Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de don Andrés Pibot de Ávila y de doña Inés María de Herrera y Tapia Ovalle y Molina, difuntos; y doña Josefa María del Castillo de Altra, su mujer, natural de esta villa e hija de don Hipólito del Castillo de Altra, natural de la puebla de los Ángeles, y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, natural de la ciudad de Tehuacán, difunta. Ambos de mancomún y lo que a cada uno toca, otorgan su testamento en la manera siguiente: Mandan que sus cuerpos sean sepultados en el convento del Señor San Antonio de Descalzos del Señor San Francisco sita en esta villa, delante o al pie del altar de Nuestra Señora de los Dolores y para ello tienen patente del Reverendo Padre Fray Antonio Gamón, de la provincia de San Diego de esta Nueva España. Declaran son patronos del convento de Nuestra Señora de la Merced Redención de Cautivos y de ello tienen patente para que se les sepulte en el convento, con mortaja del hábito y cuerda del Señor San Francisco. Señalan estar casados y a cuyo matrimonio don Francisco Pibot llevó por propio caudal la cantidad de 7 000 pesos en esclavos, reales, frutos y dependencias de caudal del que no hizo inventario, y doña Josefa María del Castillo de Altra llevó por bienes dotales 2 758 pesos que fue lo que le tocó de la parte materna, y el dicho su marido la dotó en cantidad de 1 500 pesos; y de dicho matrimonio han procreado a Joaquín Antonio Francisco Pibot Tapia del Castillo y Monge. Declaran tienen una memoria que consta de 40 fojas, mandan que se ejecuten las cláusulas ahí contenidas como si fueren insertas a la letra en este testamento. Francisco, declaró que en la ciudad de Sevilla tiene distintos derechos y acciones de lo que tiene escrita algunas cartas y enviado poder y hecho otras diligencias, especialmente en el testamento de doña Agustina de Tapia y Galarza, su abuela, que constan en papeles en los que manda a sus albaceas y herederos hagan las diligencias pertinentes hasta que se les paguen dichos derechos. Ambos declaran que son esclavos de la Virgen María y en señal de su esclavitud tienen su cadena en el brazo derecho, y es su voluntad que los entierren con ellas. Nombran por sus albaceas para lo tocante en esta villa y fuera de ella al Reverendo Padre Predicador Fray Pedro Prieto, al Licenciado Nicolás de la Torre y Mena, a don Gaspar Rendón, a don Juan del Castilllo de Altra, su hermano; y para las del pueblo de Cosamaluapam [Cosamaloapan] y tierra caliente a don Francisco de los Santos, y asimismo, ambos Francisco Pibot y doña Josefa María del Castillo, mutuamente se dan poder y facultad para que el que quedare vivo ejecute lo que a cada uno corresponda. Mandan que sus bienes se vendan en almoneda, sin pedir licencia a los jueces para que no se pierda tiempo y no se devalúen. Nombran por heredero al citado Joaquín Antonio Francisco Pibot y Tapia Castillo y Monge y en caso de que llegase a morir en la edad pupilar, pasaría a ser heredera Josefa María del Castillo, y por su falta al síndico que es o fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba para que adorne la iglesia del convento, y de lo que sobrare se aplique en la fábrica de terceros para la fábrica de su colateral. Y Josefa, nombró por heredero a su hijo y por su muerte a Hipólito del Castillo de Altra, dejando en la parte del tercio a don Francisco de Pibot y en caso de que fallezca Hipólito antes que ella, entonces su parte pasaría a poder de Francisco Pibot, y por fallecimiento de éste, a su hijo. Manda que en caso de que llegase a sobrar algo de lo que a ella corresponde, se ponga a renta para la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento del Señor San Antonio para que con sus réditos se repartan limosnas a los pobres vergonzantes. Usando de la patria potestad, ambos se nombran por tutor, curador y administrador de su hijo, y revocan y anulan cualquier testamento, poder y otras disposiciones.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOCOLATERALES
3 Descripción archivística resultados para COLATERALES
Urbano Felipe de la Peña y Miguel Flores, vecinos de esta villa de Córdoba, maestros de las artes de ensamblador, dijeron que por cuanto están convenidos con el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, mayordomo de la cofradía del Glorioso Patriarca Señor San José, sita en la iglesia parroquial de esta villa, en hacer un colateral para su altar de dos cuerpos y su remate según como está en el mapa que para en poder del susodicho, bajos las condiciones siguientes: Primeramente dicho colateral lo han de terminar en once meses, acabado en blanco, sin lienzos, en precio de 1 550 pesos que les ha de pagar el mayordomo don Nicolás Rodríguez. Segundo, es condición que don Nicolás Rodríguez dará todos los reales que se le pidieren para cortar las maderas y comprarlas para el colateral. Tercero, es condición que durante el tiempo de la obra el mayordomo dará 8 pesos cada sábado para los alimentos de los oficiales que trabajarán en él, asimismo pagará lo que ganaren a cada uno. Cuarto, es condición de que, si terminan el colateral antes de los once meses y puesto en el altar, se les ha de pagar de contado la cantidad que restare. Por tanto, se obligan a fabricar el colateral bajo las condiciones citadas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, vecino de ella y natural de la villa de Lepe, en los reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carvajal, difuntos, vecinos que fueron de villa de Lepe, otorga su testamento en la siguiente manera: Pide ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, delante de la última grada del altar del Señor San José. Ordena que sus albaceas y herederos tengan especial cuidado en mandar a decir una misa cantada, cada año, al Señor San Roque, en las condiciones que se mencionan. Manda se saquen de sus bienes lo que importe la manufactura de una vidriera, que se pondrá en todo el círculo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, de la iglesia parroquial de esta villa. Es su voluntad se impongan 1 000 pesos de oro común sobre su hacienda de fabricar azúcar, nombrada Nuestra Señora de la Concepción, la cual tiene otros 1 000 pesos a censo principal redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán de la jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y hagan la dicha imposición a favor del aceite de la lámpara del glorioso San José, de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que, del remanente del quinto de sus bienes, se saquen 500 pesos y con ellos se haga un colateral al Glorioso Señor San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Ana, pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín, que éste ha de ser de bulto, en la iglesia parroquial de esta villa. Declara por bienes la casa de su morada en la calle Real y dos solares en esta villa; la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que está en el paraje que llaman las [Palmillas], jurisdicción de esta villa, que hubo y compró de Pedro García de Meza, con 4 caballería de tierra y que hoy se haya con 8 y media. Declara que su primer matrimonio fue con doña Juliana de Contreras y Cid, difunta, quien llevó por dote 200 pesos y él tenía 100 pesos, en cuyo matrimonio procrearon a José de Carvajal y Contreras, de dieciséis años; a doña Manuela, de nueve; a María, de dieciocho; a Gertrudis, de ocho; y Ana Francisca, de cinco. Asimismo, declara contrajo segundas nupcias con doña Gertrudis Jaimes Navarro, quien tenía en poder del Capitán don Diego Dávila Barrientos, su tío, 430 pesos de la obra pía que dejó el difunto Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero, y por haber fallecido dicho capitán no los ha percibido. También, dijo que él le mando a su mujer, Gertrudis Jaimes, en arras proter nuptias 1 000 pesos en reales; una negra nombrada Catalina de veinticuatro años, mujer de Santiago, negro arata; y unos sarcillos de oro y perlas. Y durante dicho matrimonio han procreado como hija legítima a María Teresa, de diez meses. Nombra como albaceas a Gertrudis Jaimes Navarro, su legítima mujer, a José de Carvajal, su hijo, y al Capitán Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario por Su Majestad; y por tenedora de bienes a la dicha Gertrudis Jaimes Navarro. Finalmente, nombra por sus herederos a todos sus hijos del primer y segundo matrimonio y por tutora y curadora ad bona a Gertrudis Jaimes Navarro.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO