El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera Morales, doña Manuela Antonia de la Pedreguera, don Miguel de Arieta como curador de las herederas menores doña Catarina, doña Francisca, doña Agustina y doña María Micaela, y don José Simón de la Portilla Cabello, Teniente de Milicias Provinciales de las Tres Villas, en representación del ausente don Manuel de la Pedreguera, todos herederos del difunto Coronel don José Antonio de la Pedreguera adjudican, ceden y traspasan a su legítima hermana doña María Guadalupe de la Pedreguera, mujer de dicho don José Simón, una casa grande de 28 y 2 tercios varas de frente que la hace al sur con la Plaza Mayor, por el oriente linda con la Calle de Belén, por el norte con casa que fue de los herederos de don José Camino y Velasco, y al poniente con la iglesia parroquial y con la Capilla del Rosario. La venden en 17 000 pesos, 2 900 pertenecientes al Convento de San Francisco de esta Villa con obligación de réditos, 3 000 del vecindario de este pueblo con obligación de réditos y los restantes 11 100 pesos los tiene ya abonados el albacea de dicho difunto a la testamentaria para la división del caudal resultante entre los herederos.
CONVENTOS
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Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, viuda albacea de su primer marido don Mariano Ladrón de Guevara, y única heredera de su hija, doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa, quien falleció sin sucesión y abintestato, dejando viudo al alférez de navío don Antonio Fernández de Landa, que se haya en España; dijo que conforme a la voluntad de su difunto marido y del remanente del quinto de sus bienes, establece y funda una obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de los religiosos del convento de San Francisco, para que con sus premios de un 5 por ciento celebren una misa anual a beneficio de su alma. Y como única heredera de su hija, establece y funda otra obra pía con el principal de 1 500 pesos, en favor de los mismos religiosos del citado convento, para que con sus premios de un 5 por ciento, se celebre en aquella iglesia otra misa anual para el alma de su hija. Teniendo como tiene fincas valiosas, capaces de reportar ambos capitales, por lo que se da por recibido el monto de ambas fundaciones que es de 2 500 pesos y se obliga a tener esta suma en su poder por vía de depósito irregular por el término de nueve años, a partir del 26 del corriente mes; y del segundo desde el 18 de agosto de año pasado, cubriendo en cada uno de ellos, el premio de un 5 por ciento. Y a favor de las referidas obras pías, hipoteca una casa de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, haciendo esquina a las calles de Belén y la Nueva, su frente principal al poniente y del otro lado casa alta de los herederos de doña Juana Robledano; por su fondo, al oriente, linda con el costado de casa del presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate; por el costado del sur con casa de los herederos de don Francisco Javier Gorospe; y por el del norte hace el otro frente a la calle Nueva y casa de los herederos de don Manuel Rincón.
Zonder titelDoña María Luisa de Castro y de Guevara, hija legítima de don Bernardo de Castro y de doña Clara Romero de Acosta, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se fabrique una bóveda en el camposanto general, para depositar en ella su cadáver y los restos que existan de su hija doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa, quien fue sepultada en el camposanto antiguo y se halla en una bóveda por donde está la pared gruesa, siendo su voluntad que en la bóveda que ahora se debe construir en el actual camposanto no haya de colocarse en lo sucesivo cadáver alguno, pues solo deben quedar depositados en ella el de la otorgante y el de su hija, cuya exhumación y traslado se llevará a cabo después de que fallezca la otorgante. Declara fue casada con don Mariano Ladrón de Guevara, de cuyo matrimonio solo quedó viva una niña nombrada María Dolores, quien murió después que su padre. Declara estar casada actualmente con don Antonio Mancilla, no teniendo sucesión alguna. Declara que ningún bien ha traído a su poder el expresado Mancilla, ni tiene acción alguna a los de ella por ningún respecto. Declara por bienes tres casas ubicadas en esta ciudad, una en la calle Nueva, otra en la calle de Belén y otra en el callejón de Gorospe. Ordena que la casa de la calle de Belén quede consignada para que, con sus rendimientos, se celebre anualmente en el convento de San Francisco, de esta ciudad, unas honras por el alma de su hija, otras por el alma de su difunto esposo y se inviertan en alfombras para dicho templo. Ordena se consigne la casa del callejón de Gorospe a Nuestra Señora de Dolores de la parroquia. Ordena se consigne la casa de la calle Nueva a su sobrino, el Presbítero don Juan Francisco Cabañas, para que disponga de ella como suya propia. Ordena que, a Tranquilina García, huérfana de ocho años de edad, a quien tiene en su casa, se haga cargo de ella su sobrino Presbítero don Juan Francisco, llevándosela consigo, y para su asistencia y educación, se tomen de los alquileres de la casa de la calle de Belén 10 pesos mensuales, los cuales consigna a Tranquilina por vía de pensión durante su pubertad. Ordena se distribuya entre sus sobrinas la plata que existe en la Habana de la pertenencia de la testadora. Nombra albacea a su sobrino el Presbítero don Juan Francisco.
Zonder titelDoña Rafaela Josefa Salvo, mujer y conjunta persona de don Ignacio [de] Urrea de quien tiene licencia para efectuar esta escritura, otorga que vende a don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, una casa de cal y piedra de edifico alto y bajo, que se ubica haciendo esquina con la Plaza Principal y Callejón de Flores, hace frente con la Calle de Belén con 17 y media varas, al otro lado casa esquina de doña María Guadalupe de la Pedreguera, al fondo que es el oriente con casa de don Francisco Rica por donde tiene 92 varas, linda también con fincas de doña María Ignacia de Alba al norte, y con casa de don Manuel Allen y al sur con Callejón de Flores. La vende con tres empeños, 3 000 pesos a la capellanía que mandó fundar el abuelo de la otorgante, 500 pesos que situaron los albaceas de su abuelo y pertenecen al convento de San Francisco; 1 000 que la compareciente impuso sobre la misma casa. La venta la hace en 18 500 pesos, 6 500 importe de los tres capitales mencionados y los 12 000 restantes se los ha entregado a su satisfacción.
Doña Rafaela Josefa Salvo, de estado doncella mayor de 25 años, ha recibido del Comandante de las filas de Veracruz, don Juan Manuel Bonilla, la cantidad de 2 000 pesos, cuya cantidad se obliga a tener en depósito irregular por espacio de 5 años y a reconocer en cada uno de ellos el moderado y acostumbrado premio de 100 pesos en cada año, como seguro hipoteca una casa que hace esquina en la Plaza Mayor y otra que esta reedificando que hace frente con la calle de Belén, en esta villa de Xalapa, cuyas dos fincas reportan sobre sí a réditos 3 500 pesos, los 3 000 a favor de la Santa Escuela y los 500 restantes a favor del Convento de San Francisco de esta villa.\t
Don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad exhibió un poder otorgado en la ciudad de Puebla a 3 de septiembre de 1836, ante el escribano don Juan Pedro Necoechea, por doña María Josefa de Herrasti y Alba como albacea testamentaria de su esposo don Carlos Díaz de la Serna y Herrero. Poder que usa para vender a don Bernardo Sayago y don Santiago Condon el rancho y molino de San Roque con su edificios, oficinas, tierras, aguas, pastos, y cuanto de hecho y de derecho le pertenece, por precio de 11 000 pesos, de los cuales le han entregado a dicha señora 4 400 pesos, y los 6 600 pesos restantes se le seguirán reconociendo sobre la finca, con gravamen que ello reporta con rédito de un 5 por ciento anual, a favor de los interesados siguientes: a la capellanía que fundó doña Ana Estudillo 600 pesos, a la que fundó el bachiller don Juan Palafox y Mayorga 2 000 pesos, a la que fundó don Rodrigo Fernández de la Calleja 1 000 pesos, a la que fundó doña María de la O Muñoz 1 000 pesos, a la que fundó el ilustrísimo señor don Alonso de la Mota 1 000 pesos, y a la obra pía de la imagen del Carmen que se venera en el convento de San Francisco en esta ciudad 1 000 pesos, siendo los 5 primeros capitales, los mismos gravámenes con que el nominado Díaz de la Serna hubo dicha finca cuando se la vendió don Juan Esteban de Elías como albacea de don Fernando Gómez Muñoz, como consta de escritura de 19 de diciembre de 1803; y el capital último de 1 000 pesos es resto de 1 500 pesos que al tiempo de la compra hecha por Díaz de la Serna quedó reconociendo éste a favor del vendedor Elías, cantidad que tiene pagada por cancelaciones. Los compradores aceptaron las condiciones mencionadas en la presente escritura, y se obligan a continuar reconociendo los réditos de los capitales antes mencionados.
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