Don Juan Gómez de Estrada, actual Mayordomo de la Cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, otorga que vende a don Francisco de Castro, vecino de Jalapa, una de las dos casas que cedió y donó a la cofradía el Bachiller Antonio Mateo Ortiz de Zárate, las cuales están ubicadas en la calle del Ganado y lindan al norte con casa y solar de Nicolás Ángel, al poniente que es el frente con la calle del Ganado, al fondo que es al oriente con callejón de la Sierpe, y al sur con la otra casa donada. La venta se hace en 959 pesos y cuatro reales que ha de reconocer a censo redimible, dando cada año 47 pesos 3 y 6 octavos reales.
CENSOS
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Don Manuel Bárcena Bezanilla, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder especial a don Sebastián Pérez, vecino y del comercio de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que le obligue a la cantidad de 8, 000 que deberá entregarle a censo o a réditos por tiempo de 2 años don Antonio Sáenz de Santa María como principal y dicho apoderado como su fiador liso y llano pagador, obligado a su paga y satisfacción en la moneda, parte y lugar que ajusten.
Don Antonio Primo de Rivera, vecino de este pueblo de Jalapa, albacea testamentario, fideicomisario de María Pérez Cabello viuda de don Manuel de Cabrera, vende a doña Catarina Viviana Ortiz de Zárate, viuda de don José Antonio Rincón, una casa y solar, que dicha Cabello heredó de su madre María Nicolasa Díaz de la Cueva, que linda con la calle que llaman de Robledano y casa en frente de doña Juana Antonia Robledano hacia el sur, al norte que es el fondo linda con casa que llaman del Rey y al costado del poniente con casa de la testamentaria del difunto Bachiller José Camino y Velasco. La venta la hace en 1, 000 pesos, 800 de ellos en dinero de contado y los 200 restantes quedan situados sobre dicha casa a censo redimible con obligación de réditos de 5 % anuales, que pagará a la venerable Orden Tercera de Penitencia de San Francisco en este pueblo, para que con ellos se manden cantar 2 misas, una el día de la Purificación de Nuestra Señora y la otra de las de aguinaldo.
Don José Suárez, Sargento Reformado del Regimiento de Dragones de España, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Alonso José Gatica, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la parroquia antigua de Santa María, la cantidad de 100 pesos, para el fomento de una casa que esta edificando, los cuales impone a censo redimible sobre dicha casa, con réditos de 5% anuales que reconocerá a favor de los párrocos de la nueva parroquia de la división del Señor San José de la Laguna.
Don José Joaquín de Morales, maestro carpintero y vecino de Jalapa, otorga que vende a don Manuel José Rincón, una casa y solar con 24 varas de frente y 53 y media de fondo que linda al oriente con casa que labraron su madre y hermanas, al poniente con casa y solar de don Manuel José Rincón, al fondo con la barranca de Xallitic hacia el norte, y por el sur, que es el frente, con la Plazuela del Rey. La vende por precio de 500 pesos de oro común, 200 pesos en dinero de contado, 200 a censo redimible a favor del Convento Hospital de este pueblo, y 100 a censo redimible a favor de la Orden Tercera de Penitencia del Convento de Nuestro Padre San Francisco de este pueblo.
Don Pedro José de Garmendia, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que vende a don Francisco Javier Olartegochea, de esta vecindad y comercio, una casa ubicada en la calle Nueva con la que hace frente al norte, por donde tiene 16 y media varas; al oriente linda con casa de la esquina del Sacramento; al sur con casas de los herederos de doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria; al poniente con casa de las Ánimas, la vende en 3, 000 pesos con el gravamen de 1, 500 pesos de dos principales a censo, uno a favor del Convento de San Francisco y otro a favor de la capilla de las Tres Provincias Vascongadas de esta parroquia, y un depósito irregular de 125 pesos a favor del señor cura de esta parroquia.
Don José de Herrera y Campo, Maestro de Farmacopea, con botica pública en Jalapa, dijo que se le remató una de las casas que dejó el difunto don Antonio Primo de Rivera, en 5, 000 pesos a censo redimible de 5 % anuales, otorgando escritura de obligación para reconocerlos a favor del acreedor, hipotecando para ello la casa comprada, otra que tiene en la calle de Belén y un rancho nombrado Zoncuantla, de lo cual se le mandó hiciese aplicación de los créditos en las fincas rematadas, señalando 1, 000 pesos de la capellanía que fundó don Diego de los Ríos Botello para la parroquia de Izúcar, 1, 000 pesos pertenecientes a los hijos menores de doña Josefa de Campos y Arraido y 3, 000 pesos de don Juan Domingo Fernández Peredo y don Juan Sánchez Casahonda, por lo que a través de la presente ratifica que se obliga a reconocer como dueños de los últimos 3, 000 pesos a estos dos últimos a razón de 1, 500 pesos cada uno.
Don Pedro de Garay, don Eduardo de Alsasua y don José Miguel de Iriarte y Lezeta, vecinos y del comercio de la Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Francisco Javier de Olartegochea de esta misma vecindad y comercio, para que a los tres juntos y a cada uno de los otorgantes los obligue por sus fiadores, lisos y llanos pagadores hasta en cantidad de 21, 000 pesos que intenta sacar en calidad de depósito irregular, a censo redimible o en otra forma a premio de 5 % en los cofres, conventos, comunidades, capellanías, obras pías, cofradías, hermandades o personas particulares que se los quieran dar.
Don Gregorio Ochoa de Amézaga vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, otorga que impone sobre la casa de la esquina del Sacramento, que es una de las tres que se le remataron, 1, 154 pesos 6 reales y 6 granos de principal a censo redimible, pertenecientes a la capellanía que mandó fundar doña María de Jesús Zorrobiaga, y sirve en propiedad el Señor Doctor José Francisco Suárez de Torquemada, Canónigo de esta Santa Iglesia Catedral.
Don Gregorio Ochoa de Amézaga vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, otorga que impone sobre la casa baja contigua a la alta de la Calle Nueva, 543 pesos 4 reales y 2 granos residuo de los 582 pesos 4 reales y 2 granos de principal de doña María Antonia de Ugarte y de doña Ana María de Bañares, su hija, y se obliga a reconocerlos a censo redimible de 5% anuales a favor de las susodichas.