Nicolás de Armenta, vecino de esta villa, dijo que el 28 de julio de 1717 Benito [roto] Salgrero, vecino de esta villa, le otorgó escritura de venta de una casa baja de cal y canto, en precio de 1 210 pesos. Los [roto] de ellos de principal que sobre dicha casa quedaron a censo, de los que se obligó a pagar sus réditos al capellán que fuere de [roto] demás del contenido como parece de la escritura que va por principio y por muerte del Bachiller don Pedro [Rubio de] Gaviria, capellán que fue [roto]. Por la presente, reconoce por dueño de los 500 pesos de censo al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán [roto] por muerte del Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, y se obliga de pagarle sus réditos como hasta [ahora] lo ha hecho, y obligó sus bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOCENSOS
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Don Francisco José Bayro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de [roto], dijo que don Alonso Gómez Dávila le otorgó escritura de venta a favor del otorgante, de una casa [roto] y madera, cubierta de teja, en solar de 50 varas [en cuadro], que está en la calle que va del convento de Señor San [roto] Lagunilla, en esquina que linda por una parte con casa de [roto] los herederos de don Antonio de Olivera; y por otro lado, calle [en medio], con casa del Alférez Mayor don Gregorio Martínez de Solís [roto]. Otorga que reconoce por dueño y señor del principal de 500 pesos que está a censo sobre dicha casa, al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, capellán de la capellanía fundada con dicha cantidad, asimismo, se obliga a pagar sus réditos hasta que se redima dicho censo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción y la de la Antigua Veracruz, como Síndico del convento de Señor San Antonio de esta villa, dijo que por cuanto el 11 de febrero de 1700 Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, fincó y cargó sobre la casa de Nicolás de Olivera, difunto, que hoy posee don Francisco José Bayro, 500 pesos de principal y por ellos 25 pesos de réditos en cada un año, para que se conviertan en 25 misas rezadas; trece de ellas que se han de decir en la santa iglesia parroquial de esta villa, los días lunes en el altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio; y las otras doce en la iglesia de Señor San Antonio de esta villa, en el altar de la Virgen de Ánima, los días viernes, siendo aplicadas todas las misas por las Benditas Ánimas del Purgatorio [roto]. [Nombra como capellán propietario de dicha capellanía] a [Rafael] de Olivera, Clérigo de Menores Ordenes, domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Antonio de Olivera, difunto, y de doña Ana Franco de Guzmán, vecina de esta villa, para que a su título se pueda ordenar; y por fin y muerte de dicho Olivera nombra a Pedro Joaquín y Miguel de Trillo Figueroa, naturales y vecinos de esta villa, hijos legítimos de Pedro Trillo de Figueroa, difunto, y de doña María de [Pedraza], españoles, para que unos y otros cumplan con el tenor de dicha capellanía.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, en voz y nombre de don Francisco García de Acevedo, vecino de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, en virtud del poder general que éste le otorgó a don Gaspar de Bedriñana y a don Felipe de Hoyos, vecino del pueblo de Orizaba, su fecha en la ciudad de la Veracruz los 21 de mayo de 1716, por ante Francisco Javier de Luna, Escribano de Su Majestad, y que le fue sustituido en el otorgante por don Gaspar de Bedriñana en esta villa de Córdoba el 22 de marzo pasado. Usando de dicho poder, otorga que vende a José González Moreno, vecino del pueblo de Orizaba, una casa baja de cal y canto cubierta de teja, en la calle Real de dicho pueblo de Orizaba, la cual hace frente y esquina, calle en medio, con casa de Rafael de Ayala; por otro lado, calle en medio, con casa de Miguel de Lorza; por otro lado con casa de Agustín de Bocarando; y por el fondo con solar de los herederos de Diego Martín; edificada en medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo; cuya casa compró don Francisco García de Acevedo a Juan Hernández, difunto, en dicho pueblo de Orizaba el 13 de noviembre de 1713. La vende en precio de 3 000 pesos [ilegible] que quedan cargados a censo sobre dicha casa, a favor de la capellanía que mando fundar dicho Juan Hernández a favor de Manuel Hernández, su hijo, quien se halla [ilegible] en la ciudad de los Ángeles, con obligación de pagar sus réditos del 5 por ciento anual, cuya cantidad se destinará para la ayuda de los estudios de Manuel Hernández y en caso de que éste cumpla veinticinco años y no se haya ordenado, el comprador se obliga a pagar los 3 000 pesos y sus réditos. Por otro lado, José González Moreno, por él y por doña María Márquez, su legítima mujer, otorga que acepta lo dicho en esta escritura y para seguridad de los 3 000 pesos hipoteca dicha casa y otra que poseen en dicho pueblo de Orizaba.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad y mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, otorga vende a Alonso Bueno, vecino de esta villa, un solar de 21 varas de frente y 54 de fondo en la calle que va del pueblo de San Juan de las Casillas para la ermita [que fue del Señor] San Sebastián; que linda por la parte del oriente con casa y solar de Pascual de Carvajal; por el norte con casa de Isabel Álvarez, viuda de Manuel Martín; y hace frente, [calle] en medio, con casa y esquina de doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, y por el otro lado, calle en medio, con casa del Capitán Lope Antonio de Iribas. Dicho solar quedó por bienes de Isidro Sánchez de la Llama, difunto, siendo su voluntad que de los réditos de su valor se dijesen misas por las Ánimas Benditas del Purgatorio de la santa iglesia parroquial de esta villa. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común en reales, de los cuales 160 pesos que tenía de [roto] y valor dicho solar y los 40 pesos restantes que Rendón le dio al dicho Alonso para que hicieran los 200 pesos, que han de quedar impuestos a censo redimible sobre dicho solar a razón de 5 por ciento anual, pagando 10 peso de réditos anuales a la cofradía de las Benditas Ánimas para convertirse en misas por las ánimas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Reverendo Padre Fray Felipe de Barbera, Prior actual del convento de religiosos del hospital de la Santísima Trinidad de esta villa, exhibió una escritura [roto] Rafael de Leiva, vecino que fue de esta villa, en donde se exhibe que cargó sobre su hacienda de hacer azúcar nombrada San José de Abajo, la cantidad de 500 pesos de oro común a censo principal redimible y se obligó a contribuir sus réditos anuales como a su dueño y señor, dicho convento y hospital, y a quien por el fuere parte legítima.
DIONICIO SERRANO, JUEZ RECEPTOREl Muy Reverendo Padre Fray Felipe de Barbera, Prior actual del convento de religiosos de San Hipólito y hospital de la Santísima Trinidad, de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura de 22 de diciembre de 1723, en el cual el Licenciado don Gaspar López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, impuso a censo principal redimible la cantidad de 500 pesos de oro común, sobre una hacienda nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias Toluquilla, y reconoció por su dueño y señor a la parte de dicho convento y hospital, a quien como tal se obligó de pagar anualmente sus réditos.
DIONICIO SERRANO, JUEZ RECEPTORDoña Ana María Gómez Dávila y don Bernardo de Ceballos, vecinos de esta villa, exhibieron un testimonio de una escritura, su fecha de ayer 4, y pidieron se registre en este libro del becerro, y de él se percibe el que ambos instituyeron y fundaron [roto] rezadas con el principal de 3 000 pesos de oro común, los mismos que dicha doña Ana cedió en favor de dicha capellanía por otros tantos que a censo redimible le reconoce y paga doña Josefa Andrea Ramírez de Hidalgo, vecina de la ciudad de México, quien los impuso y cargó sobre una casa de cal y canto que posee en el pueblo de Orizaba en la calle que sube del río principal para el Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe, en la mediación del lugar linda por una parte con casas de don Diego Bringas de Manzaneda, y por otra calle de por medio con la de don José Mejía.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Gabriel Mangado y Clavijo, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de escritura su fecha hoy día de la data, y en ella se percibe que reconoció sobre una casa alta de cal y canto, cubierta de madera y teja, que posee en esta villa en la calle Real, la cantidad de 2 000 pesos de oro común a censo principal redimible en favor de la obra pía que mandó se perpetúe la Madre Sor María Antonia del Sacramento, Religiosa Profesa de Velo y Coro del sagrado convento de Santa Catharina de Sena [Santa Catalina de Siena] de la ciudad de México, ardiendo todas las noches del año una vela de cera al Santa Sacramento que en dicho convento se venera, e igualmente se obligó a satisfacer sus réditos.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOCristóbal Eugenio Calderón, Notario de Santo Oficio de la Inquisición de este reino, vecino de esta villa, exhibió una escritura de fecha del día de ayer 12 por la cual consta que dicho don Cristóbal en consorcio de doña Teresa Machado, su legítima mujer, instituyeron y fundaron una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y demás de su intención, con el principal de 3 000 pesos que cargaron a censo principal redimible, con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja que posee en esta villa, y dichos réditos se obligó de satisfacer.
NICOLÁS LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTOR