CONTRATAS

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              62 Archivistische beschrijving results for CONTRATAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0047 · Stuk · 1840/03/31
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El regidor decano don Tadeo Díaz, en representación del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, y el ciudadano José Antonio Solano, por sí; dijeron que se le ha rematado a Solano el cobro de la pensión de carnes bajo las cláusulas y condiciones siguientes: Dicho remate es por tiempo de un año a partir del día primero de abril. Ha de satisfacer al Ayuntamiento 211 pesos mensuales, cuya cantidad debe ser entregada a la tesorería por quincena a razón de 105 pesos 4 reales. De acuerdo a la tarifa establecida, ha de cobrar el contratista por cada res picada que se ponga en la mesa para su venta, 6 reales; por cada carnero, 3 reales; por cada cerdo, 4 reales; por el puesto de venado, un real; por el de carne salada, 2 reales; entre otras condiciones que se mencionan. Bajo cuyas calidades y condiciones, otorgan que celebran dicha contrata, y para mayor seguridad Solano hipoteca una casita de edificio bajo que posee en esta ciudad, en la calle del Calvario.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0074 · Stuk · 1840/05/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El señor don José de Jesús Díaz, secretario del Gobierno de este Departamento, y don Florencio Aburto, de esta vecindad, dijeron que en 6 de junio de 1835, se formalizó una escritura entre el Gobierno y el señor Aburto, en unión de su socio don José María Blanco, sobre contrata de imprenta, bajo las cláusulas que en la misma escritura se explican; y hallándose próximo a expirar el periodo de la contrata que para las impresiones del Departamento hicieron en 1835 y “siendo indudable que aquella es ventajosísima al Superior Gobierno, pues los gastos que le causa son el 61 y tres cuartos por ciento solamente, habiendo además contribuido Aburto y Blanco con su buena disposición para su buen servicio al establecimiento del Periódico Oficial, que nada cuesta al Superior Gobierno, pero que no por eso deja de ser el primero de los que se publican en los Departamento”, Aburto y Blanco suplicaron se dignara el Gobierno a conceder prórroga de la expresada contrata por otro periodo de cinco años, a lo cual se accedió. Por lo cual otorgan que se prorroga por otros cinco años, contados desde el vencimiento de la escritura de 6 de junio de 1835, la contrata de imprenta que en dicha escritura se refiere, bajo las mismas bases que contiene. Y estando presente don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, otorga que continua por el tiempo de otros cinco años en la fianza que en la escritura de 6 de junio de 1835 prestó a favor de don José María Blanco y don Florencio Aburto, con relación a la repetida contrata de imprenta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0146 · Stuk · 09/09/1805
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Ignacio Cardona, natural de las Presas del Río, vecino del Puerto de Tuxpan, dijo que tiene contratado con don Pedro Francisco de Villa, administrador de la hacienda El Lencero, la venta de 250 mulas y machos, mitad de una clase y mitad de otra, al precio de 25 pesos cada cabeza, las que ha de entregar en la misma hacienda con la condición de que estas han de ser de edad de entre 3 y 6 años, con el quebranto de 70 a 80 cabezas que según estilo de colonia es factible resientan con la dilatada caminata, variedad de pastos y demás circunstancias que median, cuya entrega ha de hacer durante todo el mes de noviembre del presente año y en cuyo acto le ha de entregar la mitad del importe de aquellas y la otra mitad a los 8 meses, cuyo contrato se obligan a cumplir como está estipulado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0082 · Stuk · 1837/07/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, como síndico del Ayuntamiento de esta ciudad, a nombre de dicho Ayuntamiento, otorga pone a disposición de don Cesáreo Reyes, el cobro de las pensiones municipales de la plaza de carnes, para que haga la recaudación por su cuenta y riesgo desde el día 15 del corriente, bajo las cláusulas y condiciones contenidos en el documento por el que consta, y que se agrega a la presente. Debiendo hacer el contratista la primera exhibición de 100 pesos el día quince del corriente. Estando presente don Dionisio Luis Camacho y Reyes, señaló que se constituyó fiador pagador por don Cesáreo Reyes, de tal manera que, si éste faltase a la exhibición que debe hacer de 100 pesos en los días primero y quince de cada mes, incluyendo el 15 del presente, el tiempo de la contrata, los enterará el otorgante, luego que se le requiera.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0088 · Stuk · 1837/07/31
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Mengouz, de esta vecindad, y don José Antonio Hernández, de la población de la Hoya, el primero como administrador de las diligencias de línea, cuyas acciones tienen rematadas las postas que comprehenden las mismas líneas, y el segundo como particular. Ambos comparentes han contratado lo siguiente: José Antonio, se obliga a conducir desde la Hoya a Perote, la correspondencia del correo ordinario, teniendo para el efecto las bestias de silla y mula de carga en buen estado y a las horas de costumbre, por el tiempo de un año, contados desde el próximo día 10 de agosto, y por la cantidad de 350 pesos, de los que al momento Mengouz le entrega 150 pesos, y los restantes 200 pesos al vencimiento de los primeros seis meses. Estando presente don Joaquín Rincón, se constituyó fiador del mencionado José Antonio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0033 · Stuk · 1838/04/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, como síndico primero de este Ilustre Ayuntamiento y a nombre de éste, y don Bernardo Sayago, por sí, dijeron que habiéndole rematado a dicho don Bernardo los derechos de consumo, plaza del mercado, plaza de carnes y alimento de presos; otorgan que han convenido que los derechos de introducción y consumo los percibirá don Bernardo Sayago, quien pagará por ello a la municipalidad 633 pesos mensuales, cuyo contrato se podrá rescindir cuando por circunstancias extraordinarias exceda la guarnición de tropas en esta ciudad de dos mil hombres y su permanencia sea por más de dos meses; si llegase a declararse la ciudad en estado de sitio riguroso, durando éste dos meses; y en el caso que las necesidades públicas obliguen al ayuntamiento en disminuir o aumentar los precitados impuestos. Asimismo, el señor Sayago percibirá los productos de las plazas del mercado y carnes, pagando al ayuntamiento mensualmente 200 pesos por la primera y 230 por la segunda. El señor Sayago también queda obligado al mantenimiento de los presos, por lo que el Ayuntamiento le pagará a fin de cada mes 3 cuartillas de real por cada uno diario. La duración del contrato será desde primero de mayo próximo hasta el día último de diciembre del año entrante de 1839.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0034 · Stuk · 1838/04/26
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, como síndico primero de este Ilustre Ayuntamiento, y don José Antonio Alzaga, de esta vecindad, dijeron que se le remató a dicho Alzaga el impuesto sobre fincas destinado para el sostén del alumbrado, pagando por él mensualmente al Ilustre Ayuntamiento 122 pesos. Obligándose Alzaga a administrar dicho alumbrado de todos los faroles consistentes y dos de aumento en Techacapan y callejón de la Acequia, por 134 pesos que percibirá mensualmente del ayuntamiento, sirviendo para su pago el impuesto referido del mismo ramo y cubriendo el déficit por la tesorería. La duración de la contrata será desde el primero de mayo hasta fines de diciembre de 1839, garantizando Alzaga con las fianzas de don Ramón Álvarez y don José Joaquín Domínguez y Agudo, de este comercio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0007 · Stuk · 1840/01/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tadeo Díaz y don Marcos Díaz Aparicio, ambos de esta vecindad, dijeron que el muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, previa autorización del Gobierno Departamental hizo salir a la almoneda los diversos ramos que son de su inspección, quedando fincado el remate de la asistencia a hospitales en el nominado señor Aparicio, bajo las condiciones siguientes: Que el expresado remate ha de ser por tiempo de tres años a partir del día de mañana. Que siendo las bases fijadas las de que el máximum del pago sea arreglándose de uno hasta treinta enfermos a 3 reales por estancia diaria; 31 hasta 40 a 2 y cuartilla de reales; de 41 hasta 50 a 2; y de 51 en adelante a 1 y medio reales; se verificó el repetido remate por 7 granos de real menos en cada estancia diaria. Que el señor Aparicio queda obligado a dar buenos alimentos y las medicinas que necesiten los enfermos para su curación, según la ordenata y los recetarios del facultativo que dirija los hospitales. Asimismo, está obligado a pagar de su cuenta todos los gastos en general, necesarias para la asistencia de los enfermos, igualmente, deberá reponer las sábanas, colchones, vendas, trastos de cocina y demás útiles de los hospitales, que se inutilicen con el tiempo y el uso, y al efecto recibirá todo inventariado y justipreciado por peritos, para que al fin de la contrata entregue el mismo valor que reciba, entre otras cláusulas que se mencionan. Y para mayor seguridad de los compromisos que contrae, el señor Aparicio presenta por fiador a don Gervasio Rodríguez.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0031 · Stuk · 1834/02/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Suárez, vecino del Plan del Río, otorga poder al Doctor don José María Pérez, residente en México, para que en su nombre se presente en todos los tribunales superiores e inferiores haciendo valer la acción que le compete al otorgante como contratista actual de las postas de correos de esta ciudad a Veracruz, bien sea sosteniendo que sea subsistente dicha contrata o bien consintiendo que se rescinda, precediendo la efectiva indemnización de todos los perjuicios que de esa rescisión le resultan por los gastos que tiene hechos en caballos, mulas, aperos, semillas, corrales, vegas de camalote y demás avíos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0035 · Stuk · 1835/03/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la población de la Hoya y presente en este suelo, otorga que se compromete a servir la posta de dicho punto de la Hoya, dando una mula de carga, dos caballos y un postillón en los días miércoles de cada semana para que conduzcan del referido punto de la Hoya a Perote la correspondencia, cuya contrata será por tiempo de seis meses que comenzaron a correr el día primero del presente, por la cantidad de 275 pesos en los seis meses, en cuenta de los cuales tiene recibidos 25 pesos y se le ha de entregar el resto, que son 250 pesos a fines de abril próximo. Y si le pidiesen más de las tres bestias referidas, la franqueará pagándosele lo que sea justo; igualmente, han de correr los extraordinarios de la Hoya a Perote y de la Hoya a Xalapa, pagándosele con arreglo a la tarifa y contrata, ya sean para el gobierno o particulares. Y estando presente don Luis Slocum, a quien confiesa conocer perfectamente el nominado Velasco, dijo que a nombre de los señores Manuel Escandón y Compañía, ha celebrado con dicho Velasco la contrata explicada en los términos referidos, y en consecuencia compromete a la citada compañía a pagarle a Velasco los 275 pesos por el tiempo de seis meses.

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