Doña Isabel de Medina y Landa, viuda del Alférez Don Juan Ruiz Fernández, vecina de Jalacingo, funda una capellanía de misas por su alma, la de su marido, padres e hijos, con 3000 pesos de principal y 150 pesos de réditos anuales, que fueron instituidos sobre un trapiche de hacer azúcar nombrado San Juan, situado en términos de Santa María Tlapacoya. Designó como primer capellán a su hijo el Bachiller Don Antonio Ruiz Fernández.
CAPELLANES
129 Descripción archivística resultados para CAPELLANES
El Capitán Don Juan de Burgos, vecino de la ciudad de Cádiz, en los reinos de Castilla, residente en este pueblo, dueño del navío nombrado El Santo Cristo de Burgos, Nuestra Señora del Carmen y San José, que vino en conserva de la presente flota surta en San Juan de Ulúa, del cargo del General Don Manuel de Velasco y Tejada, que acaba de llegar este año, dio su poder cumplido en primer lugar, al Capitán Don Fernando Salvador y Mejía, su cuñado; y en segundo lugar a Don Pedro Martínez de Murguía, Caballero de la Orden de Santiago; y en tercero, al Lic. Don Diego Manuel Juárez de Uriza, capellán de su navío; y en cuarto lugar al Capitán Don Juan de Echevaste, todos recién venidos en dicha flota, residentes en la Nueva Veracruz, para que en su nombre, cada uno de los susodichos, según el lugar y grado que van nombrados, usen este poder y administren su navío en todo lo que le tocare y perteneciere.
Juan Bravo de Alarcón, vecino de Jalapa, dijo que por cuanto Gregorio Juárez Tello le hizo la venta de un rancho con cargo de 1, 000 pesos a favor de la capellanía que mandó fundar María de la O Muñoz, otorga por sí y en nombre de sus sucesores y herederos reconocimiento en toda forma de dicho censo, para pagar sus réditos a los capellanes y se obliga a guardar y cumplir las calidades y condiciones de la escritura.
Don Gaspar Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, de donde es vecino y natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carbajal [Caballero de Carvajal], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa de Lepe, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena a sus albaceas y herederos mandar decir todos los años una misa cantada al Señor San Roque, en la iglesia parroquial de esta villa y por su limosna, con la cera y cantores, se han de pagar 3 pesos de oro común, para lo cual sitúa y señala 60 pesos en el valor de su hacienda de trapiche de fabricar azúcar que posee en la jurisdicción de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción. Es su voluntad se saque de sus bienes lo que importe el costo de unas vidrieras y la manufactura, las cuales ordena se pongan en todo el circulo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en el altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos de oro común que han de quedar impuestos sobre dicha hacienda, [roto] [para que se] diga la misa al glorioso Señor San Roque y para el aceite que se ha de gastar todo el año en la lámpara del glorioso Señor San José, en su altar que está en la iglesia parroquial de esta villa. Dijo que su hacienda tiene cargados 1 000 pesos a censo redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán, jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y por cuanto con dicha cantidad ha aumentado la hacienda, es su voluntad que los 1 000 pesos queden cargados perpetuamente y se paguen los 100 pesos de sus réditos cada año al capellán del santuario de dicha señora. Ordena sacar 500 pesos de oro de su remanente y de ellos hacer un colateral al Glorioso San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Anna pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín pues éste ha de ser de busto, el cual se ha de poner en la iglesia parroquial de esta villa, en la parte y lugar más inmediata al altar del Señor San José. Declara por bienes las casas de su morada en esta villa, que compró por remate público de los bienes de Joseph [José] de Nares, sita en la calle Real, que de la plaza Pública va al camino real que sale para Veracruz, y una esclava nombrada Teresa. Asimismo, declara tener dos solares de 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, uno yermo que linda por el fondo con casa de Mariana Martín y por el frente, calle en medio, con solar de María González, viuda de Juan de la Cruz; el otro solar hace frente, calle en medio, con casas de Benito Rendón, hace esquina frente a casas de Juan de Soto Noguera, y por el fondo linda con solar de doña María de Brito, en cuyo centro del solar hay una casa baja. Declara por bienes la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que hubo y compró a Pedro García de Messa [Meza], con 4 caballerías de [tierra] y hoy se encuentra con 8 caballerías y media [roto] que ha comprado a don Francisco de [Rivadeneira], apoderado de don Gaspar Carlos de [Rivadeneira]. Declara estar casado con doña Juliana de Contreras y Sid [Cid], hija legítima de Gonzalo de [Herrera y] Contreras y doña Josepha Cid [Josefa Cid de Lara], vecina de esta villa, con quien procreó a María, de catorce años; a Joseph [José], de doce años; a Manuela, de nueve años; a Gertrudis, de cuatro años; y Ana Francisca, niña de pecho. Nombra como albaceas al Regidor Miguel de Leyba y al Alguacil Mayor [Gregorio] Martínez de Solís, vecinos de esta villa, y a su esposa Juliana. Nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su esposa.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALEl Licenciado Diego García Calvo, Presbítero [roto] de la iglesia parroquial de esta villa, dijo que por fin y muerte del Licenciado Miguel García Calvo, Presbítero, su tío, le toca y pertenece como segundo capellán el servir dos capellanías que el susodicho servía; y para que haya persona por parte del otorgante, otorga que da su poder especial al Licenciado Juan de Rivera [y] Grageda [Grajeda], Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre de los albaceas y herederos del referido Miguel García Calvo, la escritura de la fundación de las capellanías que servía dicho difunto que pertenecen servir al otorgante como segundo capellán, y con ella se presente ante el ilustrísimo señor obispo o ante los señores jueces y justicias para que con derecho pida a su señoría se sirva de [usar] al otorgante colación y canónica institución de dicha capellanía. Por su parte el otorgante se obliga a cumplir y guardar las cláusulas y condiciones de su fundación, por lo que otorga el presente con libre y general administración.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Rafael Francisco de Salazar, Notario Receptor del Juzgado Eclesiástico de esta feligresía y Mayordomo de la Archicofradía del Divinísimo Señor Sacramentado de la antigua parroquia de Jalapa, nombra como Capellán de las misas de Alva a don Juan Manuel Rincón, hijo legítimo de don Manuel José Rincón y doña Ignacia Ortiz de Zárate, en quien concurren las calidades y circunstancias apetecidas por el fundador.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta y su legítima esposa doña Juana Manuela de Alba, vecinos de Jalapa, dueños de una casa en este pueblo, gravada en 4,667 pesos que restan por satisfacerse del precio de 6,000 pesos en que se les vendió, valuada en 9,134 pesos 1 y medio reales. Y por cuanto los relacionados se hallan con la presión de dar 3,000 pesos al vendedor cuenta del precio de su compra, suplicaron se les suministraran los principales que se hallan en las arcas del cofre de esta Santa Iglesia con calidad de reconocerlos sobre la expresada casa por tiempo de 5 años, ofreciendo por fiador a don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, por lo que otorgan han recibido dicha cantidad obligándose a pagar 1,500 pesos a la capellanía que fundo don Juan Montañés de la Cueva, como albacea de don Luis Fernández de la Flor y Pareja, de que es capellán el Presbítero don José Nicolás de Acosta, y los otros 1500 pesos pertenecen a la capellanía que fundo doña Constanza Rodríguez, de la que es capellán el Presbítero don Mariano Paz y Puente, Segundo Maestro de Ceremonias de dicha Santa Iglesia.
El Capitán Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general que le otorgó don Francisco de Echebeste, vecino de la Ciudad de México, funda una Capellanía con un principal de 3, 000 pesos, cargados sobre tres casas del fundador con 1, 000 pesos en cada una, de los cuales los capellanes cobrarán los réditos anuales de 50 pesos, en cualquiera de los Obispados de la Nueva España, nombrando como Patrono a Manuel de Olmedo, como Capellán a Francisco de Olmedo y Araciel, hijo del poderdante, por la falta de éste a sus hermanos y por la ausencia de éstos, se realizará un sorteo para elegir al mas idóneo, el cual cubrirá dicho puesto por el periodo de 3 años.
Don Pedro de Parraga Robledano, el Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado de este Obispado de Puebla y el Capitán don Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas del difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, otorgan que fundan una capellanía por orden de dicho difunto, la cual dotan con 4 000 pesos de principal que ha recibido don Vicente de Rementería como apoderado de los albaceas de don Juan de Rementería, quien los recibió en plata doble y los ha cargado sobre unas casas a censo redimible, obligándose a pagar al capellán que fuere 200 pesos anuales. Nombran como primer capellán al Bachiller don Manuel de Olmedo y Araciel, por la renuncia hecha de don Bartolomé Martínez de Mora al citado cargo.
El Reverendo Padre Fray Juan de Cuéllar, Presbítero de la Orden de San Hipólito Mártir, Capellán del Hospital Real de la Pura y Limpia Concepción, otorga poder especial al Licenciado don Diego Pérez de Avellaneda, Clérigo Presbítero, domiciliado del arzobispado de México, en esta Nueva España, para que en su nombre, comparezca ante el subdelegado de su santidad, o quien en su lugar se encuentre, y solicite relajación del voto de obediencia, dispensa y título.