Doña María Nicasia Meléndez, viuda y albacea de Ignacio de Zárate, dijo que Diego Rodríguez, vecino de los Reinos de Castilla, dejo por sus albaceas a dicho su marido y a don Manuel García Cosío y habiendo fallecido su marido dejo un poder para testar en el que dejo como albacea a la otorgante y a don Manuel García Cosío, y habiendo defraudado dicho García Cosío mucha parte de sus bienes y por no haber dado cuenta de la herencia ultramarina del difunto Diego Rodríguez, otorga poder especial a don José Antonio de Acosta, Justicia Mayor de esta jurisdicción, junto con don Fernando Butrón y Mojica, don Gregorio Rodríguez Toral y don Felipe Antonio de la Peña, Escribano Real, vecinos de la Ciudad de México, para que la defiendan de los fraudes, que el citado Manuel García Cosío realizó con el testamento de su difunto esposo.
CASTILLA, REINO DE
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Codicilo de Beatriz de Campos, natural de Ayamonte, en los reinos de Castilla, vecina de Jalapa, viuda de Francisco García, por el cual dispuso se le diera un solar a su hija María de la Cruz; asimismo, nombró a Manuel de la Peña y a su nieto Juan Mejía Navarrete como sus albaceas.
Don Antonio Gutiérrez, natural de los reinos de Castilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, hijo legítimo de don Manuel Gutiérrez y de doña Isabel Alonso, sus padres ya difuntos, estando enfermo en cama y en su entero acuerdo y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con doña María Dolores Fernández, de cuyo matrimonio han tenido por hijos legítimos a doña María del Rosario viuda de don Manuel Santa Ana; a doña María Manuela casada con don Joaquín Vega; a don M. José Julián casado con doña Damiana Hidalgo; a doña María Lugarda casada con don Manuel Migoni; a don Antonio María que hoy es de veinticinco años de edad; a don Francisco de Paula de veintitrés; a don Manuel María de veintiuno; a doña Dolores de diecinueve; a doña Soledad de dieciséis a diecisiete; a doña Pilar de catorce; a doña Teresa de diez; a don Luis Gutiérrez y Fernández de ocho. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de capital cosa de 24 000 pesos y su nominada esposa no trajo ni introducido nada. Declara que sus bienes actuales consisten en una tienda de mercadería con capital de 10 a 12 000 pesos; 12 500 pesos que ha embarcado para correr riesgos de mar; 5 o 6 000 pesos en plata y oro que habrá en la tienda; una casa en la esquina de la carnicería en dicha ciudad de Veracruz, cuya finca le costó 10 000 pesos; otra casa grande que es donde vive su familia, en la misma ciudad referida; más esta finca no se contará con ella, porque ha dejado de pagar los rédito de siete años a causa de que no se le ha otorgado escritura; y los muebles que son notorios. Declara que en poder de don Ángel González tiene como 1 800 pesos, pero está ligada esta cuenta con las de su hijo político don Joaquín Vega, a quien le ha deber alguna cantidad, que no sabe cuál es por estar líquida la cuenta. Declara que sus deudas activas y pasivas constan de sus cuadernos que están en la tienda; ordena se recauden unas y se satisfagan las otras. Ordena que del quinto de los bienes se separen 500 pesos y se distribuyan por sus albaceas a los pobres de la repetida ciudad de Veracruz, de cuya suma le hace manda y legado. Ordena se manden decir por su alma cincuenta misas rezadas por la limosna de un peso cada una, quedando a elección de su albacea el templo donde hayan de celebrarse. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes, deducidos los gastos de funeral y los 550 pesos de que hablan las dos cláusulas inmediatas, se le aplique a su esposa doña María Dolores Fernández a quien del importe que sea le hace manda y legado. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus doce hijos citados. Nombra para tutor y curador ad bona de sus hijos menores a su esposa doña María Dolores Fernández. Y para cumplir y pagar su testamento nombra por su albacea a la citada su esposa. A todo lo anterior agrega, que de los bienes que ha declarado le son suyos 5 000 pesos que le debe don Anselmo Sorotusa. Que ha seguido compañía con su hijo don Francisco en una tienda de mercadería situada en Veracruz, distinta de la que se mencionó, a mitad de utilidades y que habiendo subido efectos el mismo don Francisco para realizarlos han quedado existentes en Puebla cosa de 1 500 pesos.
Sem títuloDon Manuel José Bellido, natural de los Reinos de Casilla, vecino del pueblo de Jalapa, dijo haber contraído matrimonio con doña Petra Antonia Bonilla, viuda de primer matrimonio con don Dionisio José Salvo, difunto, otorga que ha recibido de su citada esposa, los bienes y géneros que le entrega, descritos en una memoria, los cuales suman la cantidad de 7, 694 pesos, 5 reales y 6 octavos, los que se obliga a tener como dote y caudal.
Don Ignacio López, de los Reinos de Castilla y residente en este pueblo de Jalapa, retraído en el Convento de Nuestro Padre San Francisco, dijo que don Juan Montañés de la Cueva, padre de doña María Montañés de la Cueva, viuda de don Francisco de Tovar y Guzmán, le entregó la administración de una tienda mestiza por mas de un año, propiedad de dicha doña María, y en este tiempo sin orden de doña María ni de su padre fió a varias personas que no pudieron ya pagarle quedando a deber 1 871 pesos 4 reales, por lo que se obliga a pagar dicha cantidad a doña María, que hoy es vecina del Valle de Tepeaca donde es labradora, en tiempo de año y medio.
Doña Catalina Pérez de Arredondo, vecina de este pueblo, viuda de don Francisco de Vargas, hijo legítimo que fue de don Juan de Vargas y Dina Mariana de Madrid, naturales que fueron de la Villa de Baroja en los reinos de Castilla, Arzobispado de Toledo, dijo que el dicho su marido estando enfermo hizo en papel una memoria a modo de testamento, y para que se apruebe y confirme por testamento la presentó ante el Capitán don Martín de Rada, Alcalde Mayor, quien por la presente confirmó la dicha memoria para que valga como testamento.
Testamento de Doña María Rodríguez, viuda de Juan Martín de Abreo[Abreu], vecina de Jalapa, hija legítima de Andrés Rodríguez y de María de Medina, vecinos que fueron de la ciudad de Sevilla, en los reinos de Castilla, de donde es natural la otorgante.
Bernardo Velázquez de Medina, dueño de recua, se obligó a pagar a María de la Cruz, viuda, mujer que fue de José de Casasola, vecina de este pueblo, 80 pesos de oro común que le quedó debiendo de un ajuste de cuentas, en razón de un arrendamiento de unas mulas que le hizo el año pasado de 1667, para la venida de la primera flota proveniente de los reinos de Castilla.
Doña Teresa de la Gasca y Ortega, viuda de Manuel de Riveros, hija legítima de Francisco de Ortega y Castro, natural de los Reinos de Castilla, y de Agustina de la Gasca, natural de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles, otorga poder para testar a don Manuel Laso Nacarino, a su sobrino el Alférez Sebastián de Flores Moreno y a Juan de Thormes para que en su nombre y representación ordenen su testamento, entre cuyos bienes menciona: casas de vivienda en la Nueva Ciudad de la Veracruz y 4 cuartos, 3 aposentos de madera techados de tajamanil, un mesón en La Antigua, una casa de vivienda en la Calle Real, una casa que habita una sobrina, entre otros bienes inmuebles.
Francisca Díaz Becerra, viuda de Lucas Martín Ibáñez, natural de Villa de Manzanilla [Mansilla] en los reinos de Castilla, vecina de esta jurisdicción, dio su poder cumplido al Lic. Andrés de Benavides, beneficiado del partido de Jonotla, para que consultando con su hermano Fray Cristóbal Muñoz de la Concepción, religioso franciscano de esta provincia, haga su testamento con las mandas, cláusulas, legados restituciones y obras pías que le tiene comunicadas.