Doña Nicolasa Domínguez, viuda, y don Juan Martínez de Samperio, vecinos de esta Villa de Xalapa, dijeron que acordaron formar compañía particular de intereses por término de 3 años, desde el pasado 19 de septiembre, en que finalizó el balance y entrega de una tienda mestiza a Samperio, propia de dicha señora, situada en los bajos de la casa de su morada; convenio en el que ella participa con 12, 000 pesos, que es el valor de dicha tienda, y el segundo con su industria y trabajo personal, acordando como condiciones que correrá con la administración de dicha tienda, Samperio, comprometiéndose a que no comprará ni venderá cosa alguna a sujetos sospechosos, ni tratará géneros prohibidos, no podrá salir fiador de nadie, y otras condiciones más que se mencionan.
COMPAÑÍAS
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Don José Miguel de Iriarte y Lezeta y don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, vecinos de esta Villa, dueños de la Hacienda y Trapiche de San Cayetano, alias Pacho, en esta jurisdicción, en atención a que a fin de este año se concluye la compañía que tienen celebrada por dicha hacienda y trapiche y quedando como único dueño don José Miguel de Iriarte, otorgan poder a don Cristóbal Rendón, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en sus nombres cancele las escrituras de censo e hipotecas que de mancomún otorgaran ambos como dueños de dicha hacienda, obligando al primero y otorgando en nombre de este sólo las escrituras de obligación hipotecas y afecciones a que dicha finca, raíces, muebles y semovientes estén sujetas, dando por libre de ellas a don Joaquín de Cendoya.\t
Don Pedro Navarrete, don Gabriel Roso y don Mariano Roso, vecinos de esta Villa, declaran que están convenidos en la formación de una compañía particular de intereses que en razón de comercio han establecido por el término de 5 años, desde el 1 de septiembre del presente año, en que finalizó el balance y entrega de una tienda mestiza propiedad de don Pedro Navarrete, contribuyendo éste con 16 575 pesos 5 y cuartilla reales, valor de los efectos y armazón de la tienda, y don Gabriel y don Mariano su industria y trabajo personal con constante asistencia y esmero al mostrador, y en acuerdo y conformidad proceden a declarar las condiciones y circunstancias en que debe funcionar la expresada compañía, las cuales se mencionan en esta escritura.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que en compañía de don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta compró una hacienda nombrada San Cayetano, alias Pacho, el 27 de julio de 1782, desde cuyo tiempo la han poseído en compañía y la han gravado a varias partidas, y por cuanto don Joaquín de Cendoya se ha separado enteramente de dicha compañía, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón, vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que en nombre del otorgante y como dueño absoluto de la enunciada hacienda y trapiche, se tome razón de las escrituras que por la compañía se otorgaron de censos, con hipoteca de dicha hacienda, para que halla en ellas la debida constancia, tanto en las escrituras como en los libros de anotador, de que el otorgante es solo el censuatario y dueño de la expresada finca.\t
Doña Josefa Díaz Mier, doña Antonia Díaz Mier y doña Mariana Díaz Mier, doncellas, vecinas de Jalapa, declaran que el 1 de octubre de 1784 celebraron, con asistencia de su difunto hermano, el Presbítero Juan Bernardo Díaz Mier, quienes pusieron la hacienda El Lencero y don Juan Antonio Gómez de Guevara, su industria, trabajo y habilitación pero sobre los aprovechamientos han tenido varias diferencias, hasta que habiendo liquidado las cuentas con intervención de expertos que resultaron alcanzadas por el dicho Juan Antonio en 12, 238 pesos, 5 y 1 octavo reales, con cuya liquidación quedó disuelta la compañía, entregándole las escrituras de la hacienda llamada El Lencero en calidad de arrendamiento por 5 años, y cuya deuda se obligan a liquidar a los 6 meses de haber fenecido el arrendamiento.
Don José de Velasco, del Comercio de España y residente en Jalapa, y don Antonio Miguel Barradas, vecino de este pueblo, quienes hicieron compañía en una tienda de géneros y efectos ubicada en la calle de Belén, otorgan que escrituran la carta de compañía en la citada tienda, obligándose a cumplir las cláusulas dispuestas en dicho contrato y que se suscriben aquí en 14 cláusulas.
Don José Manuel de Alba, vecino de Jalapa, solicita la cancelación de dos escrituras por las cantidades de 2, 221 pesos la primera y al segunda por 3, 324 pesos y 6 reales, los cuales ha recibido de don Antonio Agustín Trianes y su compañía titulada, “Manuel Rivero e hijos”, el cual se obligó a pagarlas a riesgo de mar a don José Miguel de Iriarte y Lezeta, dando por rotas, nulas y canceladas las anteriores escrituras.
Don Manuel Bellido, vecino de este pueblo, y don José Alonso Bonilla, vecino de Coatepec, otorgan que hacen compañía de una tienda mestiza, misma que dicho Bonilla tiene deteriorada, y para cuyo fomento dicho Bellido le ha entregado 2000 pesos en géneros y frutos de Europa; por lo que ambos convinieron lo siguiente: Bonilla, pondrá su trabajo personal y todos los intereses presentes y futuros con los que le rinda la recaudación de las alcabalas, y con la calidad de mantener en pie el capital de dicho Bellido. Compañía que tienen hecha desde el 11 de agosto del presente año.
Don Luis Antonio Ortiz de Zárate, vecino del pueblo de Jalapa, junto con don Antonio Rincón, vecino del pueblo de Perote, otorgan que hacen compañía para una tienda de mercaderías y comestibles, obligándose a cumplir las nueve condiciones que se imponen uno al otro.
Andrés Solano y [Gonzalo] Pérez Gallego, dijeron que entre ellos han concertado hacer compañía en razón de un edificio de molino, por cierta cantidad de pesos de oro.\n