Don Martín Romero, vecino del pueblo de Jalapa, vende al Licenciado Antonio Dionisio Vázquez, Cura de la Doctrina de Coatepec, un mulato nombrado Manuel de Guadalupe, de 22 años poco más o menos, que compró de Bartolomé Hernández, vecino de la Puebla, el 18 de julio de 1708, cuyo esclavo se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación sin asegurarlo de tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta en 196 pesos de oro común que se de por recibido.
COATEPEC, DOCTRINA DE
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Don Agustín Díaz de la Cueva, vecino del pueblo de Coatepec de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo del Aguila, vecino de Puebla, para que en su representación parezca ante los señores jueces hacedores y concertadores del Cofre y Maza General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles o ante con quien derecho deba y haga por el tiempo, cantidad, calidades y condiciones las posturas, pujas y mejoras que le pareciere al nuevo arrendamiento de los diezmos caseros de naturales y de razón de esta doctrina o ramo de Jalapa y Coatepec, que se ha sacado al pregón para su remate.
José Matías Antonio Maldonado, natural de Naolinco y vecino de las rancherías de Los Dos Cerros en la doctrina de Coatepec, hijo legítimo de Roberto Maldonado y de Leonarda de Orduña, otorga poder a su esposa Basilia Antonia y en segundo lugar a don Francisco Martínez Gordillo, para que ordenen su testamento en donde declara ser casado con la dicha Basilia con la que tuvo una hija nombrada María del Rosario, nombra como albaceas a su esposa y a su compadre don Francisco Martínez Gordillo, como su heredera nombra a su hija y como su tutora y curadora ad bona y tenedora de su persona y bienes nombra a su madre y por curador a su padrino. Declara que Declara que sus deudas, derechos y acciones lo saben sus albaceas.
El Licenciado José Castro Caballero, Cura, Vicario y juez eclesiástico del pueblo y Doctrina de Coatepec, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Pedro Verdes Montenegro, Maestre de plata que fue de la flota que últimamente regreso para España al mando de don Luis de Córdoba, para que parezca ante el Rey Nuestro Señor y en sus Reales y Supremos Consejos de Castilla e Indias y pida se sirva honrarle con las mercedes que merezca en atención a sus méritos y servicios.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de dicho pueblo, para que lo obligue como principal fiador y pagador de los diezmos de esta doctrina y Coatepec, los cuales pagará en los tiempos y plazos que le indiquen.
Don Antonio Vázquez Ruiz, dueño de una hacienda de labor en la jurisdicción de Jalapa, de donde es vecino, otorga poder especial a don Clemente de Lafragua, vecino de la Ciudad de Puebla, a través del cual se obliga como principal deudor y fiador a favor del arrendamiento de los diezmos de las doctrinas de Jalapa y Coatepec, que han recaído sobre don Miguel Cardeña, vecino en este pueblo de Jalapa.
Don José Zavalza, Presbítero, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que como Administrador de la Catedral de la Puebla para la recaudación de los diezmos de semillas, ganados, mestas, caseros y de naturales del partido de Jalapa y Coatepec, otorga que se obliga a practicar fielmente dicha administración, dando cuenta anual por pago cumplido, hará cuantas diligencias sean necesarias al arreglo de dicha administración, ofreciendo por sus fiadores a don Lino Carasa Jiménez y a don Miguel de Arieta, del Comercio de España y vecinos de Jalapa, quienes se constituyen pagadores de 1, 000 pesos.
Doña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecina de este suelo, otorga poder especial al Capitán don José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que representando su persona como tal albacea, pueda tomar a réditos de los Juzgados Eclesiásticos de aquella ciudad, la cantidad de 6 000 pesos a depósito irregular por el término de cinco años y réditos corriente de un 5 por ciento anual, cargando ese capital sobre la hacienda nombrada Zimpizahua, sita en jurisdicción de esta villa y doctrina de San Jerónimo Coatepec.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOEl Presbítero José María Rubín de Celis, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de la Doctrina de Coatepec, hijo legítimo de don Juan Ignacio Rubín de Celis y de doña María Josefa Arrieta, difunto el primero; otorga poder para testar al Presbítero Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, para que después de sus días y con arreglo a los comunicados que le tiene hechos, haga y ordene sus testamento, conforme a los bienes que tiene, a saber: una casa en el pueblo de Coatepec, una parte que le corresponde de la hacienda de fabricar azúcar nombrada Tuzamapan, a resultas de la compañía que ha tenido con don Joaquín de Gorozpe. Asimismo lo nombra su albacea y nombra como heredera a su madre.
Don Javier Arias, hacendado de este partido, otorga se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, la cantidad de 5 099 pesos 2 reales 3 y 3 cuartos granos en tres plazos con sus réditos correspondientes a razón de un 6 por ciento anual, cuya cantidad es la misma que en liquidación de cuentas con don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, como apoderado de don Pedro Paredes y Serna, le sale debiendo a este señor hasta fin de marzo pasado, por resto de una mulada que le vendió, por una deuda que se obligó a pagar por don Carlos Hernández Viamonte y por premios de esas partidas. Y para seguridad hipoteca su hacienda de Zimpizahua, ubicada en la doctrina de Coatepec.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO