El Licenciado don José Jacinto de Bolaños, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, uno de los albaceas testamentario del Licenciado don Diego Calderón Velarde, Cura que fue de esta villa, exhibió una escritura para su registro en este libro corriente, hoy día de su data, y de él se percibe que doña María Gabriela González de Velilla Blanco, de esta vecindad, viuda de don Alonso Bueno, en nombre de sus sucesores y herederos, reconoció a censo principal redimible sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, la cual dicha casa posee por suya propia en virtud de venta que de ella le hizo el expresado Diego Calderón, 1 000 pesos de oro común, a que dicha casa y todo lo que le pertenece de fecho y de derecho se halla afecta y grabada en favor del citado convento de religiosas de San Jerónimo de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y que en la aceptación de la citada escritura que se le otorgó de su venta, se obligó a reconocer en cuenta de los 2 000 que quedaron en su poder de los 2 100 de su precio, para que reconociese los otros 1 000 a voluntad de los albaceas del referido Licenciado Calderón, o en favor de cierta capellanía de misas rezadas que dejó mandada instituir. En cuya consecuencia, como primer censo impuesto y cargado sobre la expresada finca en los relacionados 1 000 pesos de principal se obligó a darlos y pagarlos a dicho convento de San Jerónimo, y en su nombre al Licenciado don Valerio Gutiérrez de Figueroa, su actual mayordomo.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOCONVENTOS
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Don Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella y Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta haber otorgado don Juan Antonio Fraile, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en voz y nombre de don Juan Díaz de Ceballos y doña Ana María de Leiva, su legítima mujer, vecinos de esta villa y dueños de haciendas de fabricar azúcar en su jurisdicción, y de don Bernardo de Ceballos, de esta presente vecindad y comercio; en virtud de sus poderes especiales consiguió a crédito en el arca de principales del sagrado convento de religiosos Carmelitas Descalzos de la Puebla, la cantidad de 6 000 pesos de oro común, que en ellos se hallaban redimidos pertenecientes a distintas obras pías, para refaccionar las haciendas de fabricar azúcar de los citado Juan Díaz y Ana María de Leiva, y que se le entregaron por el reverendo padre procurador del mencionado convento, por tiempo de seis años. Y en dicha escritura los obligó a pagar la citada cantidad con los réditos de 5 por ciento, y para seguro del principal hipotecó dos haciendas del beneficio de hacer azúcar, una nombrada San Miguel y la otra del Señor San José de Abajo, de la propiedad de Juan y doña Ana; y por parte del fiador don Bernardo de Ceballos hipotecó una casa de cal y canto que posee en esta villa.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y en él consta haberlo otorgado doña María Gertrudis de Veristrain y Meza, viuda del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecina y labradora en jurisdicción de la ciudad de Tehuacán, su data a 23 del próximo pasado, y que confesando haber el expresado su marido en una de las cláusulas de su testamento ordenó que se dieran de limosna para ayuda de la fábrica material del convento hospital Señor San Juan de Dios, y en el caso de tener efecto su formación en dicha ciudad, la cantidad de 6 000 pesos de oro común, los 4 000 pesos que dejó impuestos a censo principal redimible sobre dos trapiches y los 2 000 restantes que se sacarán del importe de los suyos. Y en atención a que con la relacionada cantidad se fundó el hospital en la expresada ciudad de Tehuacán y con ello la llegada de los religiosos del Sagrado Orden del Señor San Juan de Dios para su asistencia desde agosto de 1744; en ese sentido el 26 del dicho mes y año la expresada otorgante hizo cesión en favor de dicho convento hospital de los enunciados 4 000 pesos que su marido dejó de principal, y para completar la determinación del susodicho también impuso los 2 000 pesos restantes sobre su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, alias la Punta, la cual posee por suya propia en esta misma jurisdicción. Y porque una de las calidades del citado instrumento fue el que los réditos de 5 por ciento de los referidos 2 000 pesos habían de comenzar a correr desde que estuviera puesta la enfermería en dicho hospital para recibir enfermos, y respecto a haberse verificado desde el 15 de octubre de 1744 hasta el presente, pagando anualmente los 100 pesos que corresponden a dicho principal; por tanto, el Reverendo Padre Fray Jacinto Quiñones, actual Prior de dicho convento hospital, le ha pedido a la susodicha el que haga reconocimiento en forma de los relacionados 2 000 pesos; quien otorgó que sobre el expresado trapiche de Nuestra Señora de Guadalupe reconocía los 2 000 pesos en favor de dicho sagrado convento hospital, obligándose a pagar a su reverendo actual prior o al que en adelante fuere sus respectivos réditos anuales, y para seguridad del principal hipotecó la referida hacienda.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Silva, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, su data a 11 del presente mes y año; en él consta haberla otorgado doña Juana de Garaita, de esta vecindad, viuda del Regidor don Fernando de Carvajal, hija y heredera de don Manuel de Garaita, su albacea testamentaria y tenedora de sus bienes; y en conformidad de la voluntad de doña María Álvarez Ricardo, su madre, que del remanente del quinto de los bienes que se verificaron por caudal suyo en correspondiente cuenta de división y partición de ellos anexa a la de dicho don Manuel de Garaita, impuso, situó y cargó a censo principal redimible, la cantidad de 149 pesos 2 reales 4 granos y un quinto, sobre el valor y precio de una casa de cal y canto, cubierta de teja y madera, que tiene y posee en esta villa, para que gozando la susodicha todo el tiempo de su vida el rédito se conviertan por su fallecimiento en una capellanía o memoria de misas por el alma de dicha doña María Álvarez, por la de la Reverenda Madre Ana Micaela de la Santa Trinidad, su hija, que murió monja profesa en el convento de la Santísima Trinidad de la Puebla, obligando a sus herederos a pagar la cantidad de 7 pesos, 3 reales 1 gramo y 3 quintos a la parte que le fuere legítima.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOBernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa de Córdoba, Alcalde, exhibió tres testimonios de otras tantas escrituras, y en el primero consta que Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, ambos de esta vecindad, recibieron del citado don Bernardo como heredero, albacea y fideicomisario de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y por tiempo de nueve años a favor de la fiesta anual, que conforme a la voluntad de don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera, ha de celebrarse perpetuamente en el convento de San Antonio de esta villa y con toda la solemnidad al Apóstol Santiago el 25 de julio de cada año. Del segundo testimonio consta que los expresados don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, confesaron haber recibido de don Bernardo de Ceballos, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, por los mismos que en nombre de dicho difunto don Carlos Mosquera y a beneficio de su alma aplicó el referido don Bernardo a doña Ana María Mosquera, su sobrina, niña doncella, vecina del pueblo de Orizaba, hija legítima del Alguacil Mayor don Pedro Bernardo Mosquera de Valladares y de doña Francisca Javiera Gutiérrez del Mazo, difuntos, para que cuando tome estado se le entregue el expresado principal, y mientras se le satisfagan sus réditos, y si falleciere la susodicha sin tomar estado, entre desde el primer día de su muerte en el nominado principal y réditos la escuela de niños de todas calidades y condiciones, y se obligaron a tenerlos por vía de depósito irregular y a pagar a Francisca Javiera. Y en el último testimonio consta que Gaspar Mejías de reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, su mujer, otorgaron haber recibido del citado [Bernardo de Ceballos] la cantidad de 3 000 pesos de oro común [roto], en nombre de dicho difunto, los cuales aplicó [a] María Ignacia, niña doncella, hija legítima del Regidor don Pedro Laso y doña Juana de San Pedro Rodríguez Romano, todos vecinos de esta villa, para que cuando tome estado se le entreguen y en el entretanto se le den los réditos, y en caso de que fallezca sin tomar estado, entre en esta piedad el hospital de mujeres enfermas que se intenta fundar en esta villa, y si no tiene efecto la fundación, entre en el principal y réditos el convento de Señor San Antonio de esta villa para que se convierta en uno y otro en la obra material; de cuya cantidad otorgaron haber recibido y se obligaron a tener por vía de depósito irregular. Y para seguridad de las tres cantidades que suman 8 000 pesos hipotecaron el importe de las legítimas paternas y maternas de la mencionada doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza; una casa principal de edificio bajo de cal y canto cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y también una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que les pertenece.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro de Solís y Padilla, vecino de esta villa de Córdoba, hizo manifestación de tres testimonios de una misma escritura a fin de que se registre en este libro, y de ellos consta que don Gabriel de Segura y Ceballos, reelecto Alcalde Ordinario de la Nobilísima ciudad de la Puebla de los Ángeles, se dio por entregado de la cantidad de 6 500 pesos de oro común que por decreto del obispo se le mandaron entregar de los principales que se halla en las arcas del convento, capellanías y obras pías; y en dicha escritura se obligó a pagar los 3 150 pesos a quien fuere parte legítima de la capellanía que se fundó por el alma y de los bienes de Magdalena Sánchez de la Barba; 1 550 por la que mandó fundar doña Andrea Carmona Tamariz; y los 1 800 restantes a la Madre Ana María Dominga de San Pantaleón, Religiosa Profesa en el convento de la Santísima Trinidad; y que haría los pagos de las tres cantidades dentro de dos años con sus réditos de 5 por ciento. Y para mayor seguridad del pago hipotecó una hacienda de fabricar azúcar titulada Señor San Joaquín que tiene en esta villa.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro de Solís y Padilla, Oficial Mayor de este Oficio Público, exhibió un testimonio de una escritura a fin de que se registre en este libro, y de él consta que el Licenciado don Nicolás [María] Rubín de Celis, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en voz y nombre de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, Caballero que fue del Orden de Calatrava, cedió y traspasó la cantidad de 1 300 pesos de principal de oro común de dos censos pertenecientes a la mencionada doña Ana en el valor y precio de una hacienda de beneficio de azúcar titulada de Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que en términos de esta jurisdicción tiene por suya en propiedad y dominio don Nicolás de Carvajal y Contreras, vecino republicano de esta villa; siendo los 500 pesos de ello los mismos que por resto de suma de 2 500 pesos de principal a que se hallaba afecta dicha hacienda en su favor, por cesión que de ellos le hizo don Gregorio Martínez de Solís y Rivadeneira, vecino de la Puebla, y le quedaron libres en la hacienda por haber dispuesto antecedentemente de los otros 2 000. Y los 800 restantes también mismos que a dicho su favor se hallaban en la propia hacienda por haber aplicado en ella por muerte de don Lope Antonio de Iribas su padre; de cuyas dos cantidades que se compone los 1 300 pesos hizo dicho Licenciado don Nicolás [María] Rubín de Celis la cesión por la expresada doña Ana en favor de la obra pía que para dote de monjas mandó fundar el Señor Maestrescuela don Diego Peláez Sánchez en parte de pago de cierta cantidad que le estaba debiendo, en vista de lo cual el Licenciado don Diego García de Acevedo también Presbítero Administrador de dicha obra pía, en virtud de decreto del obispo cedió y traspasó en el propio instrumento los relacionados 1 300 pesos en favor del sagrado convento de religiosas Descalzas de Nuestra Señora de la Soledad de la referida ciudad de la Puebla, cual dos rememoradas cesiones constan en dicho instrumento.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino republicano de esta villa, de su comercio, y Sotasíndico del convento de San Antonio de religiosos Descalzos de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco, hizo exhibición de un testimonio de una escritura de imposición de censo otorgada por don Miguel de Salas, vecino de esta villa, para que se registre en este libro corriente de censos, por la cual consta que el referido don Miguel se obligó a reconocer a censo principal redimible la cantidad de 720 pesos que recibió del expresado Capitán don Ambrosio, a favor de los 600 de ellos de la fiesta anual que en el expresado convento de Señor San Antonio se celebra y acostumbra hacer en honras y memoria de los Dolores de la Santísima Virgen María Nuestra Señora, conforme a la voluntad de doña Josefa Gómez Dávila, quien para este piadoso destino dejó determinado se impusiese de sus bienes; y los 120 restantes a favor de una misa, que con el rédito se ha de cantar cada año en dicho convento al Glorioso San Francisco de Paula, según disposición de doña Gertrudis María del Castillo de Altra. Y dicha cantidad de 720 pesos la situó a censo principal redimible sobre el valor y precio de una casa, la cual se compone de sala, recamara, tienda, bodega, zaguán, dos hornos de pan coser y un pozo, fundado todo en medio solar de tierra propia, con 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en esta villa, y se obligó a satisfacer los réditos correspondientes de 5 por ciento en cada un año.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad, hizo exhibición del testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que, en el pueblo de Orizaba en 15 del próximo pasado marzo, doña Isabel María de Sagade Bugueiro, vecina de dicho pueblo, viuda de don Diego Bringas de Manzaneda, su principal albacea y tenedora de bienes, con arreglo a la memoria que dejó el susodicho en donde mandó que todo el residuo de su quinto se entregara a su confesor el Reverendo Padre Fray Manuel de Santa Teresa, Prior del convento de Carmelitas Descalzos de dicho pueblo, para que lo distribuyera en lo que le comunicara. Por tanto, la referida doña Isabel cumpliendo la voluntad de su marido, cargó a censo 3 000 pesos para la fundación de una capellanía sobre una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Toluquilla, jurisdicción de esta villa, que quedó por bienes de su marido, y se obligó de pagar a la capellanía u obra pía que el predicho prior destinare, 150 pesos a censo, tributo y rédito en cada un año de los que corrieren de la mencionada fecha en el citado pueblo. Y estando presente el referido padre prior como albacea y confesor, puso en efecto lo que ordenó dicho difunto, y dotó la presente capellanía con el referido principal de 3 000 pesos, cargando en la expresada hacienda, nombrando como primer capellán a uno de los hijos y herederos el Licenciado don Diego de Bringas Manzaneda, Presbítero, para que la sirva, con la obligación de celebrar perpetuamente en cada un año doce misas rezadas distribuidas en el doce de cada mes por el alma del citado.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, de él consta que en la ciudad de los Ángeles en 16 del corriente mes, el Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino de ésta y residente en dicha ciudad, se obligó de pagar 2 000 pesos que las reverendas madres, presidenta del consejo, vicaria de casa, definidoras y contadoras del convento de religiosas de Santa Clara de dicha ciudad, le entregaron de sus arcas a satisfacerlas dentro de cinco años, y en el ínterin sus réditos; y para seguro del principal y rédito hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en esta villa, en esquina, en dos calles, la una que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial que llaman la Real, y sale al camino que va a Veracruz, y la otra que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO