Testamento de Doña Mariana de la Gasca, vecina de Jalapa, hija legítima de Don Lorenzo Vázquez y de Doña Luisa de la Gasca, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural la otorgante. Declara haber sido casada en primer matrimonio con Francisco de Estupiñan, con quien procreó a doña María de Estupiñan, casada con Juan de la Gala Moreno, y a José de Estupiñan, quien murió mancebo. Por segundas nupcias con Sebastián García Adán, vecino que fue de este pueblo, con quien procreó a Sebastián de Aparicio, quien murió religioso profeso de señor San Francisco. Ordena que, a Sebastián García, niño de más de doce años que ha criado y que está en la ciudad de México aprendiendo el oficio de platero, se le den, cuando sea hombre, 200 pesos y una mulatilla de tres años de edad llamada Antonia, hija de Isabel, su esclava mulata. Manda que una niña que le echaron a la puerta, llamada Juana, de 10 meses de edad, se le dé un mulatillo de 15 días de nacido llamado Luis, hijo de dicha su esclava Isabel. Ordena que por el mucho amor y voluntad que le tiene Dominga, negra su esclava, de veinte años de edad poco más o menos, que nació en su casa y crio a sus pechos, hija e Catalina, negra de Guinea, difunta, mientras no se case sirva y esté en compañía de su hija, doña María de Estupiñan, y casándose con persona libre la ahorra y liberta de su cautiverio; pero si se casa con un esclavo revoca dicha libertad, quedando sujeta a doña María de Estupiñan. Ordena que un negrito nombrado Juan, de año y medio de edad, hijo de Dominga, negra criolla su esclava, cuando tenga 8 años de edad se le entregue al convento de San Juan de Dios de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por haberlo mandado de limosna al glorioso santo, con cargo que sirva a sus religiosos y enfermos el tiempo que viviere, y si fuere vendido que no valga la venta. Ordena se libere a su esclava Juana Dominga, negra criolla del Lencero, que ya es vieja, con la condición de que sirva a los enfermos en el hospital de este pueblo. Ordena fundar una capellanía de memoria de misas rezadas en la iglesia del convento de San Francisco de este pueblo, donde tiene a su costa levantado un colateral con un lienzo de Cristo a la columna y adornado con sus cortinas, lámpara de plata, ornamentos, manteles y candeleros. Nombra como albacea a su yerno, a su hija y al licenciado Andrés Méndez de Luna, cura beneficiado por Su Majestad de este partido. Nombra como heredera universal a su hija.
CAPELLANÍAS
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El Capitán Don Francisco García López y Doña Ana Francisca Matamoros, su legítima mujer, vecinos de Jalapa, venden al Licenciado Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, cura beneficiado por Su Majestad del partido eclesiástico de Jalapa, dos casas, una grande y otra pequeña, ambas de piedra, cubiertas de teja, ubicadas en la calle que va de la plaza de este pueblo a la Veracruz; lindan por una parte, con casas de Tomás de Campo; y por la otra, con la de Ana González de Astudillo; hacen frente con casas del Alférez Don Miguel de Zamora, y del Alférez Don Antonio de Medina; las cuales heredó la otorgante de su madre Doña Aldonza de Vargas, con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, por el precio de 1600 pesos de oro común. Los 200 pesos a censo redimible, con una renta de 10 pesos anuales a favor del Convento de San Francisco de Jalapa, y los frailes tendrán la obligación de decir dos misas por el alma de Leonor de Sahagún, madre de Nicolás de Pro; y los 1000 pesos quedarán cargados a censo sobre dichas casas, pues los otorgantes tienen la intención de convertirlos en dote de una capellanía que pretenden fundar, y de los 400 pesos restantes, se dieron por pagados en reales de contado.
El Capitán Don Francisco García López y Doña Ana Francisca Matamoros, su legítima mujer, vecinos de Jalapa, como albaceas de Doña María Aldonza de Vargas Matamoros, hermana de la otorgante, fundan una capellanía de misas por el alma de la difunta Doña María Aldonza y las de los instituidores, con 1000 pesos de principal que situaron sobre dos casas, una grande y otra pequeña, de piedra cubiertas de teja, ubicadas en la Calle Real, yendo de la plaza de este pueblo a la Veracruz; las cuales hacen frente con las casas de los alféreces Don Miguel de Zamora y Don Antonio de Medina; por otro lado, con las de Tomás de Campo, y por el otro, con las de Ana González de Astudillo, mismas que fueron vendidas al Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, uno de los curas beneficiados de Jalapa, con el cargo de los 1000 pesos de oro común; así como con otra carga de 200 pesos de principal y 10 pesos de réditos anuales en favor del Convento de San Francisco de Jalapa, que sin fundación y solo por cláusula dejó ordenado Doña Leonor de Sahagún, madre de Nicolás de Pro, quien vendió la casa grande con esta obligación a Doña María Aldonza de Vargas Matamoros.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido eclesiástico de Jalapa, dijo haber comprado a censo redimible del Lic. Don Hernando de la Barrera, presbítero de la Diócesis del Arzobispado de la ciudad de México, dos sitios de ganado menor para agostadero, en términos de los pueblos de Teocelo y de Ixhuacán de los Reyes, en la cantidad de 3400 pesos de oro común de principal y la fundación de una capellanía de misas; y ahora, por la presente escritura traspasa y vende dichos sitios de ganado menor a Don José de Armenta, vecino de Teocelo.
El Bachiller José Francisco Nieto, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, otorga poder al Reverendo Padre Fray Luis de Castro, religioso de la Orden de Nuestra Señora Mercedes, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre de Matías de Rosete Peralta y Jacinto de Rosete Peralta, el primero dueño de un rancho en la provincia de Tlaxcala nombrado Nuestra Señora de la Concepción, los réditos corridos de la capellanía de 1, 000 pesos de principal que goza y sirve don Jerónimo de Villa Setien de la Orden de Alcántara, en virtud de carta orden de don Carlos de Zugadi, que por el año de 1710 los redimió don Jerónimo y entregó en el cofre de la Santa Iglesia Catedral de donde el mismo año los sacó el mencionado Matías y los impuso sobre el rancho.
Don Francisco Miguel de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan Francisco de Campo, su hijo, de la misma vecindad, para que lo represente en todos sus pleitos, causas civiles, criminales, eclesiásticas y seglares, demandando y defendiendo con cualquier comunidad y personas particulares, especialmente para efecto de que haga las causas tocantes al patronato en que ha sucedido de la capellanía que fundó doña Ana Francisca Matamoros sobre unas casas sitas en este pueblo que se han caído, donde han vivido los curas que tienen la capellanía.
Don Francisco de Aguirre, mercader vecino del pueblo de Jalapa dijo que el 12 del corriente mes y año se le remataron los ganados pertenecientes al quinto de los bienes de doña Francisca Díaz Matamoros, vecina que fue de la doctrina de Misantla, los cuales se han traído a pregón por comisión del señor Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de este Obispado, en los precios que se señalan en la escritura, cuyos ganados importaron 2, 120 pesos que son los mismos que constan de la hijuela del quinto que se presenta en los autos para la fundación de la capellanía mandada fundar, en cuya virtud se obliga a cumplir las condiciones, a exhibir y entregar la cantidad para la voluntad y disposición de don Manuel Antonio Casados, patrono nombrado de la capellanía.
El Bachiller Bernardo Rodríguez de Molina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Naolinco, dijo tener intención de instituir y fundar una o más capellanías con el principal de un rancho de labor que tiene en la provincia de Tepeaca, junto a San Andrés Chalchicomula, para cuyo efecto es forzoso solicitar comprador de él, para lo cual otorga poder al Bachiller Francisco Domínguez, residente en este pueblo, para que en su nombre haga inventario del rancho y lo venda.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino y mercader del pueblo de Jalapa, vende a doña María García de Baldemora, viuda de Antonio de Acosta, vecina del pueblo de Naolinco, 50 pesos de censo en cada año que impone y sitúa sobre todos sus bienes, especialmente sobre una casa de cal y canto que linda al frente con la Calle Real, al oriente con casa de Magdalena Josefa de la Higuera, al poniente con casa del otorgante y al fondo con solares de Ángela Cortés y Josefa de Castro; cuyo solar se encuentra libre de tributo e hipoteca y por tal lo asegura para pagarse por mitad cada seis meses, que se contarán a partir de que se imponga la capellanía que quiere fundar la mencionada María para ordenar a título de ella a su hijo Pedro de Acosta, en que lo difiere y releva en 1, 000 pesos de oro común de principal con las cláusulas que se mencionan.
Miguel de Mafara, vecino de Jalapa, dijo que como padre y legítimo administrador de las personas y bienes de Miguel Jerónimo y Juana de la Cruz, sus hijos y de Josefa Martín de Castro, su mujer difunta, quien dijo en su testamento se instituya una capellanía de misas con el principal de 1, 000 pesos que habían de redituar 50 pesos anuales, la cual revoca por la última disposición que otorgó en el pueblo nombrado el Plantanar, que había impuesto sobre esas tierras, ubicadas en las orillas de la barranca de Chocamán, del que le pagó réditos el Capitán Lope de Iribas y apercibieron Antonio Martín de Castro y María de los Santos, asimismo sus hijos; por tanto, en nombre de sus hijos acepta la herencia que le toca, y de esta forma otorga poder especial a Miguel Gómez, para que en su representación reciba, demande y cobre el rédito que se les debe de 9 años a la fecha de los 1, 000 pesos que les toca.