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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0071 · Stuk · 1837/06/16
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Rodríguez Roa, actual mayordomo de la cofradía del Divinísimo Señor Sacramentado de esta parroquia, dijo que desde el año de 1829 se le vendió a don Juan Bautista de Lezama por el mayordomo que a la vez era de dicha cofradía, un solar con los nacimientos de agua que le pertenecen. El cual está ubicado en esta ciudad a la calle que va a salir a los lavaderos de Techacapa, lindando dicho solar por oriente con sitio de don Manuel María Carasa, por sur con calle que de la plazoleta del puente de Lagos guía a salir a la calle principal, por norte con dicha calle del puente de Lagos, y por poniente forma una diagonal en la referida plazoleta, siendo la figura del solar la que manifiesta el diseño que se agrega, con expresión de las dimensiones. Que en la esquina de los linderos de oriente y norte hay una caja o toma de agua perteneciente a la casa del finado don José Ignacio Esteva, cuya caja o toma es servidumbre que tiene el solar, que en éste hay varias casitas pertenecientes a extraños dueños, quienes pagan cierta pensión por el piso. Cuyo mencionado solar, se le vende al dicho señor Lezama, con el agua que le pertenece y bajo la servidumbre a que está sujeto, en precio de 150 pesos, que reconocerá perpetuamente, pagando anualmente el respectivo rédito de 5 por ciento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0138 · Stuk · 1837/11/27
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, dijo que le ha comprado a don Pedro Paredes y Serna, dueño de la hacienda de Santa Rosa, con intervención de su administrador don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, veinticinco novillos al precio de 24 pesos cada uno, cuyo importe ha de satisfacer en moneda de plata u oro, al vencimiento del plazo de tres meses, contados desde el día primero de diciembre del próximo entrante. Por lo antes mencionado, el comparente se obliga de pagar al señor Paredes, la cantidad de 600 pesos en el plazo de tres meses, contados desde el primero de diciembre del próximo entrante. Para caución y seguro del capital, hipoteca una casa que disfruta por suya, ubicada en el referido pueblo de Coatepec a la calle principal, con la cual hace su frente al norte, lindando por oriente con casa que fue de don Antonio Matías Rebolledo, por sur con casa y solar que fue de la difunta doña Josefa Maldonado, y por poniente con la calle que nombran de Cantarranas. El comparente señala, que la referida finca reconoce 1 000 pesos en favor de don José María Contreras, por escritura de 10 de noviembre de 1834, ante el presente escribano, por lo que queda en segundo lugar el gravamen que ahora le carga.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0055 · Stuk · 1838/07/05
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              La señora Josefa Gertrudis Hernández, vecina de Coatepec, mayor de edad y de estado viuda, otorga que vende a Teófilo Murrieta, vecino de dicho pueblo, un solar ubicado en el pueblo de Coatepec, en la calle Principal, con 28 varas de frente y 127 de fondo, y linda por el oriente con otro de Eugenia Sanabria; por el poniente con callejón que da al camino de Zimpizahua; por el fondo con solar de don José Joaquín Rebolledo; y por el frente con la referida calle Principal, cuyo solar heredó de su finado esposo, Alejandro Gorrón. Lo vende en precio de 150 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0077 · Stuk · 1838/09/03
