Francisco de Ávila, dueño de sus carros, vecino de la ciudad de México, residente en este pueblo se obligó a pagar al Padre Fray Francisco Moreno, de la Orden de San Francisco, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición y de la Casa Santa de Jerusalén, en la provincia de Zacatecas, o a Domingo de Barainca, vecino de la ciudad de México, Síndico General de la Provincia del Santo Evangelio de la Orden de San Francisco, 402 pesos y 2 tomines de oro común que restan de 1 153 pesos y 2 tomines, valor de 565 quintales de greta que llevó del reino de León y vendió en el Real del Parral, descontado el flete de 277 pesos, para de la fecha de esta carta en un mes, en la ciudad de México.
COMISARIOS DEL SANTO OFICIO DE LA INQUISICIÓN
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El Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino, otorga poder general al Licenciado don Francisco de Rivadeneira, Clérigo de menores órdenes y vecino de la ciudad de los Ángeles, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles que al presente tiene o en adelante tuviere con cualesquiera personas. Para lo cual haga pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas, embargos, remates de bienes, presente testigos, autos y diligencias que judicial o extrajudicialmente convengan que para lo dicho se le da éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar y jurar.
Sem títuloEl Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del [Santo] Tribunal de la Inquisición de este reino, otorga poder general al Señor Licenciado don Juan Gaspar Zorrilla de San Martín, Alcalde de esta villa, y a don Simón Santander y Rada, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan en el Real y Supremo Consejo de la Indias y ante cualesquier otros tribunales de los fueros eclesiásticos y seculares, donde pidan las mercedes que por sus cartas misivas se contienen, para lo cual hagan pedimentos, requerimientos, suplicas, memoriales y demás recados que conduzcan a dicha pretensión y para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración y facultad de jurar y sustituir.
Sem títuloPor una parte, don Pedro Mártir Caballero, residente en esta villa, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles; y por la otra, los vecinos y dueños de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, el Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, y el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbíteros; los Capitanes don Pedro López del Castrillo y don Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcaldes Ordinarios por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alcalde Ordinario, el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor, Diego Valero Grajeda, don Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, don Alonso López de Sagade Bugueiro, don Manuel Gómez Dávila [roto] don Manuel de Rosas [roto], Juan de los Santos Cubillos [roto], en voz y caución se obligan de mancomún a pagar a Pedro Mártir Caballero la cantidad de pesos que a cada uno se le ha rateado para el cumplimiento de 4 000 pesos, de que a mayor abundamiento se dan por entregados.
El Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero vecino de esta villa y Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en esta villa, dijo que hoy día de la fecha como mejor postor se le remató la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, que quedó por bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto en esta jurisdicción, en cantidad de 25 000 pesos, los 15 635 pesos de contado a favor de diferentes acreedores, capellanías y censos y el resto en dos años de hueco y después a 2 000 pesos anuales. Declara que la hacienda pertenece al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, su hermano, vecino y Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, para quien la ha sacado y comprado con su propio dinero, y si por dicho remate a adquirido el otorgante algún derecho, lo transfiere en su hermano, sus herederos y sucesores.
Sem títuloEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], Comisario de la Santa Inquisición, otorga que vende a Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una hacienda de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta villa, que linda por una parte con el camino real que va de la Nueva ciudad de la Veracruz al pueblo de Orizaba; por otra, “por la linde” de las tierras de Fernando [Ventura de] Rivadeneira, y también por la estancia de labor llamada Acatengo; asimismo, por una cañada que baja del rincón de Millán hasta el río que pasa por la barranca de Chocamán. La hacienda se compone de una casa de calderas, un asoleadero, varios jacales; trece mulas, dos mulas de silla, treinta y un mulas de tiro; dos mesas de madera; veinticinco esclavos; 31 suertes de caña dulce; y otros artículos que se mencionan en la escritura. La venta la realiza por 24 000 pesos de oro común, que por su valor y compra el dicho Baltazar o sus fiadores han de pagar en la manera siguiente: 4 000 pesos de ellos en todo el mes de enero de 1683; 4 000 pesos para el mes de enero de 1684; 2 000 pesos de oro común para el mes de enero de 1685; y los 14 000 restantes han de quedar impuestos y cargados a censo redimible.
Sem títuloEl Licenciado don Pedro Suárez de Zúñiga y Sousa [Suárez de Sousa y Zúñiga], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, Comisario de los Santos Tribunales de la Inquisición y Cruzada, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de las ciudad de México, para que en su nombre cobre de los bienes, albaceas y herederos de don Alonso Arias de Rivadeneyra [Rivadeneira], difunto, vecino que fue de dicha ciudad, los pesos de oro que haya cobrado el susodicho de la Real Caja de México, como apoderado del otorgante, por razón de los que devengó por su salario de cura beneficiado que fue del partido de San Francisco Zongolica, desde el 1 de agosto de 1679 hasta finales de agosto de 1681, año en que tomó posesión del curato de esta villa y de Santiago Guatuzco [Huatusco], asimismo, reciba las Reales Provisiones y títulos de dichos dos beneficios y los demás instrumentos que para dicha cobranza remitió al difunto y paraban en su poder. Igualmente, otorga poder para que cobre y reciba de dicha Real Caja y de los señores jueces y oficiales reales de la Real Hacienda de esta Nueva España, los pesos de oro que le deben por su salario de cura beneficiado de esta villa y San Antonio Guatuzco [Huatusco].
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