Domingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a Alonso Gómez Dávila, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre compre de fiado dos negras y un negro del armazón que está en el pueblo de Orizaba a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra, obligándolo a la paga y satisfacción del precio en que los comprare. Y para seguro de la deuda hipoteque los tres esclavos y la hacienda de trapiche que tiene en esta jurisdicción, declarando estar gravada con 640 pesos de censo principal.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALCENSOS
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Don Francisco Valero [de] Grageda [Grajeda], Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, dueño de un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], ubicado en la jurisdicción de esta villa, sobre el cual está cargado un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía de misas rezadas. Declara poseer caballería y media de tierras, por vía de arrendamiento, que pertenecen a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, cuyo valor íntegro es de 400 pesos en reales. Asimismo, dijo que después de un ajuste con el mayordomo de la cofradía le ha hecho alcance con 400 pesos en reales, que junto con el valor de las tierras suman 800 pesos. También señala haber acordado que dicha cantidad se imponga a censo sobre su trapiche, por lo tanto, carga e impone a censo al redimir y quitar los dichos 800 pesos de oro común en reales sobre su persona y bienes, especialmente sobre el dicho trapiche, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDoña María de Brito Lomelín, viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, vecina de esta villa de Córdoba, dueña de hacienda del beneficio de fabricar azúcar en su jurisdicción, otorga que vende a la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, en su nombre a Benito Rendón, su actual Mayordomo, 15 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año de los que corrieren desde hoy día hasta la redención del principal, los cuales impone a censo principal redimible sobre sus bienes, especialmente sobre la hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José Suchiatl], la cual se compone de 14 caballerías de tierra, con sus casas y viviendas, calderas, moliendas y de purgar, 17 suertes de caña dulce, esclavos y demás aperos. Dichos 15 pesos los vende a la cofradía por precio de 300 pesos de oro que Benito Rendón le ha entregado.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDoña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecino que fue de él, otorga que vende a don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, residente en este pueblo, 10 sitios de caballerías de tierra que tiene en la jurisdicción que llaman la hacienda de Mazapa, que linda por la parte del poniente con otros sitios nombrados Tlacomulco, viniendo para las puentes a donde está fundado el trapiche de don Lope Antonio de Iribas, vecino de la villa de Córdoba, con quien linda así por la parte del poniente como por la parte del sur, y por el oriente corriendo los demás sitios que pertenecen a don Gonzalo Francisco de Cervantes, como por la del norte van a lindar con otros sitios del susodicho. Dichos sitios los hubo y compró de doña Josefa de Atienza Palacios en virtud del poder que le dio al Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador de la provincia de San Andrés Chalchicomula de la jurisdicción de Tepeaca, por escritura de 26 de junio de 1698. Declara que los 10 sitios se componen de 1 100 vacas de vientre, trescientas ochenta crías de año, cuatrocientas sesenta y cinco yeguas, ochenta y cinco caballos y sesenta cabestros. Los vende en precio de 22 505 pesos de oro común, los 2 000 de ellos que han de quedar sobre los sitios de ganado mayor a censo redimible a favor de la provincia de San Hipólito Mártir de la ciudad de Oaxaca, Orden de Predicadores; asimismo, el citado comprador se obligará a reconocimiento a favor de dicha provincia, por los mismos que tenía el dicho Alférez Pedro de Trujillo, cargados a censo sobre sus haciendas, en la jurisdicción de Tepeaca. Finalmente, 6 000 pesos que también han de quedar sobre dichos sitios por la misma razón, a censo redimible, a favor de don Lorenzo Antonio Blanco.
El Capitán don Hipólito del Castillo de Altra y Antonio Millán Quijada, vecinos de esta villa, dijeron que por cuanto el 8 de agosto de 1704 don Alonso López de Sagade Bugueiro otorgó escritura de venta a favor del citado Antonio Millán de una casa baja que poseía en esta villa, que hubo y compró del dicho don Hipólito del Castillo de Altra, la cual se compone de sala, recamara y otros cuartos edificados en medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en la calle Real que sale de la plaza Pública para abajo camino de la Veracruz, en precio de 1 250 pesos que quedaron a censo redimible a favor de Hipólito del Castillo, cuyos réditos confiesa haber recibido. Por otra parte, los comparecientes dijeron que están convenidos, ajustados y concertados en que el dicho don Hipólito del Castillo de Altra reciba la dicha casa y la lleve como suya propia por los 1 250 pesos que tenían de censo a su favor, para que haga y disponga de ella a su voluntad como le pareciere. En este sentido don Hipólito del Castillo otorgó haber recibido del dicho Antonio Millán Quijada la referida casa y de ella se dio por entregado y otorgó recibo en forma.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el Doctor don Diego de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de los Ángeles, su hermano legítimo, como hijo primogénito de don Francisco de la Veguellina y Sandoval y de doña Jerónima de Chávez, su legítima mujer, está en posesión del mayorazgo que fundaron [roto] Veguellina y Benavides y doña Ana Enríquez, sus tatarabuelos, en la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista, en jurisdicción de Teopantlán en la gaya [sic] que llaman de Quasingo [Coatzingo]. Asimismo, dijo que dicho su hermano le tiene informado y reconocido que al tiempo y cuando pasó a poseer la citada finca estaba sumamente deteriorada y que el empeño que ha puesto para su reedificación no ha sido suficiente; también, le ha dicho que para convertir en utilidad dicha finca es necesario hipotecarla o gravarla para su reparo, ya que de no hacerlo irá a mayor ruina, con el peligro de perderse en el todo. Y en atención a que el presente otorgante es el inmediato en grado sucesor en dicho mayorazgo, por ser hermano de Diego de la Veguellina y Sandoval, y debido a que éste no tiene hijos y es soltero, para que no le sirva de impedimento el hallar reales, otorga que le da todo su poder para que pueda hipotecar dicha hacienda, vendiéndola a censo o su producto, y poniéndolo para que tenga subsistencia y permanezca de los susodichos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto tiene cargados sobre su hacienda 2 000 pesos de principal de réditos, con cuyo cargo la compró don Gaspar del Monge y Mendoza, su suegro, de los bienes y herederos del Licenciado don Juan González Bello, difunto, a favor del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, cuyos réditos tiene pagados a razón de 5 por ciento en cada un año; y al presente ha llegado noticia de que don Gaspar Carlos de Rivadeneira tiene hecha cesión y traspaso de los 2 000 pesos y sus réditos a favor del Capitán don Amaro José Bocarando, vecino de esta villa, y le han pedido otorgue reconocimiento del principal y sus réditos a favor del susodicho. Por tanto, en aquella vía y forma, otorga que reconoce por dueño y señor de los 2 000 pesos de principal y sus réditos al Capitán don Amaro José Bocarando.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Hipólito del Castillo de Altra y Diego de Altamirano, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios que fueron de Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, su suegro y hermana, nombrados por tales en el testamento que otorgaron en la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, su fecha 13 de mayo de 1699. Dijeron que por cuanto en una cláusula de dicho testamento los difuntos ordenaron fundar una capellanía de misas rezadas por sus almas y las de su intención, en razón de que a ello será Dios y su divino culto ensalzado y aumentado y que con el santo sacrificio de la misa consiguen alivio las Benditas Ánimas del Purgatorio, por lo que en virtud de dicha cláusula imponen una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal, con los nombramientos de capellanes y patrones. Por tanto, para cumplir con la encomienda otorgan que instituyen la capellanía con la dote, número de misas, capellanes y propietarios bajo las cláusulas siguientes: Primeramente, dotan la capellanía con el principal de 3 000 pesos de oro común que aplican en el valor y precio de una casa de la morada del presente compareciente Hipólito del Castillo de Altra, que quedó por bienes de los difuntos. Y los susodichos se obligan a pagar al capellán 150 pesos de oro común en reales de censo tributo y réditos de los que corrieren. Segundo, nombra como primer capellán a don Juan del Castillo de Altra, su hijo, y en segundo lugar a don Hipólito del Castillo, asimismo su hijo y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza. Y usando de la facultad que se les concede nombran por capellán interino al Licenciado don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, para que en tiempo diga las nueve misas rezadas y una cantada. Y es su voluntad y la de los difuntos que la dote de la capellanía no se convierta en otra obra pía y para cumplir todo lo referido obligan sus personas y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el 29 de marzo de 1706, el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, le otorgó escritura de venta de una hacienda nombrada de Nuestra Señora de la Concepción del beneficio de hacer azúcar, alias Acatengo, que se compone de dos sitios y seis caballerías de tierra en precio de 13 500 pesos, los 9 500 pesos que quedaron a censo sobre dichas tierras, sus casas, cañas, esclavos y todo lo que le pertenece, y los 4 000 pesos restantes también quedaron sobre la hacienda a censo redimible a favor del dicho Capitán don Antonio de Leiva. Por lo que, al presente, don Antonio de Leiva ha pedido al otorgante haga el reconocimiento en su favor. Y poniéndolo en efecto, otorga que carga sobre la hacienda citada los 4 000 pesos procedidos de la venta de la hacienda, y reconoce dueño y señor de ellos al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa y a sus herederos y se obliga de pagarle sus réditos a razón de 5 por ciento en cada un año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO