Miguel González, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a Gregorio Pérez, vecino de esta villa, 110 pesos 2 reales de oro común en reales dentro de un año, los cuales le prestó por hacerle bien y buena obra. Para seguro de la deuda le entrega al susodicho una casa de piedra y madera que tiene en esta villa, en la calle de Real que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que por el oriente linda con casa de Juan del Río y por el poniente con casa de Micaela de Piña; para que dicha casa la tenga en su poder y la arriende a cuenta de dicha cantidad hasta que se cumpla el año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOCASAS
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Don Ignacio de Tembra y Simanes y doña Juana Rodríguez Romano, su legítima mujer, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea y heredera, vecinos de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Ignacio de Tembra, en nombre de su mujer, presentó escrito con fecha de 10 de este presente mes y año ante el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esa villa, donde hizo relación diciendo que don Benito Rendón había comprado de los bienes del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, una casa en la cual quedaron las tutelas de los menores hijos y herederos de dicho alguacil mayor, a razón de 266 pesos 5 reales, con la obligación de que si alguno de dichos herederos quisiese dicha casa se le había de entregar con el cargo de dichas tutelas; y en ocasión de que han tomado estado don José de Tembra y Simanes, hermano del otorgante, con doña Catalina de Soto Noguera, una de las hijas y herederas de dicho alguacil mayor, han convenido en entregarles la dicha casa, obligándose a tener en su poder las tutelas de doña María, doña Juana Teresa de Soto Noguera y Juan de Soto Noguera, menores, y la parte que tiene doña Catalina, su mujer. Asimismo, obligarse a la paga de 533 pesos 5 reales en cuatro años, los mismos que tenía gastados el dicho Benito Rendón por las tutelas de las dos hijas que se casaron. Y habiendo notificado dicho alcalde a las partes interesadas, que son: don Luis Martínez de Figueroa, marido de doña Gertrudis de Soto Noguera; a don Hilario Alonso, marido de doña Margarita de Soto Noguera; y a Juan de Vega, curador ad litem de los menores hijos de dicho alguacil mayor; dijeron consentían la entrega de la casa con la condición de que don José de Tembra reconociera las tutelas, entregar sus legítimas, pagar los réditos y presentar fiadores. Y habiendo don José de Tembra presentado por fiadores a Luis Martínez de Figueroa y a Hilario Alonso, poniendo en efecto el auto proveído por dicho señor alcalde donde reconoce la fianza y autoriza la venta, por la presente venden a don José de Tembra y Simanes dicha casa que está en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para la Nueva ciudad de la Veracruz, haciendo esquina y frente con la casa de los otorgantes, en precio de 1 600 pesos de oro común en reales, de los cuales 799 pesos 7 reales pertenecen a las tutelas de los menores hijos de dicho Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, a razón de 266 pesos 5 reales a cada uno de los tres y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento anual hasta que tomen estado o tengan la edad pertinente; 266 pesos 5 reales pertenecientes a la dicha doña Catalina de Soto, por razón de su legítima; y los restantes 533 pesos 5 reales que se ha de obligar a pagar dentro de 4 años.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento al Sargento Bernardo de Reina, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera en la calle Real que sale de la plaza Pública para el mesón y camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en esquina, calle en medio, frontero de Antonio Millán Quijada y Pedro Trillo de Figueroa; la cual arrienda con su sala principal y un cuarto para tienda en dicha esquina, patio, pozo y lo demás que le pertenece, por tiempo de ocho años que corren a partir del 25 de diciembre próximo y por cantidad de 8 pesos 4 reales al mes que le ha de pagar a finales de cada año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMartina de Osses, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán Salvador Pérez, otorga vende al Sargento Antonio de Villavicencio, vecino de esta villa, una casa cercada de palos, embarrada y cubierta de teja, edificada en 20 varas de solar de frente y 50 de fondo, en la calle de la Lagunilla, que por el poniente linda con solar de Pedro de Guemez; por el oriente con solar de Juan Carpintero, calle en medio; y hace frente con el pueblo de San Juan Teteltitlan y fondo con solar de Juana Dorantes. Lo vende en 300 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Nicolasa Rodríguez, viuda de don Antonio Gómez Cataño, y doña Francisca Gómez Cataño, mujer legítima de Luis Núñez Villavicencio, hija y heredera de dicho difunto; venden a Antonio Estévez, vecino de esta villa, una casa de piedra y madera labrada en 20 varas de largo y 7 varas de frente, en solar de 25 varas y 50 de fondo, esquina de la plaza Pública, que por una parte linda, calle en medio, con casa de José Hernández; y por el otro lado con casa de Francisco Rodríguez; hace frente, calle en medio, con casa del Regidor don Francisco de Aguilar; y por el fondo con solar de Antonio de la Encarnación. La venden en precio de 1 692 pesos, de los cuales 300 pesos estar cargados a censo sobre dicha casa a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé de Aguilar y María Ferrer de Piña, su mujer, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, se obligan a pagar a Juan Rodríguez Bazán, vecino de esta villa, 106 pesos 2 reales de oro común en reales, incluidos el 5 por ciento de un año atrasado que el dicho José de Aguilar debía de dicha cantidad, cumplido a principios de mayo de este año, y 20 reales de esta escritura, que por hacerles amistad y buena obra les ha prestado en reales de contado. Cuya cantidad se obligan a pagar dentro de un año a partir del primero de mayo pasado, con sus réditos a razón del 5 por ciento anual, y para mayor seguridad de la deuda, María Ferrrer de Piña hipoteca una casa que tiene en esta villa en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Hurtado de Mendoza, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, dijo que por cuanto posee unas casas pequeñas de piedra y madera en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, en la calle cerrada que va del [Colegio] de la Compañía de Jesús al convento de Señor Santo Domingo y de [roto] la muralla que linda con casa de Román Díaz de la Madrid; las cuales hubo y compró a Isabel María de León, vecina de dicha ciudad. Y por los buenos servicios que ha tenido de la susodicha y por el amor y cariño con que le ha asistido en sus enfermedades, dignas de mayor remuneración, por tanto, otorga le hace gracia y donación de las casas referidas a la susodicha, para que las goce por suyas propias.
Don Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
JOSÉ DUARTE DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOREl Bachiller don Andrés de [Meza y Mendoza], Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Miguel García de Monzaval, maestro del arte de boticario, vecino de esta villa, una casa y dos solares, en precio de [1 500] pesos a censo redimible con sus réditos del 5 por ciento.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOIsabel de Arévalo, viuda de Fernando de Betancourt, hija legítima de José de Arévalo y de María Anastasia Gómez, difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba de donde ella es natural, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara por bienes la casa de su morada, de cal y canto cubierta de teja, fabricada en un solar de 50 varas por cada viento, que por el norte linda, calle en medio, con casa que fue de Benito; por el sur con solar que fue de Francisco de Betancur; por el poniente con solar de Josefa de Guzmán; cuya casa heredó de su marido. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero. Nombra heredero a dicho bachiller, por no tener herederos forzosos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO