Fernando Nieto Solano, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Regidor Joseph [José] de Leiva, su suegro, un negro nombrado Joseph [José] de nación Mina, de edad de veinte años, que le cupo como parte de la división que el otorgante y su suegro hicieron de un trapiche de panelas que tenían en compañía y de los bienes que quedaron por muerte de su esposa doña Juana de Leiva [Esparragosa]. Lo vende en precio de 420 pesos de oro común.
Gómez, Domingo AntonioCompañías
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Doña María Josefa, doña María Micaela y doña María Francisca González y Guevara, de esta vecindad, de estado honestas, hermanas enteras, mayores de veinticinco años de edad; dijeron que el finado don Cipriano Pensado, celebró compañía de intereses con don Lucas Lagunes, en una tiendecita tlapalería en la plaza Principal de esta villa, con corto principal al cargo y dirección del segundo. Dicha negociación produjo utilidades, de las que fue usando Lagunes en la compra de dos casitas y un solar con tres chocitas. Suministrando Lagunes en partidas cortas a las otorgantes para su sustento diario hasta la cantidad de unos 3 000 pesos. Antes de morir Pensado solicitó a Lagunes rendición de cuentas de la negociación. Por su parte, Lagunes hizo manifestación de todo a su socio a quién le ofreció el término de la compañía y entregarle vendida en 4 000 pesos, la casa que adelante se menciona, a cuya compra estaba comprometido Lagunes con las otorgantes por la suma que con este objeto les había suministrado. Al fallecer Pensado, se suscitaron diversos problemas con las dos casitas de Lagunes, en efecto vencidos todos los obstáculos, convencidas las otorgantes de cumplir con lo pactado y para que éste también cumpla lo ofrecido por el término de la compañía; por la presente otorgan que venden, ceden y traspasan en favor de la viuda e hijos de Cipriano Pensado y Navarrete, una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la primera cuadra de la calle de Alba a la que hace su frente al poniente y del otro lado con casa que poseen los herederos de doña Ana Petra Borja de Espinosa, haciendo también esquina y otro frente por el costado del sur con el callejón de la Cerbatana o ya sea de las Bochas de Arrieta y del otro lado con casa de los herederos del finado don Juan Francisco de Bárcena; por el fondo del oriente linda con solares de la casa de don Pedro Telmo Landero y González; y por el costado del norte con el de casa que pertenece al Tercer Orden de San Francisco de esta villa. Cuya finca la hubieron, entre otras, por muerte de sus padres, quiénes la fabricaron a sus expensas en terreno propio. La venden en la cantidad de 4 000 pesos, en los términos que se mencionan en el acta.
Cardeña, Juan FranciscoDon José María Ochoa, de esta vecindad, dijo que ha tomado en traspaso una tienda de comestibles, situada en la calle Principal de esta misma villa y perteneciente a la compañía de don Guillermo de Espino y don Antonio José Peredo, cuya negociación gira en este último, siendo el importe total del balance, inclusos 200 pesos de guantes, 4 140 pesos 4 y medio reales, mismos que ha de satisfacer el comparente en la siguiente manera: 1 000 pesos de contado, 2 000 en el plazo de cuatro meses que comienzan a correr desde esta fecha y los restantes 1 140 4 y medio reales al mes y medio después de cumplido el anterior plazo de los cuatro meses, que en el todo se cuentan cinco y medio meses. Y llevándolo a efecto don José María Ochoa confiesa ser cierto y verdadero cuanto queda relacionado y haber recibido todos los efectos que contiene el balance y se obliga de pagar la expresada suma a la compañía de dichos señores Espino y Peredo o a quién legítimamente les represente en los plazos mencionados. Y en caso que no cumpla con lo ofrecido, que sea ejecute judicialmente por todo rigor de derecho.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon Manuel Facio y don Bernardo Sayago, de esta vecindad; Juan Miller y Luis Whitaker, venidos de Nueva York; y don José Welsh, también de esta ciudad, como interprete; le exhibieron un documento escrito en inglés al presente escribano y traducido por un intérprete asegura que su tenor es el siguiente: “Artículos de convenio hechos y celebrados el 5 de agosto de 1840 entre Francisco del Hoyo, de la ciudad de Nueva York, como agente de Manuel Facio de la ciudad de Xalapa en México, como primera parte. Y Juan Miller de la ciudad de Nueva York como segunda parte. Y Luis Whitaker de la ciudad de Nueva York como tercera parte. Cuyas partes convienen en lo siguiente: que dicho Miller trabajará con el oficio de cargador y cardero para el beneficio del dicho Manuel Facio en la ciudad de Xalapa, a donde Miller debe pasar sin pérdida de tiempo. Y el dicho Whitaker trabajará en el oficio de hilador para el beneficio de dicho Manuel Facio, en la ciudad de Xalapa. Y los dichos Miller y Whitaker convienen con Francisco del Hoyo a trabajar como llevan dicho cada uno su oficio respectivo, por espacio de dos años, los que principiaran desde la fecha de su llegada, por un sueldo de 15 pesos por semana a cada uno”. En virtud de dicho documento, el señor Facio dijo que habiendo sido atacado de la enfermedad de la que está adoleciendo, no le fue posible llevar a cabo el establecimiento que comenzó, en el que debió dar ocupación a Miller y a Whitaker, y se le ha visto precisado a traspasar toda la maquinaria que tenía preparada a la compañía de [Bernardo] Sayago y [Santiago] Condon, situada en el Molino de San Roque, y ha pactado con la misma compañía trasladarle el convenio que queda traducido. Por lo tanto, don Manuel Facio otorga que subroga en su lugar a la compañía de Sayago y Condon para que den cumplimiento a los pactos explicados en el documento traducido.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon José de la Calle, vecino de este pueblo, tuvo una tienda en compañía de don Joaquín Cabeza de Vaca, Alcalde Mayor de Metepec e Ixtlahuacán, y que por diversos pleitos que ambos tuvieron, desean terminar y cancelar su relación de negocios, obligándose el citado don José de la Calle a pagarle la cantidad de 200 pesos.
Cardeña, DiegoJuana Díaz presentó ante Diego de Orduña, Teniente de Alcalde Mayor, como testigos de su causa a don Antonio de Meza, don Alonso Pérez, y a don Juan López Ruiz, los cuales declararon que sería de gran utilidad y provecho para Juana Díaz y los menores, el proseguir la compañía con Juan de Quiroz.
Córdoba, Gonzalo deLos miembros de la compañía de flota llamada los Cinco Gremios Mayores de Madrid, don Miguel de Goyeneche, don Juan de la Torre y don Francisco Ángel de Larabiedra, hacen mención del cargamento que tienen a su cargo, el cual consiste en sedarios, cajones, velas de tercios y demás, mismos que posteriormente serán llevados al mercado para su venta.
Cardeña, Miguel EustaquioDon Santiago Ruiz, natural de las Montañas de Santander, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, hijo de don Manuel Ruiz y de doña Antonia Abascal, difunto el primero y de la segunda lo ignora, otorga su testamento donde ordena se otorgue de donativo a Fernando VII, 2 000 pesos; de limosna para los pobres, enfermos e impedidos 300 pesos y 500 pesos se distribuyan entre las viudas necesitadas; 500 pesos deja al Hospital de San Sebastián de Veracruz para curar a los enfermos; encarga que a los dos meses de su muerte se de libertad a una esclava parda nombrada Dolores; declara tener 31 años y que contrajo matrimonio con doña María Trinidad Rubio, y él tenía de capital 25 000 pesos; declara tener compañía con don Manuel Martínez de Samperio; tiene una tienda de géneros y comestibles y otra de ropa, ambas en la Nueva Veracruz; incluye otras disposiciones. Nombra como albacea a su esposa, a don Juan y don Manuel Ruiz, sus hermanos y a su socio Manuel Martínez, deja como heredera en las dos terceras partes a su madre y si esta faltase, entonces a sus cuatro hermanos y en el remanente de sus bienes a su esposa.
Cardeña, Juan FranciscoMarcos de San Juan y Vera, residente en esta villa de Córdoba y natural de la Gran Canaria, hijo legítimo de Sebastián de Diepa de Vera y de María Gutiérrez Sedeño, difuntos, otorga su testamento en el que ordena que si llega a fallecer en esta villa se le den 10 pesos de limosna al convento del Señor San Antonio que se está construyendo. Declara ser soltero y no tener herederos forzosos. Dijo que hace un año once meses hizo compañía con Juan López de Febre, vecino de la Veracruz, para lo cual él puso 1 252 pesos en reales y dicho Juan López 821 pesos, a mitad de ganancias. Declara que el Alférez Francisco de Solís, vecino de la ciudad de los Ángeles, tiene en su poder 1 450 pesos en reales, más 90 pesos que le había de entregar Antonio Díaz, vecino de dicha ciudad, quien tiene tienda junto al mesón del Cristo. Declara haber dado a guardar a Gonzalo García de Aguilar, vecino de dicha ciudad, 500 pesos en reales. Asimismo, tiene en poder del dicho alférez un vestido con dos pesos de calzones de paño fino, botonaduras de hilo de oro y capote de carro de oro con vueltas de felpa, tres pares de medias usadas de diferentes colores, dos pares de calcetas ordinarias nuevas y un sombrero blanco usado de lana de vicuñas. Nombra como albacea y tenedor de sus bienes a Juan López de Febre y en esta villa de Córdoba a Benito Rendón, como albacea, y como heredero universal a Juan López de Febre, su paisano y amigo.
Sintra, Antonio deJuan José de Claudio, originario de Fuenterrabía en la provincia de Guipúzcoa, península española, hijo legítimo de don Pedro Pablo de Claudio y de doña Manuela Nicolasa Casa de Valle, difuntos, hallándose enfermo, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero de edad de veintiocho años y sin tener sucesión alguna. Declara que tiene establecida compañía de comercio con don José María Valdez del comercio de Veracruz. Declara que no debe nada a don Manuel Martínez de Samperio ni a la testamentaría de don Santiago Ruiz. Declara que le debe a don Juan Ruiz y a don Domingo Antonio Gutiérrez ambos del comercio de Veracruz, y encarga a su albacea se les satisfaga según sus cuentas. Declara que de sus bienes se manden decir cincuenta misas rezadas. Ordena a su albacea que saque de sus bienes 50 pesos para que los distribuya entre los pobres necesitados vecinos de Veracruz. Y en atención a no tener heredero forzoso nombra por su universal heredero a don Manuel Antonio Ruiz, vecino de Veracruz y residente actualmente en esta villa, y al mismo tiempo lo nombra por su albacea testamentario fideicomisario.
Arriaga, Juan Nepomuceno de