Andrea Antonia, parda libre de estado doncella, vende a Eugenia María, parda soltera, un pedazo de solar de 20 varas de frente y 50 varas de fondo, que linda al norte con la Calle de los Tecajetes y casa y solar de Francisca la Palomina, al sur con solar de don José Díaz de Acosta, al oriente con José de Aguilar y al poniente con el pedazo de solar que le queda a la vendedora, en la cantidad de 13 reales por cada vara.
CALLE DE LOS TECAJETES
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María Gertrudis Segura [Clavijo y Mangado], de esta vecindad, mujer legítima de Manuel Rafael Martagón, de quien tiene licencia para otorgar esta escritura, vende a favor de Manuel Cristóbal Alarcón, un pedazo de solar eriazo ubicado en la Calle de los Tecajetes, compuesta de 12 varas de frente hacia el sur, dicho callejón en medio, y del otro lado solar que fue de la difunta Gorrindo; y su correspondiente fondo hacia el norte, por donde linda con solar de los naturales; por el poniente con casa del finado don Antonio Arcos; por el oriente con el resto de este solar. Lo vende en precio de 60 pesos.
Roque de Castro, vecino de este pueblo, vende a don José Díaz de Acosta, de esta misma vecindad, la parte de un solar, de 40 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en la Calle de los Tecajetes, linda al oriente con solar de José de Aguilar, al Poniente con el vendedor, al norte con la calle que baja a los Tecajetes y al fondo con el comprador, en precio de 65 pesos.
José García, vecino de esta villa, vende a don José Ignacio García, de esta vecindad, una casa pequeña, ubicada en la calle que de la plaza que llaman del Rey sigue para el poniente, en la cuadra del campanero Viveros, haciendo esquina entre poniente y norte con unas paredes viejas; por el costado del poniente linda con callejón que baja al que llaman de las Guzmanas o de los Tecajetes; por el costado del oriente con solar de Ana María; y por el fondo, que es el sur, con solar de las Guzmanas, cuya casa y solar compró el otorgante a José Aguilar, vecino de esta villa. La vende en 200 pesos.
María Nicolasa Guzmán, viuda de Francisco López, de esta vecindad, vende al Presbítero Bachiller don José Alejandro de Campo, un pedazo de solar con 10 varas de ancho por el fondo y 27 de largo, cuyo solar heredó de su abuela María de Belén Guzmán, ubicado en esta villa, en el callejón que llaman de los Tecajetes. Lo vende en 20 pesos.
Juana Casilda del Castillo, viuda de Pedro Juárez y vecina del pueblo de Jalapa, vende a [ José] Antonio Pereton, vecino de este pueblo, un solar ubicado en este pueblo, el cual mide 20 varas de frente y 47 varas y 3 cuartas de fondo, linda al sur con la calle de los Tecajetes y solar de los Basilios, al norte con Petrona Rangel, al oriente con solar de Francisca Palomino y al poniente con solar de Andrés Guzmán, al precio de 40 pesos.
María, viuda de Pedro Díaz de la Cueva, hija legítima y heredera de Juan Luis, Pascuala Josefa, viuda de José Flor, María de la Concepción, mujer de Gregorio José y Francisca, mujer de Martín Osorio, todas hijas legítimas de Cristóbal Hernández y de Ana, hija legítima de Juan Luis, con licencia expresa de sus respectivos maridos, venden a Diego Álvarez, pardo libre, vecino de este pueblo de Jalapa, un solar que de frente mide 106 varas, el cual linda por el oriente con solar de Simón Flores, por el sur con Calle de los Tecajetes, por el poniente con la Calle de Santiago y por el norte con tierras de este pueblo, en la cantidad de 53 pesos.
Pedro Montiel, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Juana Casilda del Castillo, viuda de Juan del Castillo, un pedazo de solar de 20 varas de frente y 47 varas y 3 cuartas de fondo, linda al sur con Calle de los Tecajetes y solar de los Basilios, al norte con Petrona Rangel, al oriente con solar de Francisca Palomino y al poniente con solar de Andrés Guzmán, en la cantidad de 20 pesos.
Don José Díaz de Acosta, vecino de este pueblo de Jalapa, vende a Andrea Antonia Fernández, doncella, parda y vecina de esta pueblo, un solar ubicado en el Barrio de Arriba, que mide 40 varas de frente y 50 de fondo, por donde linda con el vendedor, al oriente con solar de José de Aguilar, al poniente con solar de Roque de Castro y al norte con la calle que llaman de Los Tecajetes, en la cantidad de 65 pesos.
Los ciudadanos: Vicente Barrientos, José Matías Conde y José María Herrera, residentes en este suelo; dijeron que el primero contrajo una deuda con don José Anastasio Conde, padre del nominado don José Matías, por cantidad de 390 pesos de que le otorgó obligación el 20 de junio de 1823 en plazo de un año y con pensión de réditos de 5 por ciento, pero no habiendo podido verificar el pago ni los réditos ascienden al presente 497 pesos y 6 reales. En cuya virtud convino con el expresado don Matías que representa a su padre don Anastasio, hacerle cesión de una casita que disfruta en esta villa a la calle que nombran de los Tecajetes, en pago de la deuda; y reduciéndolo a efecto, por la presente otorga que le hace formal cesión de la referida casita a don José Matías Conde en pago de los 497 pesos que se han relacionado, y en consecuencia le cede y le traspasa los derechos y acciones que a ese fundo le han pertenecido. Y el repetido Conde dijo que, su nominado padre contrajo una deuda de 1 420 pesos 3 y medio reales a favor de don Juan Gutiérrez de Zamora, del comercio de esta propia villa, sin haberlo podido satisfacer, y que no existiendo bienes de ese finado con que cubrirla sino la casa de que se habla en este instrumento, ha acordado con el refiero don José María Herrera a quien pertenece esa acción como marido legítimo de doña María de la Luz Zamora, hija del prenotado don Juan Gutiérrez, cederle el propio fundo para que se reintegre en parte de ese crédito; a cuyo fin y a virtud de la propiedad que ha adquirido el don José Matías Conde en la casita de que queda hecha relación, otorga que hace formal cesión de ella a dicho señor Herrera, y en su consecuencia se desiste, quita y aparta de todos los derechos que le pertenecen con respeto a ese fundo, y los cede y transfiere en el supradicho acreedor, a quien da su poder y facultad para que de su propia autoridad tome efectiva posesión. De cuya cesión enterado don José María Herrera otorga que la acepta dándose por entregado de los títulos y de la casita, con la cual se conforma en reintegro de los 1 420 3 y medio reales que le quedó debiendo el finado don Anastasio Conde, en el concepto de que no existan otros bienes suyos según se le asegura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO