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              795 Archivistische beschrijving results for CONVENTOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0070 · Stuk · 1693/11/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Joseph [José] de Leiva, natural y vecino de la villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán Juan de Miranda y Leiva, y de Ana de Burgos [Durán], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que llegado su fallecimiento se diga un novenario de misas. A las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén manda a cada una un peso; y para la beatificación del “hermano Gregorio López” 2 pesos. Ítem manda se digan por su alma y las de sus padres quinientas misas rezadas; y cien más para las almas que “yo pueda ser encargo” y de aquellas personas que han muerto en su servicio. Ítem manda a las cofradías sitas en la iglesia parroquial una arroba de cera de Castilla. Declara que es hermano de todas ella. Ítem manda se den de sus bienes 1 000 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial de esta villa; y otros 1 000 pesos para la obra material del Convento de San Antonio. Ítem manda se le den a María de Pedraza, doncella, su sobrina, huérfana, 200 pesos; y a María García de Miranda, su sobrina, mujer legítima de Juan de Betancur [Letancur], 200 pesos. Ítem manda se den de sus bienes tres piezas de mantos a tres mujeres pobres. Ítem manda se den de sus bienes de limosna 100 pesos a Antonio Martín para los alimentos y vestuarios de sus hijos. Ítem manda que el [roto] de sus bienes se impongan a censo sobre fincas seguras [roto] a razón de cinco por ciento en cada año para que de la mitad de sus corridos se alimenten las madres Nicolasa Theresa [Teresa] de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, sus hijas, Monjas de velo y coro del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y la otra mitad se conviertan en misas rezadas por las Benditas Ánima del Purgatorio. Ítem declara estar casado con doña Catalina de Esparragosa, y al tiempo que contrajeron matrimonio la susodicha trajo 1 000 pesos en reales y otros bienes, con 1 000 pesos más que le mandó en arras. Declara que dentro de su matrimonio han tenido por hijos legítimos a Miguel de Leyva [Leiva Esparragosa], que al presente es alcalde ordinario; a Joseph de Leyba [José de Leiva Esparragosa], que al presente es mayor de veinticinco años; a Antonio de Leyba [Leiva Esparragosa], que será de edad de dieciséis años; a las dichas Nicolasa Theresa [Teresa] de la Concepción y a Gertrudis de San Miguel, Monjas; y a doña María de Leyba [Leiva Esparragosa], mujer legítima de Joseph Gomez Davila. Declara que cuando contrajo matrimonio la dicha María de Leiva le envió en dote 2 855 pesos. Ítem declara por sus bienes una hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista con caballería y media de tierra; otra casa en dicha hacienda, los esclavos, ganados, cañaverales, cobres y demás aperos que le pertenecen; treinta y cuatro machos de tiro de dicho trapiche y otras treinta cuatro mulas de recua; cinco caballos, dos mulas de silla; y cuatro yeguas. Declara por más bienes otra hacienda de hacer azúcar [roto], ubicada en el pago de Totutla, con 10 caballerías de tierra, una casa de vivienda, una casa de cal y canto, 15 suertes de caña, cuarenta y siete mulas y machos de tiro, quince esclavos varones y hembras, todo junto valuado en 16 911 pesos. Ítem declara por más bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José ubicada en el pago que llaman de Totutla, con 8 caballerías de tierra, con sus casas de vivienda y de trapiche, una casa de cal y canto, 6 suertes de caña, cinco esclavos, veintiséis mulas y machos; sobre dicha hacienda están cargados a censo redimible a favor del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, 1 352 y 4 reales. Ítem declara que sobre la hacienda nombrada San Miguel están situados y cargados a censo redimible 2 500 pesos a favor de don Domingo de [roto] y Gándara, vecino de la Puebla de los Ángeles. Nombra como sus albaceas testamentarios a doña Catalina de Esparragosa, a Miguel de Leiva [Esparragosa], a José de Leiva y a José Gómez Dávila; e instituye como sus universales herederos a Miguel de Leiva [Esparragosa], José de Leiva, Antonio de Leiva y a doña María de Leiva, en atención a que las dichas madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, tienen sus dotes recibidas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0002 · Stuk · 1691/01/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder al Capitán Antonio Moreno de Torija, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre lo obligue a que dé y pague a doña Francisca de la Torre [y] Mercado, su madre, la cantidad de 15 000 pesos en reales por otros tantos que importó una hacienda de trapiche nombrada San Francisco de Paula, ubicada en esta jurisdicción, la cual se compone de 3 caballerías y media de tierra, caña dulce, esclavos, ganados, avíos y aperos, que la dicha su madre le tiene entregada y vendida. Por otra parte, señala que los 15 000 pesos han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre su persona, bienes y dicho trapiche; asimismo, otros 900 pesos que están impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicho trapiche a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México. Finalmente menciona que los 15 900 pesos de principal los pagará con obligación de su persona.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0099 · Stuk · 1700/02/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de fabricar azúcar en su jurisdicción, y Diego Saúl, también vecino de ella, dijeron que por cuanto, Diego Saúl le ha prestado a Nicolás de Olivera 500 pesos de oro común en reales con réditos del 5 por ciento en cada un año, que son 25 pesos, los cuales entregará y pagará al síndico que en el presente y en adelante fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa, a quienes les da el poder para la cobranza; y dichos síndicos cada uno en su tiempo, han de ser obligados a convertir los 25 pesos en veinticinco misas rezadas por la pitanza de a 8 reales cada una, las trece de ellas que han de decir en la santa iglesia parroquial de esta villa, los días lunes en el altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio, y las 12 misas restantes los días viernes en el altar de la Virgen de Ánimas de la iglesia del Señor San Antonio. Señala que todas las misas se han de decir y aplicar por las Benditas Ánimas del Purgatorio, por el Bachiller Pedro Franco de Guzmán, hijo de [Alonso] Franco de Guzmán, difunto, y de Ana Álvarez de Guzmán, vecina de esta villa, luego que haya ascendido al sacro orden presbiterio, y en caso de muerte lo ha de suceder Nicolás de Barrios, hijo del Capitán Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y de doña Isabel Rodríguez, y a falta de los mencionados ha de suceder los que el patrón nombrare. Por su parte, el susodicho Nicolás de Olivera señala que, para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca una casa de cal y canto cubierta de teja que tiene en esta villa, con los lindes que se mencionan en el acta, la cual no podrá vender, trocar ni cambiar, libre e empeño, enajenación, hipoteca. Y a su vez el Síndico Pedro García de Meza, vecino de esta villa, Tercero Profeso de hábito exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Padre San Francisco y Síndico del convento de San Antonio de esta villa, aceptó y se obligó a dicho poder para la recaudación de los 25 pesos y convertirlos en las misas ya mencionadas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0021 · Stuk · 1690/04/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Marcos de San Juan y Vera, residente en esta villa de Córdoba y natural de la Gran Canaria, hijo legítimo de Sebastián de Diepa de Vera y de María Gutiérrez Sedeño, difuntos, otorga su testamento en el que ordena que si llega a fallecer en esta villa se le den 10 pesos de limosna al convento del Señor San Antonio que se está construyendo. Declara ser soltero y no tener herederos forzosos. Dijo que hace un año once meses hizo compañía con Juan López de Febre, vecino de la Veracruz, para lo cual él puso 1 252 pesos en reales y dicho Juan López 821 pesos, a mitad de ganancias. Declara que el Alférez Francisco de Solís, vecino de la ciudad de los Ángeles, tiene en su poder 1 450 pesos en reales, más 90 pesos que le había de entregar Antonio Díaz, vecino de dicha ciudad, quien tiene tienda junto al mesón del Cristo. Declara haber dado a guardar a Gonzalo García de Aguilar, vecino de dicha ciudad, 500 pesos en reales. Asimismo, tiene en poder del dicho alférez un vestido con dos pesos de calzones de paño fino, botonaduras de hilo de oro y capote de carro de oro con vueltas de felpa, tres pares de medias usadas de diferentes colores, dos pares de calcetas ordinarias nuevas y un sombrero blanco usado de lana de vicuñas. Nombra