CASTILLA, REINOS DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0003-PC_0003_0003 · Stuk · 1642/03/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Rodríguez y Catalina Hernández, ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que adeuda a Pedro Miguel, vecino del pueblo de San Antonio; a Pedro de Escolar, Antonio Gómez, Antonio Hernández, Juan Barba, Juan Pérez en la Veracruz, Juan Moreno, Francisco Tinoco, vecino de pueblo del Orizaba. Menciona por sus bienes a un negro esclavo llamado Francisco, veinte y ocho mulas y machos de recua aparejados, una suerte de tierras y solar. Señala que fue casado con [roto] Gómez, ya difunta, hija legítima de Juan Gómez Camacho y María Mar[roto], dentro del matrimonio tuvieron una hija de nombre Catalina. También declara que contrajo segundas nupcias con Agustina Vázquez, hija legítima de Salvador Vázquez [roto] Sánchez, la cual le dio dote 500 pesos, de cuyo matrimonio tienen un hijo. Nombra albaceas a la citada Agustina Vázquez y al Capitán Juan de Miranda, vecinos de esta villa, y como herederos universales a sus dos hijos y como tutora curadora de ellos a dicha Agustina Vázquez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0105 · Stuk · 1696/11/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Gabriel de Castroviejo, [residente] de esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, [vende] al Regidor Miguel de Leiva [Esparragosa], [roto] dueño de trapiche en esta jurisdicción, un negro esclavo nombrado Francisco Guerrero, criollo de los Reinos de Castilla, de dieciocho años de edad, que compró a Martín Guerrero, Sargento de la almiranta de la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa del General don Juan de Calzadilla, el cual ahora vende en precio de 350 pesos de oro común, obligándose el vendedor a entregar el título dentro de dos meses.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0069 · Stuk · 1695/12/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Gómez [Dávila], dueño de trapiche de hacer azúcar, dijo se siguen y están pendientes [autos] en esta villa contra Juan de la [roto] Joseph [José] de la Cruz, negro Mina, esclavos presos en la cárcel pública de esta villa a pedimento de Antonio Malo de Molina, sobre haberse querellado ante el señor Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos], Alcalde Ordinario de esta villa, por haberle hurtado de su recua una petaquilla con géneros de Castilla que traía en ella, y mediante a las diligencias hechas, la halló en poder de dicho negro. Por lo que, con poder de dicho Antonio de Molina, pide se le entregue dicha petaquilla y los géneros que había en ella, que al presente se hallan depositados en don Juan de Figueroa, vecino de esta villa. Dicha entrega se ha de hacer bajo fianza depositaria para remitírselo a dicho su parte, en cuya conformidad y cumplimiento con lo que así tiene pedido se le mandó por su fiador a Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, quién estando presente aceptó y dijo que fiaba a favor de Alonso Gómez Dávila, en tal manera que de dicha petaquilla y lo que conste haber recibido en dichos géneros, dará cuenta con pago exhibiendo recibo personal de dicho Antonio Malo Molina, su dueño, dentro de 15 días que corren desde el día de la fecha [roto] que ha de ser depositario de ellos para que se ponga en los autos [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0017 · Stuk · 1693/04/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento fecho en la ciudad de los Ángeles y al presente por vía de codicilio manda lo siguiente: Declara que ha criado en su casa a María, niña española, huérfana, que será de edad de diez años, a la cual por el amor que le tiene manda se le den de sus bienes 300 pesos, dicha cantidad está en poder del Capitán Pedro López del Castrillo, su yerno. Declara por sus esclavos a Alfonsa Maldonado, mulata, Francisca y Teresa hijas de dicha Alfonsa; a Juan Manjarres [Manjarrez] y Diego Maldonado, mulatos; a Petrona negra cocha, que será de edad de nueve años, que al presente está en poder de doña Francisca de la Torre [Mercado], vecina de la ciudad de los Ángeles. Asimismo, declara por sus esclavos a Nicolás, mulato; a Antonio Congo, Félix y María Conga, negros. Declara que por lo bien que le han servido los dichos Juan de Manjarres [Manjarrez], Diego Maldonado y Alfonsa Maldonado, es su voluntad que desde el día del fallecimiento de doña María de Manjarres [Manjarrez Azañón], su legítima mujer, a los susodichos se les otorgue la libertad. Por el amor y voluntad que le tiene a Francisco del Castrillo, su nieto que será de edad de cuatro años, hijo legítimo del Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado, su hija, manda se le dé por su esclava a Francisca, mulata, que será de edad de trece años, hija de Alfonsa Maldonado, para que la tenga como suya, con obligación de que no la ha de poder vender durante los días de la vida del susodicho. También manda se le dé a doña Gertrudis, niña, su nieta, la esclava negra cocha nombrada Petrona; y a doña Josefa Maldonado, su hija, le manda la mulatilla nombrada Teresa, de edad de diez años. Menciona por sus bienes una casa de piedra y madera, a la cual impone doce misas rezadas en cada un año perpetuamente. Declara que debe a Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa, 28 pesos; y señala como su deudor a don Isidro Sánchez, por cantidad de 220 pesos, manda se cobre [roto]. Por último manda se digan doce misas rezadas por la limosna ordinaria para las almas de aquellas personas “en que yo pueda ser encargo”; y otras veinte misas rezadas para el alma de los naturales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0040 · Stuk · 1645/07/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Agustina Vázquez, viuda, albacea y mujer que fue de Pedro Rodríguez, vecina de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán Juan de Miranda, vecino de esta villa, un esclavo negro, berberisco de nación, llamado Francisco de Regla, que dicho su difunto marido compró de Pedro de Escolar [sic], vecino de la Nueva Veracruz. Lo vende en precio de 360 pesos de oro común, libre de alcabala, que el susodicho ha de pagar a Su Majestad. Estando presente dicho capitán declaró que pagará 200 pesos de ellos de la presente fecha en seis meses, “habiendo venido la flota a estos Reinos de los de Castilla y si para dicho tiempo no hubiere llegado dicha flota, le tengo de dar a la susodicha 100 pesos de oro común y lo restante […]”, para cuya paga hipoteca el dicho esclavo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0050 · Stuk · 1665/08/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario general de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Francisco López Gil de Gatica y Juana de Contreras Aguilucho, sus padres difuntos, vecinos que fueron de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Magdalena de Alcalá, hija legítima de Agustín de Alcalá, difunto, y de Olaya González; durante el matrimonio procrearon a Agustín, difunto [roto] Juana de Contreras Gatica, que está casada con Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa; a Josepha Gatica [Josefa de Gatica] que está casada con Marcos Blanco, vecino de esta villa; y a Gerónima [Jerónima] de Gatica, doncella. Menciona que debe y le deben las personas que se citan en la escritura. Declara por sus bienes un Oficio de Regidor y Depositario General de esta villa; un solar y casa de vivienda; 3 caballerías de tierra; un negro esclavo llamado Lorenzo, una negra nombrada Luisa; una recua de mulas de carga aparejada con treinta y cuatro mantas y una mula de silla florentina; dos solares que linda con solar de Marcos Blanco y el otro con solar de Diego del Castillo; las piezas de plata y otros géneros que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, sus yernos, así como a su mujer Magdalena de Alcalá, para que entren en sus bienes y los vendan, y del remanente de ellos instituye como sus herederas a las dichas tres hijas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0022 · Stuk · 1685/05/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Pablo Sánchez López, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Fernando López Gallo, vecino del lugar de Ibros, jurisdicción de la ciudad de Baeza en los Reinos de Castilla, de donde es natural, y de doña Lucía de Arcos Padilla y Cabrera, difunta, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Ordena que se den 100 pesos a Antonia, hija legítima de Juan Antonio [roto], sus compadres, vecinos de esta villa de Córdoba. Declara que fue albacea testamentario de don Gabriel Varela, difunto, Soldado que fue de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, natural de San Juan de Puerto Rico isla de Barlovento, y de dicho albaceazgo está alcanzado en 100 pesos de oro común, ordena se paguen. Señala que desde agosto de 1684 a la fecha Diego de Trujillo, administrador de la carnicería de la presente villa, le tiene dada la carne que ha sido necesaria para el gasto de la gente de la obra de la cantera de la Peñuela, que es a su cargo, y de su monto manda se le pague. Declara que debe al Capitán Joseph [José] Blanco; a Gregorio Martínez de Solís; Joseph [José] de Olivera; y Luis Fernández de Andrada [Andrade], las cantidades que se mencionan en la escritura. Asimismo, señala que le adeudan ciertas cantidades las personas siguientes: Manuel de Piña, Antonio Moreno Pimienta, Joseph [José] de Nares, Diego [de] Sequero; así como Su Majestad, de los salarios por la administración y asistencia que ha tenido en la cantera de la Peñuela de la jurisdicción de Córdoba. Declara por sus bienes un mulato criollo nombrado Antonio López de Abreo; otro llamado Francisco López, negro Congo; ropa, muebles y algunos artículos. Nombra como albaceas testamentarios al Licenciado Juan Sesati [Zesati] Lozano, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de la villa de Córdoba; al Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Presbítero; y a Joseph [José] de Olivera. Y en el remanente del tercio de sus bienes ordena se den 200 pesos de oro común a María Josefa, su ahijada; y de las otras dos tercios instituye como heredero a Fernando López Gallo, su padre; y del resto que quedare de sus bienes nombra por su universal heredera a su alma.

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