Doña María Josefa Atenas de Bobadilla, residente en esta Villa, mujer y conjunta persona de don Sebastián Fernández de Bobadilla, otorga poder especial a su citado marido, para que en su representación, solicite a censo perpetuo o a depósito irregular la cantidad de 6 000 pesos, ya sea por término indeterminado, por el de 5 años, o por más tiempo con consentimiento del capitalista y suyo, el cual saque de cualquier persona particular, cofre o fondos de capellanías u obras pías, por lo cual otorgue la correspondiente escritura de obligación, e hipoteca una de las cinco casas que ella posee en la nueva Veracruz, por lo que se le da este sin limitación alguna.\t
CENSOS
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Don Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, vende a favor de don Juan Manuel Allen, de este comercio y vecindad, dos casas contiguas ubicadas en la Calle Nueva u Otomana, una alta y la otra baja, la primera se compone de 16 cuartas varas de frente y ambas de 43 y media de fondo, las dos hacen frente hacia el norte, dicha calle en medio, y del otro lado casa esquina del difunto don Juan Antonio Figueiras y boca del Callejón del Síndico Ulloa, que va para el aguaje del Xallitic. Por su fondo, al sur, lindan con el callejón que llaman de Quiñones y del otro lado casa del finado don Antonio Guillén y de don Pedro del Puerto Vicario; por el costado del oriente hace la alta otro frente y esquina con el Callejón de San Vicente, que baja de la Calle Real, y del otro lado casa de doña Rita Casimira Morales [Ortiz de Zárate]; y por el costado del poniente linda la baja con el de la casa de don Mariano Ladrón de Guevara. La vende en 5 500 pesos, de los cuales 1 382 pesos reconocerá sobre la misma finca a censo redimible de un 5% anual de la manera siguiente: 38 pesos y 5 reales en la casa alta a favor de doña María Antonia [de] Ugarte y doña Ana María [de] Bañares, su hija; 543 pesos 4 reales sobre la casa baja a favor de las susodichas Ugarte y Bañares, con cuyo gravamen las compró; y los 800 restantes a favor de los hijos menores de don José Valero y de doña Rafaela Hernández, que los situó en ellas el otorgante por escritura de 11 de abril de 1815.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, como diputado patrono de la capilla de San Ignacio de Loyola, de esta Iglesia Parroquial, otorga que cede y traspasa a la fábrica de la misma parroquia, o en su representación al mayordomo, el Presbítero don Juan Nepomuceno Ulloa, la cantidad de 203 pesos y 5 reales, en el valor o parte de los 462 pesos y 6 reales, que le debe y le reconoce a premio corriente don José Joaquín González de Ortega.
Don Manuel María Carasa y don Juan Francisco Carasa, hermanos, declaran que compraron a su padre, don Lino Carasa Jiménez, la hacienda de fabricar azúcar nombrada Almolonga y rancho de Santa Cruz, que le es anexo, en 41 800 pesos, de los cuales 1 800 pesos pertenecen a dos obras pías del Convento de San Francisco de esta Villa, y los 40 000 pesos restantes se obligaron a reconocerlos a favor del vendedor a censo redimible y con causa de réditos de 5% anual por el término de 5 años con especial hipoteca de dicha finca, de cuya propiedad establecieron una compañía particular a partir del 31 de diciembre de 1806, de la que ahora hacen disolución, habiendo entregado don Manuel María a su hermano don Juan Francisco por liquidación de ella el importe en que se han convenido de la mitad de utilidades que se considera ha habido en la hacienda, por lo que don Juan Francisco se da por entregado y satisfecho de la parte de utilidades que le corresponden, quedando como dueño absoluto de la finca don Manuel María Carasa.
Don José María Becerra, de esta vecindad, dijo que su hijo don José María Luciano Becerra, residente en Puebla de los Ángeles, donde sigue carrera de estudios y tratando de ordenarse, pero careciendo de capellanía con que poderlo hacer; otorga que impone y perpetúa, la cantidad de 3 000 pesos de moneda efectiva a buena cuenta de lo que pueda pertenecerle de sus legítimas paterna y materna a su citado hijo, asistiendo a éste anualmente o en tercios corridos con el acostumbrado premio de 5 %, señalando por hipoteca para la fundación de este capital, una casa de cal y piedra, ubicada en esta Villa, misma que señala no venderá ni cambiará mientras no esté cubierto el capital.\t
Don Diego Leño, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Xalapa, dueño de la Hacienda nombrada Lucas Martín, otorga que reconoce de su hermana política doña Ana María Vázquez Ruiz, la cantidad de 8 100 pesos a censo redimible, con hipoteca de la citada su hacienda, sin causa de réditos, por hallarse dicha su hermana, viviendo en su casa; pero como doña Ana está próxima a separarse de la casa del compareciente, es indispensable que del principal adeude sus correspondientes premios de un 5 % en cada un año, en cuya virtud se obliga a reconocerlo sobre la misma hacienda, por vía de depósito irregular, por el término de 5 años, plazo en que se entregará el principal, y que deberán contarse desde la fecha de su salida.
El Presbítero don José Estefanía de Tejada, Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa, natural de la Nueva Veracruz, de 35 años de edad, hijo legítimo de don José Estefanía de Tejada y de doña Ignacia Gómez de Figueroa, difunta, otorga su testamento y declara por bienes la cantidad de 2 057 pesos y 45 granos que tiene impuestos a censo redimible, con sus 5 % anual, en poder de don Miguel Ignacio de Miranda, del comercio de la Nueva Veracruz, sobre una casa de edificio alto y bajo; otros 50 pesos en oro y artículos de valor que existen en su poder. Nombra albacea a su hermano el Presbítero don Eduardo José Estefanía de Tejada, para que entre en sus bienes; y del remanente que quedare líquido, deducidos los gastos de su enfermedad y entierro, nombra heredero al citado su padre de las dos terceras partes, y de la tercera restante, se dividirá en dos, la primera para sufragios por su alma, y la segunda para el citado su hermano.\t
Don Diego Leño, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, dueño de la Hacienda Lucas Martín, se constituye fiador de don Santiago Ruiz, vecino del pueblo de Perote, por la cantidad de 2,000 pesos que se obligó a reconocer a censo redimible, los que percibió de don José Govantes de Ledezma, Tesorero del Castillo y Real Fortaleza de Perote, cuyo principal pertenece a los menores sobrinos y herederos de don Juan Manuel Gómez y doña Rosa Ferto.
Don Antonio Guillén, vecino y del comercio de esta villa, vende a don Manuel Hidalgo, de esta propia vecindad, una casa con solar de 37 y media varas de frente y 33 y media de fondo, hace frente al oriente con calle que de la Laguna baja para los Berros y del otro lado tenería y tierras de la virgen; por el norte con tierras de la virgen; por el poniente con las mismas tierras y más propiamente de su cofradía; y por el sur con una callejuela que de la calle del cuartel sale a la tenería. La vende en 1500 pesos, de los cuales 1000 pesos quedan cargados sobre la casa a censo redimible a favor del vendedor.\t
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, vende al Presbítero don José Mariano González de Castro, de esta vecindad, un par de casas contiguas, una chica de altos y bajos y otra baja, ubicadas en la calle de Belén, haciendo esquina la baja con el callejón que llaman de Quiñones. Cuyas casas están gravadas con 2 500 pesos que ha de reconocer el comprador con causas de réditos del 5 % a favor del Ministro de Escuela de enseñanza de niños pobres de esta villa. La vende en 9 000 pesos incluso los 2 500 pesos.\t