CAPELLANÍAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0088 · Unidad documental simple · 1708/08/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián Falcón, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo de la iglesia, estando enfermo en cama del cuerpo, sano de la voluntad y en todo su libre juicio, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que ha servido una capellanía que está fundada sobre casas de la Nueva ciudad de la Veracruz en propiedad que le hizo colación de ella el señor provisor, cuyos réditos de un año que se cumplió por julio se le deben 50 pesos, manda que se cobre. Declara que debe a las personas siguientes: Luis de Tejeda, al padre guardián y a don Francisco Mayorga Cervantes. Declara por sus bienes un alba con puntas grandes blancas, una sotana de ceda nueva, sotana y mantel de picote usada, dos capotes, una cajita con diferentes libros, un breviario, un semanario, una caja de cedro mediana con cerradura y llave dentro de ella, cuatro camisas y cuatro calzones blancos, entre otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra por su albacea a don Francisco Mayorga Cervantes y también lo nombra su heredero.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0068 · Unidad documental simple · 1709/06/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Rojas e Isabel Álvarez de la Oliva, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan que fundan una capellanía que sirva a la Divina Majestad de Dios Nuestro Señor y al aumento de su divino culto, con la dote, número de [misas], capellanes, propietarios e interinos, patronos y con las calidades y condiciones siguientes: Dotan la capellanía con 2 000 pesos de oro común que sitúan en el valor de la casa de su morada, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el río, en esquina; la cual linda por el sur con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; por el poniente con la del Capitán don Hipólito del Castillo de Altra; por el norte, calle en medio, con casa del Cabo de Escuadra Miguel de Salcedo y solar del Sargento Miguel Díaz de Aguilar; por el oriente, calle en medio, con casa del Bachiller don José López de Sagade Bugueiro. Se obligan a pagar al capellán 200 pesos de rédito anual por los 2 000 pesos que sitúan y cargan a censo redimible sobre dicha casa, cuya paga harán por tercios cada cuatro meses. Nombran capellán propietario a Manuel Rodríguez de Aguilar, de más de treinta años de edad, quien se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato. Nombran por capellán interino al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero Domiciliario de este obispado. Dichos capellanes tienen la obligación de decir una misa rezada todos los domingos y días de fiesta a las ocho de la mañana en la iglesia parroquial de esta villa por las almas de los fundadores. Asimismo, se nombran ellos mismos primero patronos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0113 · Unidad documental simple · 1710/12/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Felipe López del Castrillo, vecino de esta villa, una casa de paredes de piedra y madera, baja, que posee en esta villa, la cual linda y hace frente con la plaza Pública; por el poniente linda con casa de don [ilegible]. La vende en precio de 1 700 pesos, de los cuales [1 000 pesos] corresponden al principal de un censo que sobre dicha casa está impuesto, perteneciente a una capellanía impuesta [roto] del Bachiller don Nicolás de Barrios; [y] 100 pesos impuestos sobre dicha casa a favor del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa por razón del suelo en que esta edificada dicha casa. Declara que los 600 pesos restantes los ha recibido de contado.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0045 · Unidad documental simple · 1711/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 19 de febrero pasado los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa; don Alonso López de Sagade Bugueiro; don Manuel Gómez Dávila; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa; y otros dueños de haciendas en esta jurisdicción le otorgaron poder general para que comparezca ante el Rey Nuestro Señor y señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España u otro cualquier tribunal, donde pida se den por libres dichas haciendas de cualquier cargo que sobre ellas tengan por razón de reconocimientos y capellanes. Y haciendo uso de dicho poder, otorga lo sustituye en todo y por todo en don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0085 · Unidad documental simple · 1711/07/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que es dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] en tierras propias, en jurisdicción de esta villa; y de una casa principal de piedra y madera, también en esta villa, en la esquina de la plaza Pública de ella, que va para el camino real de la Nueva ciudad de la Veracruz, y linda por una parte con casa que quedó por bienes de doña Juana de Contreras Gatica; por el fondo con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y hace frente, calle en medio, con casa de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sobre la cual están cargados 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón, difunto. Asimismo, dijo que sobre dicha hacienda están cargados 7 000 pesos de principal a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, también 1 200 pesos a favor de la capellanía que dejó fundada por su alma el Licenciado don Juan de Rivera Grajeda. Y