Don Antonio Gutiérrez, natural de los reinos de Castilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, hijo legítimo de don Manuel Gutiérrez y de doña Isabel Alonso, sus padres ya difuntos, estando enfermo en cama y en su entero acuerdo y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con doña María Dolores Fernández, de cuyo matrimonio han tenido por hijos legítimos a doña María del Rosario viuda de don Manuel Santa Ana; a doña María Manuela casada con don Joaquín Vega; a don M. José Julián casado con doña Damiana Hidalgo; a doña María Lugarda casada con don Manuel Migoni; a don Antonio María que hoy es de veinticinco años de edad; a don Francisco de Paula de veintitrés; a don Manuel María de veintiuno; a doña Dolores de diecinueve; a doña Soledad de dieciséis a diecisiete; a doña Pilar de catorce; a doña Teresa de diez; a don Luis Gutiérrez y Fernández de ocho. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de capital cosa de 24 000 pesos y su nominada esposa no trajo ni introducido nada. Declara que sus bienes actuales consisten en una tienda de mercadería con capital de 10 a 12 000 pesos; 12 500 pesos que ha embarcado para correr riesgos de mar; 5 o 6 000 pesos en plata y oro que habrá en la tienda; una casa en la esquina de la carnicería en dicha ciudad de Veracruz, cuya finca le costó 10 000 pesos; otra casa grande que es donde vive su familia, en la misma ciudad referida; más esta finca no se contará con ella, porque ha dejado de pagar los rédito de siete años a causa de que no se le ha otorgado escritura; y los muebles que son notorios. Declara que en poder de don Ángel González tiene como 1 800 pesos, pero está ligada esta cuenta con las de su hijo político don Joaquín Vega, a quien le ha deber alguna cantidad, que no sabe cuál es por estar líquida la cuenta. Declara que sus deudas activas y pasivas constan de sus cuadernos que están en la tienda; ordena se recauden unas y se satisfagan las otras. Ordena que del quinto de los bienes se separen 500 pesos y se distribuyan por sus albaceas a los pobres de la repetida ciudad de Veracruz, de cuya suma le hace manda y legado. Ordena se manden decir por su alma cincuenta misas rezadas por la limosna de un peso cada una, quedando a elección de su albacea el templo donde hayan de celebrarse. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes, deducidos los gastos de funeral y los 550 pesos de que hablan las dos cláusulas inmediatas, se le aplique a su esposa doña María Dolores Fernández a quien del importe que sea le hace manda y legado. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus doce hijos citados. Nombra para tutor y curador ad bona de sus hijos menores a su esposa doña María Dolores Fernández. Y para cumplir y pagar su testamento nombra por su albacea a la citada su esposa. A todo lo anterior agrega, que de los bienes que ha declarado le son suyos 5 000 pesos que le debe don Anselmo Sorotusa. Que ha seguido compañía con su hijo don Francisco en una tienda de mercadería situada en Veracruz, distinta de la que se mencionó, a mitad de utilidades y que habiendo subido efectos el mismo don Francisco para realizarlos han quedado existentes en Puebla cosa de 1 500 pesos.
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Luis Fernández de la Flor y Pareja, caballero de la Orden de Santiago, vecino del pueblo de Jalapa, natural de la Ciudad de Alcalá de Henares en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Fernández de la Flor y de Catalina de Pareja, difuntos, otorga su testamento como sigue: fue casado con doña Teresa García del Brocal, vecina que fue de la Puebla de los Ángeles, durante su matrimonio no tuvieron hijos, y quedó como albacea y heredero de su mujer, cuyo legado es de 500 pesos para una niña huérfana que se los debe dar cuando tome estado. Fue albacea de Antonio de Vargas, quien dejó 300 pesos de caudal que paran en la tienda que tiene en este pueblo y son para Catalina María. Tiene entre sus bienes 621 pesos que por el resto de una escritura le debe don Fernando Niño de Córdoba con hipoteca de 11 o 12 esclavos bozales que están en el ingenio Grande nombrado La Santísima Trinidad. Tiene también un mulato esclavo llamado Manuel, manda se venda. Declara que la tienda que tiene en este pueblo la puso con Antonio de Herrera, a quien no se pidan cuentas más que las que dé y se pague lo que conste en el libro de caja. Deja hecha una memoria firmada a la cual se le debe dar entero crédito y cumplimiento como si fueran cláusulas de testamento. Nombra como albaceas testamentarias al Capitán Bartolomé de Castro y a Antonio de Herrera.
