Don Domingo González, familiar del Señor Obispo de este Obispado y electo Arzobispo de Valencia, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Romualdo Quijano, familiar de dicho Obispo y Notario Mayor de la Mesa de Casamientos, para que cobre todas las cantidades de pesos correspondientes a los réditos de la Capellanías que actualmente recibe o por razón de otros beneficios eclesiásticos colativos.
CAPELLANÍAS
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Don Alonso José Gatica, Cura de la antigua parroquia Jalapa, el Licenciado José Balboa de la parroquia de San José de la Laguna, don Juan de Bárcena y don Manuel de Boza, albaceas testamentarios de la difunta doña Ángela Francisca del Pino, otorgan que fundan la capellanía de Estudios de Gramática con el principal de 4, 000 pesos que cargan sobre 2 mesones que por bienes dejó la difunta Ángela; uno nombrado de las Ánimas ubicado en la Plaza Pública, valuado en 6, 915 pesos 6 y cuartilla real, y el otro nombrado San Antonio ubicado en la Calle Real, valuado en 3, 061 pesos 4 ½ reales, los cuales ponen en hipoteca especial para fundación de dicha capellanía y para que los poseedores de ellos paguen la cantidad de 200 pesos de réditos anuales. La fundación de la capellanía la hacen con los cargos siguientes que se mencionan en esta escritura referentes a la enseñanza de la Gramática.
Don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo Tomás Terri, vecino de Cádiz, para que solicite a cualquier personas, comunidad, Capellanías u Obras Pías, las cantidades de pesos que le quieran prestar a riesgo de mar y premio de tierra, obligándose a su paga y satisfacción de los premios e intereses que se ajusten.
Don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial, al Coronel don Vitores de Manero y Pinedo, vecino de Oaxaca, en Antequera, para fundar una Capellanía con la dote y capital de 3, 000 pesos, que se carguen a censo redimible sobre una casa que el otorgante tiene y posee, comprometiéndose a pagar cada año 150 pesos de oro por concepto de tributo y rédito, a favor de dicha capellanía.
El Capitán Gaspar de Olavarrieta, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio de Vértiz, Procurador de Causas en la Curia Eclesiástica de la Puebla, para que comparezca ante el Arzobispo de este Obispado, donde presente instrumentos, pidiendo la colación de una capellanía de 3, 000 pesos que fundó don Francisco Miguel Velad, donde nombren capellán a su nieto don José Mateo de Olavarrieta.
El Doctor José Suárez, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, apoderado del Bachiller Manuel de Iglesias Álvarez, hace efectiva la última voluntad de Teresa Fernández de Espinosa, dotando a la capellanía de misas rezadas con 3,000 pesos de oro común de principal, sobre unas casas altas de azotea en la Nueva Veracruz que posee Miguel de la Vega, imponiéndolos a censo redimible a favor de la dicha capellanía, de los que dicho Miguel obliga dicha casa y pagará sus patronos y capellanes, 150 pesos de oro común de tributo y rédito a razón de 5 % anuales, nombrando como primer Capellán a Ignacio Fernández Álvarez, para que sirva y perciba los réditos de su principal y a falta de patronos, se nominará de acuerdo a cláusula. Por tanto, el Capellán tendrá la obligación de decir 25 misas rezadas anualmente, la capellanía no se podrá conmutar en otra obra pía, aunque para ello se hagan bulas apostólicas u otros escritos.
El Alférez don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo compró unas casas con la condición que reconocería a censo redimible 1, 500 pesos de la capellanía que fundo don Sebastián Flores Moreno y doña Gertrudis Thormes, su mujer, y que sirve actualmente el Licenciado don Juan de Lucena, domiciliario del Obispado de la Puebla, y siendo condición para la compra de dichas casas, reconoce por la presente dicho censo.
El Licenciado Miguel Bazán de Otero, Clérigo Presbítero domiciliario de este obispado de la Puebla, otorga poder al Licenciado don Anastasio Márquez, Clérigo Presbítero vecino de la Puebla, para que en su nombre cobre los réditos de su capellanía que le deban y otras cantidades que le deban por préstamos o cosas semejantes.
Doña Andrea Dorotea Hernández y doña Gertrudis López, viuda y sobrina respectivamente del Capitán de la Compañía de Pardos Francisco Javier López, sus albaceas testamentarias según cláusula del poder para testar que confirió en esta Villa, y en uso de dicho poder venden a don José Ignacio Pavón y Muñoz, del comercio de la Nueva Veracruz, una casa situada en la Calle Nueva con 14 varas 2/3 de frente, que lo hace hacia el sur con la boca del callejón que baja al del Diamante y casa esquina de doña Rita Morales; y 88 varas de fondo que lo hace al norte con el pasadizo o camino que va para el aguaje de Xallitic, por donde cruza el desperdicio de aquéllas y otros manantialitos a su frente. Por el costado del oriente linda con solar de las señoras Acosta o Rodríguez y al poniente con casa nueva de don Juan Antonio Figueiras. La vende en 3 300 pesos, 1 900 de contado y 1 400 que reconoce en parte de una capellanía que mandó fundar doña Paula Barradas [Meléndez].
El Bachiller don José María Suárez, Clérigo Subdiácono del Obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa, otorga poder especial al Presbítero don Joaquín Enciso, residente en la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación tome colación de la capellanía que fundó el Presbítero don Manuel Carrillo, vacante por fallecimiento del Presbítero don Francisco Antonio Hernández Reynal y Carrillo, en virtud de haber sido nombrado por capellán propietario de ella por la Reverenda Madre Sor María Antonia de Guadalupe, Priora del convento de Religiosas Agustinas Recoletas de Santa Mónica, en uso del Patronato que le compete, conseguida la colación haga las diligencias necesarias.