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Monroy de Franceschi, viuda y albacea de su finado esposo, don Francisco de Paula Franceschi y Castro; y don Manuel Arizavalo, curador ad litem de la persona y bienes de don Francisco de Paula, doña Rosa María Dolores, doña María Josefa y don Domingo Antonio Franceschi y Monroy, hijos de las expresados; dijeron que habiendo fallecido intestado don Manuel Ignacio Franceschi y Castro, sus ocho hermanos que debieron heredarlo y en nombre y representación de los que ya no existen, sus hijos como sus legítimos herederos, procedieron a la división y partición de los bienes que a dicho difunto le correspondieron por la herencia de sus difuntos padres, la que ejercitaron extrajudicialmente y tocaron 1 212 pesos 4 reales 4 granos a cada uno de aquellos que los son: don José Antonio; doña Antonia; don Domingo Maria; doña Rosa María [Franceschi y Castro], esposa que fue de don Matías Martínez de Espinosa, ambos difuntos, y en su representación al albacea de éste, hija de ambos, doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi; doña María de Jesús Franceschi y Castro y en su nombre sus hijos don Santiago, don Manuel y don [Arizavalo]; doña María Josefa Franceschi y Castro y en su nombre el difunto don Francisco de Paula Franceschi, por sí, por dicha señora y por su hermana doña Marí Manuela [Franceschi y Castro], monja profesa en el convento de San Sebastián en la Península Española. De cuyas herencias le hicieron cesión según consta en un expediente que queda archivado en este oficio público, en cuyos trámites del expediente se encuentra la fianza de mutuo saneamiento, en la cual los otorgantes ofrecieron formalizar la correspondiente obligación con hipoteca, a lo cual doña María Josefa Monroy de Franceschi y don Manuel Arizavalo dijeron que por el bien que resulta a la testamentaria y a los menores, han convenido reconocer sobre la casa situada en la calle Principal, que en el reparto de los bienes del difunto le tocó a don Manuel Ignacio y a don Francisco Franceschi, y es una que por dicha partición y escritura se le ha adjudicado 1 127 pesos 2 reales 4 granos a la señora doña Antonia Franceschi y Castro; 723 pesos 2 reales 4 granos a don Domingo Franceschi y en su nombre a dicha señora doña Antonia; y 731 pesos 5 reales 4 granos a doña Rosa María Franceschi y Castro y en su nombre a sus hijos doña María Dolores, doña María Josefa, doña Ramona y don José Pablo[Martínez de Espinosa y Franceschi], que igualmente se obligó a afianzar en favor de sus menores hijos, las dos cantidades que correspondieron a doña María Josefa y a doña María Manuela Franceschi y Castro, importando ambas sumas 2 425 pesos, de manera que las cinco cantidades hacen una total de 5 008 pesos 8 granos. Dicha cantidad doña María Josefa Monroy de Franceschi se obliga a reconocer sobre dicha casa, con causa de réditos de cinco por ciento al año, por el término de nueve años los tres capitales: dos de doña Antonia, que unidos hacen la suma de 1 850 pesos 4 reales 8 granos; y 731 pesos 5 reales 4 granos de las Espinosas, y los 2 425 pesos 6 reales 8 granos de doña María Josefa y doña Maria Manuela Franceschi, sin réditos porque éstos deben invertirse en los alimentos de sus menores hijos a quienes fueron donados, todo de común acuerdo con el curador de ellos. Y para mayor seguridad de los cinco capitales y réditos de los tres primeros, en favor de sus acreedores hipoteca la mencionada casa de altos y bajos, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la calle Principal de esta ciudad con el número público 14.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0024 · Stuk · 1839/03/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Antonia Franceschi y Castro, viuda de don Juan Bautista de Echagaray, dijo que para terminar con las diferencias que se suscitaron por la división y partición de los bienes de sus finados padres don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, se celebraron convenios con fecha de 12 de julio de 1824 entre lo que se acordó lo siguiente: que las deudas pasivas se satisficiesen con las casas del mesón nombrado de las Ánimas, su contigua que llaman de Bellido y la de Orizaba, y que para las legítimas quedase el resto de las fincas, que se sortearían en junta de interesados. Posteriormente, en junta de herederos y representantes a los bienes de dichos finados, se procedió al sorteo de acciones, por el cual salieron de compañeros la que habla y su hermano don Domingo María Franceschi y Castro. Que el 31 de julio de 1824, llevaron a efecto el reparto que se propusieron de las fincas que les habían tocado, quedándole a la relacionante la casa de la calle Principal titulada de los Villares [Billares]; y a su hermano la casa de altos de la calle de Belén y la del callejón de Quiñones, reconociendo la primera 550 pesos, parte de 2 200 pesos que sus difuntos padres mandaron imponer sobre las fincas de la calle Principal, y para que quedase libre la tercera e igualados los haberes hereditarios de ambos hermanos, impuso don Domingo sobre la segunda, que es la de altos ubicada en la calle de Belén, 1 000 pesos a censo en favor de la relacionante. Dicha señora siguió diciendo que desde aquella fecha han llevado cuentas del principal y réditos de la citada cantidad, resultando a su favor 540 pesos, de cuya cantidad por hacerle bien y buena obra a su citado hermano don Domingo le ha rebajado 100 pesos, y con acuerdo de éste han convenido con el señor don Antonio María de Rivera en que le satisfará los 440 restantes en abonos de 40 pesos mensuales sin rédito ni premio alguno. Y en consecuencia la mencionada doña Antonia Franceschi, sin revocar el poder que le tiene conferido a su hijo don Juan Hilario de Echagaray, declara haber recibido de su hermano don Domingo Franceschi 460 pesos parte de los 1 000 pesos que le reconoció y el premio corrido hasta la fecha. Por último, señala que la casa de la calle de Belén le queda a su hermano enteramente libre de toda responsabilidad. Y estando presente los ya citados don Domingo María Franceschi y Castro y don Antonio María de Rivera, dijeron que están conformes con el contenido de la escritura, obligándose este último a satisfacer los 440 pesos en los plazos estipulados.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0056 · Stuk · 1840/04/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María de la Soledad Contreras, originaria del pueblo de Jicochimalco [Xicochimalco], vecina de Coatepec y residente ahora en esta ciudad, mayor de edad, hija de don Manuel Contreras y de doña Bárbara Salazar, difuntos, otorga poder al presbítero don Antonio García López, cura actual de la doctrina de Coatepec, para que en su nombre haga y ordenen su testamento como se lo tiene comunicado. Declara que se encuentra en estado honesto y que no tiene herederos forzosos ni ascendentes ni descendientes. Declara que una casa que existe en el pueblo de Coatepec, en la calle Principal, la cual fue de don José Santiago Contreras, tío de la otorgante, pertenece a ella y a su sobrina doña María Antonia Díaz de la Concha, por haberla dejado para las dos. Nombra herederos a sus sobrinos doña María Antonia Díaz de la Concha y al marido de ésta don Francisco Ciriaco de Espino y Soria.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0078 · Stuk · 1840/06/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, de esta vecindad y comercio, dijo que por dos libranzas que don Lorenzo Fernández giró a favor del comparente y a cargo de don José María Ochoa, las cuales se cumplieron en 20 de octubre de 1836, recibió el relacionante 998 pesos; y por otras dos giradas por el propio Fernández a cargo del nominado Ochoa y a favor de Pastoressa, cumplidas en 20 de diciembre de 1836, recibió Pastoressa 879 pesos 4 reales, componiendo ambas sumas 1 877 pesos 4 reales, mismo que satisfizo el citado señor Ochoa del importe del traspaso que hizo el señor Fernández de la tienda que tuvo en esta ciudad en la equina de las calles Principal y de la Raqueta, y como por posterioridad a eso resultó presentado Fernández en quiebra al Tribunal Mercantil de esta ciudad, se mandó a solicitud de algunos acreedores, y se ha repetido por auto de 4 de febrero último, que Pastoressa caucione la indicada suma, obligándose a ingresarla en los fondos del concurso del repetido don Lorenzo Fernández, siempre y cuando así se disponga por el mismo Tribunal, previo el juicio y fallo de que no fue esa recepción de plazos cumplidos. Y estando anuente a formalizar dicha caución, por la presente confiesa haber recibido dicha cantidad de 1 877 pesos 4 reales y otorga se obliga a devolver esa cantidad, siempre que por resultas del juicio llegue a fallar el Tribunal que se haga esa devolución.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0042 · Stuk · 1831/03/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca Peredo, viuda de don Guillermo de Espino, mayor de edad y libre de ajena administración, y su hermano don José María Peredo, dijeron que de los bienes que le tocaron a la primera por su mitad de gananciales y por lo que llevó al matrimonio, tiene puesta una tienda de pulpería con capital de 3 000 pesos en la misma casa de su habitación, sita en la calle primera principal de esta ciudad. Cuya tienda o establecimiento ésta a cargo del segundo, por lo que ambos han convenido continuar bajo las condiciones siguientes: 1°, don José María se da por entregados de 3 000 pesos en efectos y se obliga a administrar dicha tienda. 2º, el mismo don José, se obliga a girar la tienda sin ayuda alguna, vendiendo y comprando cuanto sea necesario para surtir la casa. 3º, semestralmente se hará reconocimiento para saber el estado de la negociación. 4º, en el primer año sólo se le abonarán a don José María, por dicha administración, a razón de 35 pesos mensuales y de los adelantos o utilidades se le consignarán después en un nuevo convenio. 5º, que los dependientes que debe haber en la tienda serán colocados por don José María. 6º, durante el tiempo que permanezca a sueldo don José María, no será responsable de ningún quebranto o perdida que haya en la negociación. 7º, don José María, no podrá otorgar fianza en favor de ningún sujeto. 8º, para el caso de fiado, sólo podrá verificarlo don José María, hasta por importe de 100 pesos, y éste se hará a personas que tengan bienes con que pagar, o sean de la confianza de doña María Francisca y se expresará en las cuentas, en caso de que exceda los antes explicado, será pagado por don José María a doña María Francisca. Ambos otorgan se obligan a cumplir lo establecido el tenor de esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0105 · Stuk · 1831/05/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Diego Zavaleta, vecino de la población de las Vigas, dijo posee por suya una casita de paredes de piedras y lodo, cubierta de tajamanil y su correspondiente solar, ubicada en dicho pueblo de las Vigas, en la calle del camino principal, con su frente al sur, lindando por oriente con casa y solar de Antonio González, por el poniente con casa de Gabriel Zavaleta, y por el norte con las paredes del mesón que disfruta el Ayuntamiento de Tlacolulan. Cuya casita deslindada, vende al ciudadano Félix Hernández, en precio de 155 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0122 · Stuk · 1831/07/16
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa de Herrasti y Alba, de esta vecindad, viuda y albacea testamentaria de don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, dijo que teniendo en giro los bienes de la testamentaria, aun proindivisos, para su conservación y aumento a utilidad de la comparente por la parte que tiene de ellos, como de los herederos; necesitó 4 000 pesos para dar a los negocios impulso lucrativo, que con el fin de conseguirlos recurrió al señor canónigo de la iglesia catedral de este obispado de la Puebla don Mariano José Cabo Franco, quien le dio 1 000 pesos con oferta de entregarle los otros 3 000 pesos para el día primero de septiembre del actual año. Por lo antes mencionado, otorga que se obliga de pagar al expresado señor canónigo Cabo Franco la cantidad de 4 000 pesos, pagando intereses de los primeros 1 000 pesos desde el primero de éste mes y de los 3 000 pesos desde igual día del próximo septiembre. Señala que el pago de la suerte principal de los 4 000 pesos lo hará el día primero de septiembre de 1834, que se verificará en la ciudad de Puebla. Y para mayor seguridad de la deuda, hipoteca una casa de cal y canto de madera y teja, edificada baja y redificada de altos, sita en esta ciudad, en la calle de Principal, haciendo a ésta su frente y su costado al callejón del Diamante, lindando por una parte con casas de don Pedro Miguel de Echeverría y por otra con la de la esposa de don Juan Nepomuceno Durán, cuya finca tiene valor actual de más de 30 000 pesos. Casa que también se halla sujeta y gravada en 740 pesos en favor del mismo señor canónigo don Mariano José Cabo Franco y 2 500 pesos en favor de la Tercera Orden de Penitencia de este convento del Señor San Francisco por imposición que hizo don Juan Viera.

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