Andrés de la Peña, Gobernador de San Juan Miahuatlán, don Juan Martín y don Juan Bautista, Alcaldes, don Juan Andrés y don Juan Francisco, Regidores y Antonio Nicolás, Escribano, representando al común y naturales por quienes prestan voz y caución, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Francisco Solozabal, natural de la Ciudad de Logroño, en los Reinos de Castilla, residente en la jurisdicción de Jalapa, 100 pesos de oro común y 12 fanegas de maíz, pagado por tiempo de cuatro años y él ha de ser obligado a tener escuela permanente para enseñar a leer, escribir y enseñar la doctrina cristiana a indios e indias grandes y pequeñas, excepto que las indias han de cursarla hasta los 10 años cumplidos.
Don Juan Montañés de la Cueva, Escribano Público y de Cabildo de la Ciudad de la Nueva Veracruz, natural de Málaga en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de don Francisco Montañés y de doña María de la Cueva y doña Anastasia Javiera de Natera, su mujer legítima, hija de Juan Bautista Natera y de doña Juana Teresa de Ibelli, ordenan su testamento en la forma siguiente: declaran que las dependencias de débitos y ditas que tienen constan en una memoria que dejarán. Son casados y que al tiempo de contraer matrimonio el primero no trajo capital alguno y ella trajo lo que consta en la carta de dote de que otorgó recibo su marido y después del fallecimiento de su madre heredó otros bienes, tuvieron 5 hijos. Se nombran el uno al otro y la otra al otro por albaceas testamentarias, por tenedores de sus bienes y herederos nombran a sus hijos.
Don Antonio Romero y Montalvo, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José de Toledo y Viveros, vecino de Valdepeñas en los Reinos de Castilla, y por su falta a don Bartolomé Pérez Roldán, residente en la Ciudad de Cádiz, para que en su representación pida a Su Majestad se sirva honrarle la gracia, merced o mercedes que fuere su real voluntad en atención a los méritos y servicios.
Don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de don José Velázquez de la Cadena y de doña Ana Micaela de Atienzo y Ábrego, albaceas del difunto don Juan Isidro Velázquez de la Cadena, Señor de la Villa de Yecla, en los Reinos de Castilla y dueño del Ingenio Buenavista en esta jurisdicción, otorga que vende a don Lucas Rosete, una negra del referido ingenio nombrada Justa Rosalía de 21 años, en 250 pesos.
Don Bartolomé de Orozco, natural de Sanlúcar de Barrameda, Provincia de Andalucía, en los Reinos de Castilla, vecino de este pueblo de Jalapa, hijo de los difuntos don Gaspar de Orozco y de doña Teresa de Sierra y Hurtado, otorga su testamento donde declara ser soltero sin descendencia, nombra como albacea y heredero a don Juan Isidro Fontecha y González, vecino de Jalapa. Declara que los bienes, deudas, derechos y acciones lo sabe su albacea.
Don José de Herrera y Campo, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Narciso Fernández de Heredia, Capitán del Regimiento de Asturias, próximo a viajar a los Reinos de Castilla, para que parezca ante la Católica y Real Majestad de Nuestro Rey y Señor Natural y ante sus Reales y Supremos Consejos de Castilla e Indias, y pida y suplique que en atención a sus méritos y servicios y los de sus predecesores se sirvan de honrarlo en los puestos, empleos y ocupaciones de su real servicio.
Don Francisco Díaz de la Madrid, natural de la provincia de Liébana, Obispado de León, Montaña de Santander, en los Reinos de Castilla, vecino de la Ciudad de México y residente en este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Gregorio Díaz de la Madrid y de doña Manuela de Agüeros y Terán, otorga poder para testar, nombra albacea y herederos a don José Gómez de la Cortina, don Servando Gómez de la Cortina y don Agustín del Corral, vecinos de la Ciudad de México, por ser soltero y no tener herederos forzosos.
Don Francisco Saguato, residente en este pueblo de Jalapa y vecino de los Reinos de Castilla, otorga poder general a don Sebastián Díaz y Herrero, para que tome cuentas a las personas que le deban y lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.