El Capitán Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general que le otorgó don Francisco de Echebeste, vecino de la Ciudad de México, funda una Capellanía con un principal de 3, 000 pesos, cargados sobre tres casas del fundador con 1, 000 pesos en cada una, de los cuales los capellanes cobrarán los réditos anuales de 50 pesos, en cualquiera de los Obispados de la Nueva España, nombrando como Patrono a Manuel de Olmedo, como Capellán a Francisco de Olmedo y Araciel, hijo del poderdante, por la falta de éste a sus hermanos y por la ausencia de éstos, se realizará un sorteo para elegir al mas idóneo, el cual cubrirá dicho puesto por el periodo de 3 años.
CAPELLANES
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El Reverendo Padre Fray Juan de Cuéllar, Presbítero de la Orden de San Hipólito Mártir, Capellán del Hospital Real de la Pura y Limpia Concepción, otorga poder especial al Licenciado don Diego Pérez de Avellaneda, Clérigo Presbítero, domiciliado del arzobispado de México, en esta Nueva España, para que en su nombre, comparezca ante el subdelegado de su santidad, o quien en su lugar se encuentre, y solicite relajación del voto de obediencia, dispensa y título.
Doña Luisa Ponce de León, viuda de Don Juan Sámano y Quiñones, vecina de la ciudad de México, residente en su ingenio de (San Miguel) Almolonga, jurisdicción de Jalapa, en nombre de Luis de Tovar Godínez, Escribano Mayor de la Gobernación y Guerra de esta Nueva España, como patrono de la capellanía patronato lego que fundó de 4 000 pesos de principal sobre dicho ingenio de azúcar, nombró capellán del citado patrono al Bachiller Fernando de España, presbítero, para que sirva la referida por el tiempo que Don Luis de Tovar Godínez lo estime.
Don José Rivera, Sargento Primero de Granaderos del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, otorga que ha recibido del Presbítero don Manuel María de Neira, Capellán Párroco del Primer Batallón del mismo regimiento, la cantidad de 1,000 pesos; cuya suma se obliga a satisfacer en el término de un año, y para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava una casa de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, que posee en esta Villa, en la última cuadra de la Calle de San Francisco de Paula.