Mayor, quien manifestó una mula de color mojina de los hierros del margen, la que dijo está perdida desde hace días y sin dueño, por lo cual el Corregidor le ordenó la tenga en guarda y depósito hasta tanto que aparezca su dueño.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.
La señora doña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda y albacea de don Carlos Díaz y Herrero, vecina de esta ciudad, dijo que su hija doña Josefa Ramona Díaz de Oronoz ha dado en arrendamiento a doña María Francisca Peredo la hacienda y molino de San Roque conocido con el sobrenombre de Pedreguera, en la cual se relaciona como propietaria de dicho fundo la misma doña Josefa Ramona, pero que no siendo así, pues pertenece a los bienes de la testamentaría del finado consorte de la comparente, teniendo solo en arrendamiento la nominada su hija con facultad de poder subarrendar y por eso lo ha verificado. Y para evitar diferencias, declara la otorgante que la repetida hija tiene facultad para hacerle a la señora Peredo el indicado arriendo, el cual aprueba y ratifica la relacionada en los mismos términos que lo ha contratado la señora Díaz de Oronoz, expresando únicamente que se tenga entendido que en cuanto al carácter de propietaria con que suena en ese documento la doña Josefa Ramona no es sino el de arrendataria principal.
Arriaga, Juan Nepomuceno deEl Capitán Don Juan Antonio Cano Moctezuma, Alcalde Mayor de Jalapa, habiendo visto la memoria otorgada por el Lic. Bartolomé de la Cueva Arnalte, presbítero, vecino que fue de Naolinco, hecha el 8 de agosto de 1657 por ante testigos, y la información hecha para su comprobación, la declaró por testamento y última voluntad del finado.
Cano Moctezuma, Juan AntonioEl Capitán Don Sebastián de Mora y Medrano, Lugarteniente de Justicia de Jalapa, habiendo visto la memoria presentada en estos autos que otorgó Doña Isabel de los Reyes, ante los testigos que en ella se refieren, y hecha la información para su comprobación con los testigos instrumentales, la declaró por testamento y última voluntad de Doña Isabel de los Reyes.
Neira Claver, Alonso deJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, uno de los albaceas testamentarios de José Gómez Dávila, su difunto hermano, dijo que usando de dicho cargo, ha pagado lo que dicho difunto quedó a deber, así como, ha recaudado y cobrado las cantidades que le debían al susodicho, una de ellas fue la cantidad de 938 pesos que le pagó Juan de los Santos Cubillos, albacea testamentario del Regidor don Miguel de Leiva, difunto, y apoderado de doña Agustina Dávila Barrientos, viuda de dicho regidor, que lo fue de don Nicolás de Olivera, difunto, deudo de Juan García de Miranda y su albacea, cuyas dependencias y albaceazgos recayeron en dicho Regidor Miguel de Leiva y actualmente en Juan de los Santos Cubillos y doña Agustina Dávila, quienes han proseguido a la paga de las dependencias que tuvieron dichos difuntos. Y para que no haya ninguna duda de las dichas dependencias, Juan Gómez Dávila declara que tiene recibidos los dichos 938 pesos y concedida carta de pago a Juan de los Santos Cubillos, en esta villa a los 29 de abril de 1703, por el pago de ajuste de cuentas que tuvieron Nicolás de Olivera y José Gómez Dávila, su hermano, albacea que fue del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, difunto, a quién Juan García de Miranda pagó diferentes cantidades por cuenta y parte del pago de la compra que le hizo de un trapiche de hacer azúcar nombrado San Pedro Mártir, como consta la escritura de venta y obligación que le otorgó en esta villa el 8 de septiembre de 1696; quedan así de dicha venta, como de otras dependencias que tuvieron los unos y los otros, debiendo el dicho don Nicolás de Olivera a los bienes de José Gómez Dávila cantidad líquida de que tiene dada la carta de pago que va referida, quedando cancelada la escritura de obligación que tiene hecha Juan García de Miranda.
Jiménez, Juan