porque se siente con muchos achaques y no puede administrar, regir ni gobernar su hacienda por su mucha edad, ha ajustado con el Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino, hacerle transacción y concierto, por lo cual otorga que vende, cede y traspasa al Regidor don Juan Valero, la dicha hacienda y la casa en precio de los 11 200 pesos, de los cuales se ha de obligar y reconocer 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón; 7 000 pesos a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición; 1 200 pesos a favor de la capellanía que fundó el Licenciado don Juan de Rivera; y los 1 000 pesos restantes que le ha de dar su sobrino según tienen pactado. Dicho traspaso se realiza bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0130 · Unidad documental simple · 1711/10/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Rojas, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Torrijos en el arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan de Rojas y de Manuela de Sandoval, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda se saquen de sus bienes 200 pesos y estén en poder de Isabel Álvarez de la Oliva, su mujer, los cuales le hace gracia y donación a Isidro de Rojas, huérfano que nació en su casa, hijo de Jerónima. Hace manda graciosa de 200 pesos para Josefa Galván, prima de su esposa. Manda se saque de lo mejor parado de sus bienes 3 000 pesos para que sus albaceas funden una capellanía de misas rezadas, y con sus 150 pesos de réditos se digan misas rezadas por su alma y la de su mujer en los días que le parezca al capellán, en el ínterin que se acaba de construir la ermita de San Sebastián, porque entonces será obligación del capellán decirlas los domingos y fiestas de guardar a las ocho de la mañana; dicha capellanía se ha de imponer sobre la casa de su morada, nombrando como primer capellán al Bachiller Manuel de Aguilar Rodríguez, Clérigo Subdiácono; asimismo, nombra por capellán interino, mientras que se ordena el propietario, al Bachiller don Pedro Miguel Salgado, Presbítero Vicario de esta villa; y nombra por patrona de ella a su mujer, Isabel Álvarez. Ordena se le entregue a José Álvarez, su hermano, una espada de plata, sus armas y vestido. Declara que hace treinta años, más o menos, contrajo matrimonio con la dicha Isabel Álvarez, sin aun tener hijos. Nombra como albaceas al Cabo de Escuadra José Álvarez, su hermano, y a su mujer, a quien también nombra como heredera universal.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0025 · Unidad documental simple · 1712/03/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda tomar a censo redimible 7 000 pesos de la persona, obras pías, capellanías o del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino u otro que halle; y cargue dicho censo sobre unas casas que posee en dicha ciudad y sobre su hacienda de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, que tiene en esta jurisdicción a 2 leguas de esta villa, la cual linda por esta parte con el río Blanco; por otro lado con la hacienda de trapiche del Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino; por otro lado con tierras del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, su hermano; y por otro lado con tierras y rancho de Miguel García. Dicha hacienda se compone de 17 caballerías de tierra que heredó del Licenciado don Juan Valero Grajeda, su hermano; y sobre la cual están cargados 3 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don José de Morales, asimismo, se halla hipotecada por 7 000 pesos a favor del Santo Oficio.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0088 · Unidad documental simple · 1712/10/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero; don Francisco Valero y Espinosa y doña Juana Ramón y Espinosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el difunto dejó los siguientes débitos: 1 029 pesos que debía al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, de cuentas de capellán de la capilla por doce años; 9 200 pesos de principal que está sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, y los debía a los menores hijos del difunto Capitán don Antonio de Brito Lomelín, y un año de sus réditos; debía de una capellanía que esta impuesta sobre dicha hacienda, de 2 000 pesos de principal a favor del Bachiller don Juan de Aranda Gómez, difunto; le debía a don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, 100 pesos de réditos de dicha capellanía; al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, 2 000 pesos de principal que están sobre dicho trapiche, y sus réditos; a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la parroquia de esta villa, 1 000 pesos de principal situados sobre dicho trapiche y un año de réditos; a los herederos del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 1 379 pesos 7 reales y medio de resto de cuentas como encomendero que fue de dicho difunto; al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 240 pesos de avíos para dicha hacienda; al Conde del Valle, don José Hurtado, 1 500 pesos; al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, del diezmo del tiempo de su administración; al maestro José de Rivera, del arte de barbero, vecino de esta villa 100 pesos de una libranza; a don Miguel García de Monzaval, maestro de boticario, vecino de esta villa, por medicinas de su botica a dicha hacienda y gasto de casa; a Juan de Dios, maestro calderero, vecino de Orizaba, 16 pesos; entre otros débitos que se mencionan. Asimismo, declaran que al difunto le debían las siguientes personas: el Capitán Juan de Piña le debe 2 180 pesos procedidos del valor de la hacienda San José de Omealca, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que le vendió el difunto; Antonio Riveron, vecino del pueblo de Orizaba, 500 pesos que quedaron debiendo los indios gañanes de la hacienda de Tecamaluca, que fue del dicho difunto; Diego Ventura Márquez, maestro calderero, vecino de esta villa; entre otros que se mencionan. Declaran que dicho difunto contrajo terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual declara haber llevado por dote 1 663 pesos como consta en recibo, más 300 pesos que le entregó el Marqués de Sierra Nevada, vecino del pueblo de Orizaba, albacea y heredero que fue de doña Clara de Mora y Medrano, de la obra pía que fundó la madre del Capitán don Juan González de Olmedo. Declaran que dicho difunto contrajo primeras nupcias con Juana de Gatica Padrón, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa; y que también pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, con quien procreó a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declaran que procreó con doña Juana Ramón y Espinosa, su tercera esposa, a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; a doña Mariana Gómez Dávila, de un año; y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declaran que, a dicho difunto, por ante Real Justicia de esta villa, le hizo cesión doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, de la hacienda de trapiche nombrada Señor San Antonio, que quedó por bienes del Capitán don Antonio de Brito Lomelín, difunto, habiendo reconocido las tutelas que sobre dicha hacienda estaban a favor de los hijos y herederos de dicho capitán y las dotes de doña Gertrudis García y acreedores que había sobre dicha hacienda. Declaran por bienes de dicho difunto la hacienda nombrada San Antonio y una casa principal en esta villa. Los otorgantes se nombran como albaceas testamentarios; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombran como herederos universales a los hijos del difunto, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0022 · Unidad documental simple · 1706/03/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Brito Lomelín, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 2 pesos de limosna a cada una de las 8 cofradías que están en la parroquia de esta villa, el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Soledad, la Sangre de [roto] Rosario, Jesús Nazareno, Señor San José, la Pura y Limpia Concepción, las Benditas Ánimas del Purgatorio y San Juan Tetitlán de las Casillas. Asimismo, manda se saquen de sus bienes 200 pesos y de ellos se den 100 pesos a María de Brito y los otros 100 a Isabel de Brito Lomelín, hijas de Diego de Brito Lomelín, difunto. De igual forma se saquen de sus bienes otros 200 pesos y se le den 100 a Catalina de Pino y 100 a Antonia Gutiérrez, niña doncella, hija del Alférez Juan Gutiérrez. Dijo que habrá tiempo de cuarenta años que contrajo matrimonio con el Capitán Tomás López de Sagade, difunto, del que fue albacea, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos al Alférez don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, a don Alonso, don Tomás y don Juan López de Sagade, asimismo Presbíteros. Declara por sus bienes dos casas de cal y canto. Ítem, declara que fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal sobre un trapiche nombrado San José, que al presente posee su hijo el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, y nombró por primer capellán al susodicho, como asimismo se nombró como patrona de ella. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller don José López de Sagade, Alonso, don Tomás y a Juan López de Sagade Bugueiro, sus hijos, y sólo por tenedor a Juan López de Sagade. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes instituye y nombra por únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0077 · Unidad documental simple · 1707/06/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Antonio de Villavicencio, vecino de esta villa, declara que los Bachilleres José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino y el Presbítero don Juan López de Sagade Bugueiro, así como también don Tomás López de Sagade Bugueiro, hijos y herederos del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito [Lomelín], difuntos, lo nombraron contador para la cuenta de división y participación entre los citados herederos de los bienes que quedaron por fin y muerte de sus padres. También declara que la cuenta de participación, en virtud de los avalúos de los bienes, se componen de una hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrada Señor San Joseph [José] y una casa de piedra y madera, de la cual tiene hecho el avalúo y cuerpo de bienes, asimismo, tiene rebajados los débitos que debían los difuntos, quedando de quinto líquido la cantidad de 3 150 pesos y 4 reales, igualmente, dijo que de esa suma se deben rebajar 3 000 pesos de una capellanía que impuso la difunta, por lo que sólo quedan 150 pesos y 4 reales para el funeral y misas que mandó una de las cláusulas del testamento de la difunta. Por otra parte, declara que le consta que el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, como albacea de la dicha su madre, suplió 299 pesos y 4 reales de su caudal como aparece de recibo y así lo juró en forma de ser cierto y verdadero.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO