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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0027 · Item · 1711/02/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, residente en esta villa, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Agustín Ystapa [Ixtapa], como patrón de la obra pía para casar huérfanas fundada por el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, difunto; dijo que el 29 de agosto de 1680 el Regidor don José de Leiva, difunto, en la ciudad de los Ángeles otorgó escritura de reconocimiento de censo de 1 000 pesos a favor de dicha obra pía, quien los recibió del Bachiller don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, Presbítero, Cura Beneficiado del pueblo y partido de Tlacotepeq [Tlacotepec], patrón que fue de la citada obra pía, de que otorgó escritura a favor a los 24 de septiembre de 1691. Dijo también que don José de Leiva redimió dicho censo que tenía cargado sobre su hacienda, nombrada San Juan Bautista, y los entregó al Regidor don José Gómez Dávila y María de Leiva Esparragosa, su legítima mujer, como parece en la escritura citada, y dicho Gómez Dávila los cargó sobre su hacienda nombrada Señor San José. Y ahora el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa, albacea y uno de los herederos de del Regidor don José de Leiva, su difunto padre, le ha pedido al otorgante que en atención a las muchas ocupaciones que tuvo su padre y por no haber cancelado dicha escritura por parte legítima, le otorgue cancelación y redención de dicho censo como patrón actual de dicha obra pía, y poniéndolo en efecto, otorga haber recibido del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, los dichos 1 000 pesos, dando por rota, nula y cancelada la escritura de imposición de censo, por estar actualmente cargado su principal sobre el trapiche del Secretario Juan de Espinosa, que antes fue del Regidor José Gómez Dávila.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0033 · Item · 1714/03/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de haciendas de las San Juan Bautista y Nuestra Señora de los Dolores del Ojo de Agua en esta jurisdicción, dijo que el 21 de febrero de 1681 en el pueblo de Tamalcalco, provincia de Tepeaca, el Señor José de Leiva, su padre, como apoderado de doña Catalina de Esparragosa, su difunta madre, otorgó escritura de imposición de censo de 500 pesos de principal que recibió del Licenciado don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, patrón de la obra pía que mandó fundar de sus bienes el Licenciado don Juan Francisco Álvarez de Ricardo, difunto, Cura Beneficiado que fue del pueblo Tlacotepeque. Asimismo, dijo que su padre cargó dicha cantidad sobre el trapiche de San Juan Bautista, que posee el otorgante, y sobre las casas que fueron de su morada, que ahora por fallecimiento de sus padres están proindivisas, por ello se obligó a pagar 25 pesos de rédito anuales. Y debido que al presente se le ha notificado un auto proveído por el Doctor don Diego de Perea, Prebendado de la iglesia catedral de Puebla de los Ángeles, Juez de sus causas decimales y de testamentos, capellanías y obras pías, en el que se le demanda haga reconocimiento de mencionado censo como tal heredero y poseedor del trapiche; por la presente, otorga que reconoce por dueño de los 500 pesos a la citada obra pía y en su nombre al Bachiller don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, cantidad que pagará con sus réditos a los tiempos que se refiere dicha escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0034 · Item · 1714/03/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar nombradas Señor de San Juan Bautista y Nuestra Señora de los Dolores en el Ojo de Agua, en esta jurisdicción, se obliga de dar y pagar al Bachiller don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Agustín de Estapa [Ixtapa], administrador general para las cobranzas de la obra pía que mandó fundar don Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero difunto, a saber 350 pesos de oro común en reales; cantidad que importan los réditos que han corrido de 500 pesos de principal que están sobre la hacienda nombrada San Juan Bautista y unas casas en esta villa a favor de dicha obra pía, mismos que pagará con las costas de su cobranza, que no ha pagado por estar enfermo y por atrasos que ha tenido en la hacienda, por lo que se obliga a pasar a la otra hacienda nombrada Nuestra Señora de los Dolores, de donde espera conseguir pagar este débito, a lo cual obliga su persona y bienes habidos y por haber.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0085 · Item · 1699/09/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto su hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista se halla gravada con un censo a favor de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado don Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], difunto, cura que fue del partido de Santa Cruz Tlacotepeque, y para que haya persona que por el otorgante cancele esta escritura de imposición, otorga poder al Capitán Joseph de Leyva [José de Leiva] Esparragosa, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia eclesiástica y secular y pida se le reciban las cantidades de pesos por razón del censo o censos cargados e impuestos sobre dicho trapiche a favor de cualquier obra pía, convento o comunidad, quedando libre de todo gravamen su hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0062 · Item · 1710/07/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista en esta jurisdicción, se obliga a pagar al Doctor don Francisco Salvador Gómez y Espinosa, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Orizaba, 1 060 pesos de oro común en reales, cuya cantidad liquidará el día 31 de mayo de 1711.

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