El señor Nicolás Juan Bautista Froger, de esta vecindad y comercio, dijo que su esposa madama Rosa María Vatri, llevó al matrimonio 5 000 pesos de capital, y él tenía igual cantidad, las cuales han logrado incrementar. Actualmente, él tiene que viajar a Francia, dejando una tienda de quinquillera con principal de 5 000 pesos, situada en la calle Principal de esta misma ciudad, esquina del callejón del Diamante, que cede a su esposa para que la administre. Tienda que esta apreciada en 7 000 pesos, quedando integrada de los 5 000 pesos que su esposa llevó al matrimonio, más los 2 000 pesos por el lucro que ha habido hasta la fecha, se la entrega junto con los muebles de casa y toda la ropa. Declara que dicha tienda no tiene deudas y su esposa podrá disponer como si fuera dueña absoluta y aunque el otorgante se encuentre ausente o presente, éste no podrá reclamar cosa alguna y porque los 5 000 pesos que él aportó al matrimonio, éste se los lleva a su viaje, más otros 2 000 pesos y las cuentas activas que ha de cobrar.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOCESIONES
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Don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad, dijo que doña María Ignacia Domínguez en la disposición que falleció instituyó por sus herederos al comparente, a doña María de Jesús Domínguez y a doña Joaquina Marín, para que por iguales partes llevasen para sí una casa perteneciente a dicha finada, ubicada en la calle principal del pueblo de Naolinco de este cantón. Que no siéndole ventajoso al relacionante permanecer ligado en dicha casa ha convenido con don José Joaquín Domínguez y Agudo, vecino del propio pueblo, cederle la acción de la expresada herencia en cantidad de 200 pesos para que cuando llegue el caso del que se verifique la partición por adjudicación o venta que se haga de la finca, tome para sí la tercera parte que es la que le corresponde al otorgante. Y reduciendo a efecto, el nominado don José María Rodríguez Roa confiesa haber recibido de don José Joaquín Domínguez y Agudo y otorga que hace cesión de todas sus acciones reales con respecto a la explicada herencia en favor del relacionado don José Joaquín Domínguez y Agudo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO