CENSOS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0065 · Unidad documental simple · 1707/05/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana Rodríguez Romano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea testamentaria y heredera, nombrada por tal en el poder para testar que otorgaron el uno al otro, dijo que por una de las cláusulas de dicho poder para testar el citado su marido ordena y manda que era su voluntad que después de fallecido se impusiera una capellanía de sus bienes y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos de cada año se diga la misa de once en la iglesia parroquial de esta villa, que para ello se sacaran de sus bienes 3 000 pesos para imponer a censo redimible de principal en finca segura y con sus réditos se digan las misas. Asimismo, le comunicó el susodicho difunto que era su voluntad que la capellanía fuere de 4 000 pesos, los 3 000 dejaba señalados por dicho poder para testar y los 1 000 pesos que había de aumentar de sus bienes. También dijo que el principal se pretende fundar y cargar sobre dos casas bajas de piedra y madera con valor de 2 305 pesos y 5 reales; también sobre la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor Santiago y Señor San Miguel, con todo lo que le pertenece, y una casa de piedra y madera de que es dueño don Miguel Valero Grajeda, por 2 000 pesos que el susodicho quedó debiendo a Benito Rendón. Por lo cual y en virtud de dicha cláusula, otorga que instituye y funda la capellanía con la dote de misas, capellanes propietarios e interinos, patronos y con las cláusulas y condiciones siguientes: Lo primero, dota la capellanía con el principal de 4 000 pesos, que aplica en el valor de 2 000 de las dos casas referidas y los otros 2 000 pesos sobre la hacienda Señor Santiago y Señor San Miguel y la casa de don Miguel Valero Grajeda. Nombra por primer capellán propietario de la capellanía a Juan de Soto Noguera, que será de edad diez años, hijo legítimo del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y Tomasa Rodríguez Romano, su hermana, difuntos, dicho su sobrino se ha criado en casa de don Luis Martínez de Figueroa; por segundo capellán nombra a José Francisco de Zúñiga [roto], hijo legítimo de Domingo Zúñiga, difunto, y de Inés Valladares; y en tercero a José de Figueroa, hijo legítimo de don Luis Martínez de Figueroa y de Gertrudis de Soto Noguera, su sobrina. Se autonombra como primera patrona de la dicha capellanía y para después de sus días nombra por patrón a José Rodríguez Romano, su hermano, y por fallecimiento a Pedro Rodríguez Romano, asimismo su hermano. Y usando de su facultad nombra por capellán interino de esta capellanía al Bachiller don Manuel de Prado, Presbítero, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, para que diga las misas y lleve la renta de los 200 pesos que le corresponden, a razón de 22 reales cada una de dichas misas que ha de decir el dicho capellán interino. Por último, dijo que es su voluntad y también fue la de su marido, que su principal dote no se pueda convertir en otra obra pía.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0097 · Unidad documental simple · 1707/07/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan de Miranda y Leiva, vecino que fue de esta villa, otorgó escritura de venta a favor de Pedro García de Meza, su suegro, vecinos que fueron de esta villa, de una hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción en el paraje que llaman la Piedra Gorda, en cantidad 5 000 pesos, los 1 300 que quedaron impuestos a censo redimible sobre dicha hacienda, otros 1 000 a favor de don José Gómez Dávila y los 300 a favor de los herederos de doña Ana González de Velilla Blanco y la restante cantidad [roto] a diferentes plazos. Asimismo, declara que por remate público le fue otorgada la citada hacienda con el cargo de dichos censos y los 1 000 pesos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes que quedaron del Regidor don José Gómez Dávila, los cuales le tocaron a la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, cuyos réditos ha pagado a don Juan Gómez Dávila, tío de la dicha religiosa y albacea que fue del difunto. Por otra parte, señala que Juan Gómez Dávila le ha solicitado otorgue reconocimiento del censo, por lo que en aquella vía y forma otorga que reconoce como dueño de los 1 000 pesos a la Madre Catalina de San José y se obliga de pagar los réditos desde hoy día de la fecha.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0171 · Unidad documental simple · 1707/03/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juana Rodríguez Romano, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Pedro Rodríguez y de Ana Martínez Romano, sus padres difuntos, estando enferma en cama en su libre y entero juicio, dijo que por cuanto tiene comunicado su voluntad con Benito Caravallo, Antonio Estévez y Francisco Estévez y de ellos ha tenido mucha satisfacción, confiada de sus celos y buen obrar, otorga poder especial a los susodichos, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento en la manera que les tiene comunicado. Declara que fue casada con Benito Rendón, difunto, vecino que fue de esta villa, durante su matrimonio no tuvieron hijos. Ítem, tiene comunicado a sus albaceas se impongan dos capellanías, una para las seis misas del Santísimo Sacramento de la octava de Corpus y con su sermón, con el principal de 1 000 pesos; y la otra para la fiesta de los Dolores del Viernes de Ramos, con el principal de 300 pesos. Manda se impongan 200 pesos a censo para que de su rédito se diga cada año una misa cantada a Santa Bárbara. Ítem, manda se imponga 1 000 pesos a censo para que con sus réditos se costee el paso de Santo Entierro de Santo Cristo el Viernes Santo de cada año. Ítem manda se den de sus bienes 300 pesos a su sobrina Inés Valladares, por el amor que le tiene; otros 200 pesos a Ana Margarita, niña que han criado en su casa y compañía por el amor que le tiene; 400 pesos a su hermana Gertrudis Rodríguez Romano, por el cariño y amor que le tiene. Nombra por sus albaceas a Benito Caravallo, Antonio Estévez y Francisco Estévez.

              LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0001 · Unidad documental simple · 1707/03/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, registró una escritura de dotación e imposición de capellanía que [fundaron] el Capitán Diego de Altamirano y don Hipólito del Castillo de Altra, albaceas de don Gaspar del Monge y Mendoza, y de doña María Altamirano, su mujer difunta, de 3 000 pesos de principal, los cuales cargaron sobre una casa alta de piedra y madera que está en la plaza de esta villa y quedó por bienes de dichos difuntos, y por ellos un 5 por ciento de renta en cada año, con cargo de diez misas, nueve rezadas y la otra cantada los días de las festividades de Nuestra Señora la virgen María y la de los Tres Reyes. Nombraron por capellanes propietarios a don Juan del Castillo de Altra, hijo de don Hipólito, en segundo lugar, a don Hipólito del Castillo, su hermano, hijo de don Hipólito y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0002 · Unidad documental simple · 1707/04/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, registró una escritura de censo que cargó sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santiago y San Miguel, que está en esta jurisdicción, con todos sus aperos, casas, tierras, cañas y todo lo que le pertenece, de 1 900 pesos a favor de Benito Rendón, vecino que fue de esta villa, y por ellos un 5 por ciento. Dicha escritura de censo fue realizada el 22 de diciembre de 1703.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0022 · Unidad documental simple · 1716/11/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Olaso y Salgado, poderhabiente de la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de [ilegible] de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura otorgada por el Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, de traspaso de censo de 1 000 pesos de principal a favor de dicha religiosa, los cuales tenía sobre su casa que poseía en esta villa, y porque la tenía muy deteriorada y para tenerlos más asegurados los traspasó sobre su hacienda Santa Teresa y en el ínterin que no los redimiera se obligó y obligó a sus herederos a pagar sus réditos a la dicha Madre Catalina, y para que conste hace el presente registro. La escritura fue otorgada el 22 de mayo de este presente año.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0032 · Unidad documental simple · 1722/11/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero, Cura, Teniente de esta villa, registró una escritura de censo de 2 000 pesos de principal, el cual impuso y cargó José Hernández Navarro, vecino y mercader de esta villa, sobre su persona y sus bienes, especialmente sobre una casa y solar de vivienda baja, de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, con todo lo que le pertenece, ubicada en esta villa, la cual hace esquina y coge dos calles, la una que sale para el camino Real que va a la ciudad de la Veracruz y la otra que sale del convento de religiosos Descalzos del Señor San Diego advocación de San Antonio de esta villa para la cañada, que linda por una parte calle en medio con casa de Antonio Estévez, con otra casa y solar del citado José Hernández, que antes fue de Bernardo de Reina, por otra con solar del susodicho y por otra con calle en medio en la frontera con la iglesia parroquial de esta villa, en favor del Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de dicha ciudad, y se obligó el dicho José Hernández Navarro de pagarle al licenciado el principal de 2 000 pesos y sus réditos. La escritura de censo fue otorgada en 5 de octubre del presente año.

              SEBASTIÁN MARTÍN LOZANO Y PRIETO, ESCRIBANO DE SU MAJESTAD
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0035 · Unidad documental simple · 1723/06/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Cayetano de Solís, vecino de esta villa, registró una escritura de censo e imposición de una capellanía de misas rezadas que dicho otorgante como albacea y heredero de doña Gertrudis de Gatica, mujer que fue de don Francisco de Solís, Alguacil Mayor que fue de esta villa, impuso y cargó 3 000 pesos de oro común, principal dote de dicha capellanía, por el alma de la citada doña Gertrudis sobre unas casas de cal y canto cubiertas de madera y teja, ubicadas en esta villa, hacen esquina y cogen dos calles, la que sale de la iglesia del convento de San Antonio para el barrio que llaman la Lagunilla y la otra que va a la ermita de San Sebastián, que por una parte lindan con casas que fueron de Antonio Millán Quijada y hoy posee doña Sebastiana Cid, su mujer, y por otra casas del Capitán don Jerónimo de Acosta, Alcalde Ordinario actual de esta villa, y se obligó a pagar al capellán propietario de dicha capellanía y de los que en adelante lo fueren en todo tiempo. La escritura fue otorgada en 28 del presente mes y año.

              SEBASTIÁN MARTÍN LOZANO Y PRIETO, ESCRIBANO REAL Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0039 · Unidad documental simple · 1729/01/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Lucía Álvarez [roto], don Gaspar Rendón, difunto, y don Gregorio Rendón, albacea y uno de los herederos de dicho difunto, exhibió una escritura de una imposición de censo que otorgaron los susodichos de 4 000 pesos de principal a censo redimible a favor del Bachiller don Juan Esteban de la Vera, Clérigo de menores órdenes y vecino del pueblo de Quichula [Quechula] de la jurisdicción de Tepeaca, los cuales cargaron sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Nicolás Obispo Cuichapa que se compone de 27 caballerías de tierra en jurisdicción de esta villa, y para que conste se registró esta escritura en el libro del becerro.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0050 · Unidad documental simple · 1733/01/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Infantería española don José Mateos Navarro, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino y labrador en provincia de la ciudad de Tehuacán, registró una escritura otorgada por don Juan de Briones, dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Teresa y Panzacola, que se halla en esta jurisdicción, por la cual parece que dicho don Juan de Briones se obligó a pagar a dicho Capitán don Francisco de Meza y Mendoza 1 000 pesos de oro común, por los mismos que por hacerle buena obra le había prestado en reales de contado y para asegurar el pago hipotecó la dicha hacienda, la cual está grabada a 1 000 pesos de censo redimible en favor de la Reverenda Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles [roto].

              BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO