CASTILLA, REINOS DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0015 · Stuk · 1679/06/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, dijo tiene otorgado poder al padre Fray Joseph [José] Salgado, religioso de la Orden de Santo Domingo para sus pretensiones en la villa de Madrid; mismo que revoca y sustituye en el Doctor Alonso Ramírez de Prado, Prebendado de la Santa Iglesia Metropolitana de México, al Capitán Fausto Echaverri y al Capitán Andrés Padillo, vecinos de la ciudad de Cádiz en los Reinos de Castilla, a cada uno especialmente para que por él parezcan ante el Rey y Supremo Consejo de las Indias y pidan y pupliquen a Su Majestad se sirva en [atención] a sus méritos, presentarlo para una de las dignidades o prebendas que están o estuvieren vacantes en la Santa Iglesia Metropolitana de México o en otra.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0016 · Stuk · 1681/06/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, otorga poder a los Capitanes don Martín de Urdanis y don Francisco Maldonado, vecinos de la ciudad de Cádiz, en los Reinos de Castilla, y a don Fausto Chaverri, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo, donde supliquen a Su Majestad la confirmación de su título y oficio, los cuales renunció en él su hermano, el Alguacil Mayor Josephe [José] Ferrera [de] Figueroa; asimismo, pidan a Su Majestad lo honre y haga merced, en consideración de sus méritos y servicios, de cualquier oficio de gobernador, corregidor, alcalde mayor, de cualquier ciudad, villa o partido.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0019 · Stuk · 1681/07/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego García de Herrera, residente en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Manuel González de Don Antona [sic], residente en esta villa, por hacerle amistad y buena obra le prestó 400 pesos de oro común, con cargo y calidad que se los había de librar en el Comisario don Francisco García de Herrera su hermano, vecino de la villa de Villaconejos en los Reinos de Castilla, para [roto] que entregue y pague los 200 de ellos al Licenciado don Juan González de Don Antona [sic], Abogado de los Reales Consejos y vecino de la villa de Colmenar de Oreja y los 200 restantes a doña Antonia María Ferrera Ujea y Rosellón, vecina de la villa de Madrid. Asimismo, el otorgante señala que adeuda a dicho Manuel González de Don Antona 250 pesos de oro común. Declara que por la dicha cantidad de 400 pesos tiene dadas dos libranzas sobre dicho su hermano, cada una de 200 a favor de Antonia y don Juan, además le ha dado otra libranza de los 250 pesos sobre don Ignacio de la Herrán y Terán, vecino de la ciudad de Oaxaca, quien le es deudor resto de un [roto] que a su favor hizo de cantidad de 400 pesos [roto] de dichos 250 pesos tiene entregados a dicho don Manuel González. Y por la presente otorga que se obliga a que las dichas dos libranzas de 200 pesos que tiene dadas sobre el dicho su hermano, son ciertas y seguras y las pagará; asimismo, el dicho don Ignacio de la Herrán y Terán pagará puntualmente a don Manuel González los 250 pesos. Por último señala que si para la primera flota que de los Reinos de Castilla venga al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz, pasado un mes de su llegada no estuvieren pagados los 650 pesos, se obliga a pagarlos en reales de contado a dicho Manuel González.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0037 · Stuk · 1681/10/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, menciona que el 17 de octubre del mes de agosto del presente año otorgó testamento, sin embargo a la fecha se le ofrece añadir y quitar algunas cosas a dicho testamento y para darle efecto por vía de codicilio ordena lo siguiente: Declara que por cláusula testamentaria ordenó que después de los días de doña Gertrudis de Gatica, su mujer, con lo que rentaren en una casa que tiene en la ciudad de la Veracruz y otra en la villa de Córdoba, se saque una huérfana el día de San Antonio de cada año, y por la presente fecha ordena que a la huérfana que saliere se den solamente 300 pesos para su dote y de lo que restare de dichos arrendamientos se han de pagar los réditos de los censos que la casa de Veracruz tiene impuestos. Asimismo, ordena que en la elección que el Cabildo hiciere de las huérfanas que dicha obra pía hayan de salir, sean preferidas las parientas del susodicho o de su esposa. También declara que le adeudan las siguientes personas: Luis de Ulloa, hermano de la Tercera Orden; Salvador Pérez Milián; y los bienes del difunto don Gaspar González. Declara que de los “dos mil treinta y tantos pesos” que entregó al Capitán Francisco Canales [y Gacio] para llevar a Castilla se le adeudan 900 pesos, y si pareciera haber cobrado algo más de que no se acuerda se rebaje de dichos 900 pesos. Por otro lado señala que tiene en su poder el valor de un tercio de cordobanes de cuenta de Juan de Arebalo [Arévalo], vecino de Tecamachalco, y otro tercio de cordobanes del susodicho, ordena se le pague. Por último declara por sus bienes una mulata nombrada Antonia que está en servicio de doña María Pastrana.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0025 · Stuk · 1683/09/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Andrés de Asiago [sic], vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, en los Reinos de Castilla, residente en esta villa de Córdoba, otorga poder general a Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, para que en su nombre demande, cobre y reciba cualesquier pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otros bienes muebles y raíces que le deban por escrituras, libranzas, conocimiento y cuenta de sus libros que para el efecto le tiene entregados, cláusulas de testamento y por otros recaudos. Y para que entregue recibos, carta de pago, finiquito y lastos, y haga todas las diligencias judiciales y extrajudiciales que convengan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0017 · Stuk · 1687/05/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Martín Sánchez Cardeña, hijo legítimo de Pascual Sánchez y María Cardeña difuntos, vecinos que fueron del lugar de Lucena del Puerto del Condado de Niebla Reino de Castilla, de donde es natural y al presente residente en esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con Olaya Gómez, que dejó en el valle de Nicaragua, jurisdicción de la ciudad de Granada, cuando vino al Reino de la Nueva España, de cuyo matrimonio tuvieron una hija de nombre Teodosia Gómez, asimismo, la dicha su mujer quedó preñada y no ha sabido “lo que parió”. Señala que le son deudoras las personas siguientes: Juan Ortiz de los Santos, mulato libre; Alonso Sánchez, mestizo albañil; Juan de Monteagudo, Pascual de Peralta, Baltazar Domínguez, Andrés de Asiago, Pedro Casados y Bartolomé de Brito [Lomelín]. También declara que debe a las personas siguientes: Joseph [José] García Siliceo, Antonio de la Barrera, Juan Gutiérrez de Aguilar, Benito Rendón y Andrés González. Declara por sus bienes un caballo, dos petacas de cuero con cadena, ropa y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra como albacea testamentario a Juan Rodríguez Durán, vecino de la villa de Córdoba, y del remanente que quedare de todos sus bienes instituye como universales herederos a Teodosia Gómez y al otro hijo o hija que parió su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Stuk · 1688/07/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0016 · Stuk · 1688/02/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, natural del lugar de Lauredo [Louredo], feligresía de San Mamede de Carnota del obispado de Santiago de Galicia en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan [de] Camaño y de Inés [de] Camaño, difuntos; otorga poder al Sargento Bernardo López de Guzmán, vecino de esta villa, para que en su nombre y representación haga y ordene su testamento, en el que también lo nombra albacea testamentario para que entre en su bienes los venda y cobre lo que a él debieren. Por otra parte, señala como universal heredera a Gertrudis, niña de dicho Sargento y de María de Brito, su legítima mujer. Nombra por su [roto] a Miguel López, niño, hijo de los susodichos, para que lo hagan y hereden en atención a que no tiene herederos y revoca y anula cualquier otro testamento y disposiciones escritas o de palabra.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0004 · Stuk · 1643/09/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Pérez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de Viregua [Viguera] en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Diego Pérez y Olaya de Valdearenas, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Blas Martín 24 pesos; a Manuel [roto], vecino de Alvarado, 52 pesos; a Alonso de Ojeda, [roto]. Menciona por sus deudores a Juan de Montalvo “el Viejo”, Lope “el Frutero”, Melchor Lorenzo y otras personas que se mencionan en la escritura. Declara que fue casado en primeras nupcias con María [roto], de dicho matrimonio tuvieron dos hijas y un varón. Para cumplir este testamento nombra por sus albaceas a Blas Benítez y a Jacinta de Arellano, su mujer, a la que también nombra como tutora y curadora de sus hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0004 · Stuk · 1673/01/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio [de] Mayorga, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Francisco Hernández [Fernadez], vecino del pueblo de Tecamachalco, provincia de Tepeaca, un mulato nombrado Francisco Simón, manco de la mano derecha, natural de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, de edad de entre veinticinco a treinta años, en precio de 80 pesos de oro común.

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