como albacea y tenedor de sus bienes a Juan López de Febre y en esta villa de Córdoba a Benito Rendón, como albacea, y como heredero universal a Juan López de Febre, su paisano y amigo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0007 · Stuk · 1701/02/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro García de Meza, vecino de esta villa de Córdoba y Síndico del convento del Señor San Antonio de esta villa, dijo que por cuanto doña Ana González de Velilla Blanco, difunta, mujer que fue del Capitán don Lope de Iribas, difunto, por unas de las cláusulas de su testamento consta que hizo donación y limosna al dicho convento y religiosos de dos esclavos criollos nombrados Ignacio y Bernabé; quienes según dicha cláusula poseen legítimamente al negro Ignacio, y por lo que se refiere a Bernabé, éste le dieron libertad en virtud de despacho del muy reverendo padre provisional y definitorio del convento del Señor San Diego de la ciudad de México. Y respecto de hallarse con orden del muy reverendo padre provincial del convento de San Diego de la ciudad de México, para vender a dicho Ignacio, “el Reverendo Padre Guardián de este convento Fray Nicolás Patiño”, para que tenga efecto, otorga que vende a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, el dicho negro Ignacio que será de edad de veintidós años poco más o menos, el cual lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre libre de empeño, deuda enajenación, sin vicios ni enfermedad pública ni secreta, en precio y cantidad de 350 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0224 · Stuk · 22/09/1787
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Barroso, vecino de este pueblo, ha recibido de don Juan de Bárcena, como apoderado del Venerable Tercer Orden de Nuestro padre Señor San Francisco del convento de este pueblo, 175 pesos en calidad de depósito irregular por 5 años pagando 5% de réditos anuales y para seguridad de la deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle Real de este pueblo, la cual tiene 150 pesos de gravamen a favor de la Cofradía del Santísimo Sacramento de este pueblo. Cuya cantidad de 175 pesos es la misma que impuso el otorgante en una casa que fue de su propiedad para que de sus réditos se rezaran misas en memoria de su difunta madre doña Isabel Fernández de la Calleja y que fue redimida por el actual dueño.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0051 · Stuk · 1826/04/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecino que fue de la misma villa, dijo que teniendo pactada por convenio expreso con don Francisco Fernández y Agudo, la venta de una casa de alto y bajo, ubicada en esta villa, en la primera calle antes llamada Real y ahora Principal, cuya casa quedó por bienes de don José de Arias, difunto. Dicha casa linda por el oriente con la de don José Antonio de la Peña; por el poniente con la que antes fue de don Juan Esteban de Elías; por el sur con la de la cofradía Señora de Santa Anna; que tiene de frente 28 varas castellanas y de fondo 55 y tres cuartas. Y para que el contrato tuviere efecto, otorga que vende a don Francisco Fernández y Agudo, la referida casa, por la que ha de reconocer de censo redimible con el rédito de 5 por ciento y con hipoteca especial la cantidad de 1 000 pesos, de un ramo de capellanía fundado por don Laureano Fernández de Ulloa y su mujer doña Margarita Martínez Navarro, el cual goza don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; asimismo, 2 600 pesos pertenecientes al convento de San Francisco de esta villa; y 6 000 pesos que corresponden a él Beaterio; también, reconocerá 3 000 pesos con que la misma testamentaria consigna al bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. La venta la hace por el precio de 22 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en el acta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0169 · Stuk · 1831/10/06
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Rafael Eugenio Espinosa, natural y vecino de esta vecindad, comerciante de cuarenta y cinco años de edad, hijo de don Juan Antonio de Espinosa y de doña Ana Petra Borja de Espinosa, difuntos, otorga su testamento, en la forma siguiente: Declara es casado con doña María Gertrudis Castillo, de cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara tiene un hijo natural llamado Ciriaco y Paula Rafael Juan Nepomuceno [Espinosa] habido en Manuela Guardia y Lema, siendo ambos solteros y libres de impedimento canónico. Manda que a su hijo natural no se le dé nada por razón de alimentos, por no tener éste necesidad de sus socorros. Señala por sus bienes la casa en la que actualmente habita, que se halla gravada a 700 pesos de principal a favor del convento de San Francisco en esta ciudad. Declara es deudor, y no su hermana Ana Antonia [Espinosa], de 400 pesos de principal que reconoce sobre la casa que se ubica en la calle de la Requeta, en favor de los señores Maniau. Menciona que su abuela materna, María de Jesús Acosta, es dueña de la casa situada en el callejón de Alba, misma que consignó y donó en favor de la obra pía de señora de Santa Ana, para que con sus productos de alquileres se celebrase una función por la citada santa. Ahora, es voluntad de él que procuren sus albaceas tenerla en arrendamiento, para que con sus productos se repare la finca y de lo que sobre se hagan anualmente una función a la misma Señora de Santa Ana en esta ciudad, y si después de esto sobrase algo, se manden a aplicar misas por el alma de su señora madre, y el resto, si quedase, se divida entre su esposa doña María Gertrudis y su hermana doña Juana Micaela Espinosa y Borja. Ordena que su hermana, doña Juana Micaela Espinosa, debe recibir parte de la casa que él habita, que constará en la cuenta de división y partición que se hizo de la madre de ambos. Declara que a sus sobrinos don José Ignacio, don Manuel María, don José Mariano, doña María Guadalupe y don José Joaquín Arechaga, hijos de su hermana Juana Micaela Espinosa, les debe lo que manifieste dicha cuenta de división y partición. Declara que don Bernabé de Elías Vallejo, le es deudor en el balance de las dependencias de los militares, para cuyo cobro dio poder a don Manuel Patiño, verificado el cobró entregue a su albacea lo que cobrare. Nombra por única y universal heredera a su esposa doña María Gertrudis Castillo. Nombra por su albacea y tenedor de bienes a su mencionada esposa y a don Francisco Rosas, a éste último lo señala para que la dicha su esposa lo consulte en aquellas cosas que ella no comprenda.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0063-PX_0063_0196 · Stuk · 31/12/1799
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Seoane, Cabo del Resguardo de la Aduana, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido del Capitán José de la Fuente, Ministro Mayor del Patronato de Obras Pías del Convento de San Francisco, la cantidad de 300 pesos de principal que dejó don Juan Gómez de Estrada, mismos que se obliga a tener en depósito irregular por espacio de 5 años, que comienzan a correr desde el día de hoy, y a pagará sus réditos de 5 % anuales, entregando la mitad cada 6 meses en dinero de contado, y para seguro de la deuda hipoteca la casa de su morada ubicada en la calle de San Francisco de Paula con la que hace frente al norte y del otro lado casa que hoy es de la Cofradía del Divinísimo Señor Sacramento, al oriente linda con casa de don Juan [Antonio] Pardo, al sur y poniente con solar de María Rodríguez.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0014-PX_0014_0224 · Stuk · 14/03/1705
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Alférez Agustín Velázquez como principal, e Isabel López Ruiz Matamoros, su tía, como fiadora, dijeron que María Rodríguez, viuda que fue de Juan Martín de Abreu, impuso 200 pesos de principal a censo redimible sobre una casa ubicada en la Calle Real a favor del Convento del Señor San Francisco de este pueblo, cuyo principal tiene redimido el Regidor Luis de Monterde y Antillón, de la Orden de Santiago, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, por haber entrado en posesión de la casa y el principal se haya en reales efectivos en poder de Diego de la Torre Arnate, Síndico actual del Convento, con quien tiene ajustado el recibirlos a censo redimible pagando los réditos del 5% en cada año y en su virtud otorgar escritura a favor del Convento. De esta forma, imponen a favor del Convento y en su nombre al Síndico actual, 10 pesos de oro común de censo en cada año que cargan sobre todos sus bienes, especialmente sobre un solar ubicado en este pueblo y una casa de pared con techo de teja que colinda con el aguaje que llaman de Techacapa, por otro lado con solar de Juan Rodríguez, con solar de Juana Agustina, y por otro lado con solar de indios. Asimismo hipotecan lo referido por el que pagarán 5 pesos en julio de este año y los otros 5 al cumplimiento el 14 de febrero del próximo año.